La Sala Segunda del Tribunal Constitucional, por Auto de 16 de febrero actual, ha acordado declarar la extinción por desaparición sobrevenida de su objeto de la cuestión número 331-2014 planteada por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional, en relación con la disposición adicional decimocuarta del texto refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias, aprobado por Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo, en la redacción dada por la Ley Canaria 7/2009, de 6 de mayo, sobre declaración y ordenación de áreas urbanas en el litoral canario, por posible vulneración de los artículos 149.1.1.ª, 8.ª y 23.ª en relación con el artículo 132 de la CE, que fue admitida trámite por providencia de 25 de febrero de 2014, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 55, de 5 de marzo de 2014.
Madrid, 16 de febrero de 2015.–La Secretaria de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Herminia Palencia Guerra.
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