El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 18 de octubre actual, ha acordado admitir a trámite el recurso de inconstitucionalidad número 5191-2016, promovido por el Presidente del Gobierno, contra los artículos 32, párrafo segundo; 33 y 34 de la Ley de Galicia 13/2015, de 24 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas. Y se hace constar que por el Presidente del Gobierno se ha invocado el artículo 161.2 de la Constitución, lo que produce la suspensión de la vigencia y aplicación de los preceptos impugnados desde la fecha de interposición del recurso –30 de septiembre de 2016–, para las partes del proceso, y desde la publicación del correspondiente edicto en el «Boletín Oficial del Estado» para los terceros.
Madrid, 18 de octubre de 2016.–La Secretaria de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Herminia Palencia Guerra.
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