El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 20 de enero actual, ha acordado admitir a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 6860-2014 planteada por la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria, en el procedimiento ordinario núm. 716/1992, en relación con el artículo 65 bis.1 de la Ley de Cantabria 2/2001, de 25 de junio, de Ordenación Territorial y de Régimen Urbanístico del Suelo de Cantabria, añadido por el artículo 1 de la Ley 4/2013, de 20 de junio, en cuanto dice «órdenes de demolición judiciales», por posible vulneración de los artículos 24.2, 117.3 y 149.1.6 de la Constitución, y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.1 c) LOTC, deferir a la Sala Primera, a la que por turno objetivo le ha correspondido, el conocimiento de la presente cuestión.
De conformidad con lo establecido en el artículo 37.2 LOTC, quienes sean parte en el procedimiento ordinario número 716-1992, podrán personarse ante este Tribunal dentro de los quince días siguientes a la publicación del presente edicto en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 20 de enero de 2015.–La Secretaria de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Herminia Palencia Guerra.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid