El artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, establece que la creación, modificación o supresión de los ficheros automatizados de las administraciones públicas sólo podrá hacerse por medio de disposición general publicada en el «Boletín Oficial del Estado» o diario oficial correspondiente.
Los ficheros de datos de carácter personal gestionados por el hoy Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente se relacionan en la Orden ARM/1683/2011, de 2 de enero, por la que se regulan los ficheros con datos de carácter personal del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino.
El Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente, a través de la Entidad Estatal de Seguros Agrarios (ENESA) concede subvenciones a la suscripción del Seguro Agrario, en forma de aportación del Estado al pago de la prima de seguro. A fin de garantizar que los beneficiarios de estas subvenciones cumplen con los requisitos y obligaciones establecidos en los artículos 13 y 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el Real Decreto 425/2016, de 11 de noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones de la Administración General del Estado al Seguro Agrario, establece que ENESA constituirá y gestionará una Base de Datos para el Control Integral de Acceso a Subvenciones (CIAS), la cual comprenderá los números de identificación fiscal (NIF) de las personas o entidades para las que se haya verificado que cumplen con dichos requisitos y obligaciones.
Esta orden se dicta al amparo del artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre.
En su virtud, previo informe de la Agencia Española de Protección de Datos y de la Comisión Ministerial de Administración Digital del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, dispongo:
De conformidad con lo previsto en el artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y a los efectos previstos en la misma, se adiciona un nuevo fichero en el anexo I, Entidad Estatal de Seguros Agrarios (ENESA), de la Orden ARM/1683/2011, de 2 de junio, por la que se regulan los ficheros con datos de carácter personal gestionados por el Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino:
«Base de Datos para el Control Integral de Acceso a Subvenciones (CIAS).
a) Identificación del fichero, indicando su denominación, así como la descripción de su finalidad y usos previstos.
a.1) Identificación del fichero: Base de Datos para el Control Integral de Acceso a Subvenciones (CIAS).
a.2) Finalidad y usos previstos: garantizar que los beneficiarios de las subvenciones al seguro agrario cumplen con los requisitos y obligaciones establecidos en los artículos 13 y 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
b) Origen de los datos, indicando el colectivo de personas sobre los que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos, el procedimiento de recogida de los datos y su procedencia.
b.1) Colectivo: personas o entidades potenciales beneficiarias de las subvenciones al seguro agrario.
b.2) Procedencia: Administraciones públicas; el propio interesado o su representante legal.
c) Estructura básica del fichero y el sistema de tratamiento utilizado en su organización.
c.1) Estructura: Datos identificativos: DNI/NIF, nombre y apellidos o razón social; teléfono y dirección de correo electrónico.
c.2) Sistema de tratamiento: automatizado.
d) Comunicaciones de los datos previstas, indicando en su caso, los destinatarios o las categorías de destinatarios y legislación aplicable: Agrupación Española de Entidades Aseguradoras de los Seguros Agrarios Combinados, S.A. (AGROSEGURO), al amparo de la Ley 87/1978, de 28 de diciembre, de seguros agrarios combinados.
e) Transferencias internacionales de datos previstas a terceros países, con indicación, en su caso, de los países de destino de los datos: No hay previstas transferencias internacionales de datos.
f) Órganos responsables del fichero: Subsecretaría de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente.
g) Servicios o unidades ante los que pudiesen ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Entidad Estatal de Seguros Agrarios (ENESA). Avenida Gran Vía de San Francisco, 4-6, 2.ª planta, 28005 Madrid.
h) Nivel básico, medio o alto de seguridad que resulte exigible, de acuerdo con lo establecido en el título VIII del RLOPD: Básico.»
La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de Estado».
Madrid 18 de noviembre de 2016.–La Ministra de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente, Isabel García Tejerina.
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