Está Vd. en

Documento BOE-A-2015-13950

Resolución de 15 de diciembre de 2015, de la Mutualidad General Judicial, por la que se modifica parcialmente la de 19 de diciembre de 2012, por la que se regulan las ayudas por tratamiento de psicoterapia o logopedia y la ayuda para gastos de hospitalización psiquiátrica para mutualistas adscritos a los Servicios Públicos de Salud de las Comunidades Autónomas.

Publicado en:
«BOE» núm. 304, de 21 de diciembre de 2015, páginas 121110 a 121110 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-2015-13950
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2015/12/15/(3)

TEXTO ORIGINAL

Las ayudas por tratamiento de psicoterapia y logopedia, configuradas para complementar la cartera de servicios de la Mutualidad General Judicial en las contingencias a las que atienden, se vieron afectadas por los ajustes que hubo de adoptar a consecuencia del Real Decreto Ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad, que diseñó y estableció reformas estructurales dirigidas a la contención del gasto en las Administraciones Públicas.

Desde entonces es y ha sido un objetivo prioritario de este organismo superar las limitaciones impuestas por la situación económica en la medida en que el escenario presupuestario resultare más propicio. En esa línea, atendidas las circunstancias actuales y verificado el recorrido en su implementación que se ha venido observando en los últimos ejercicios presupuestarios, se ha estimado procedente modificar parcialmente la regulación de estas ayudas por tratamiento de psicoterapia y logopedia, para favorecer al mutualista en un doble sentido, por un lado, reduciendo las variables exigibles en torno a la cuantía de las ayudas, al dejarla reducida a la sola exigencia de que su cuantía no supere el límite previsto y, por otro, aumentando su importe, en más de un 16%, hasta los 350 euros por año natural.

En razón de lo expuesto, esta Gerencia en uso de las facultades que le confiere el Real Decreto 1206/2006, de 20 de octubre, y tras informar a la Comisión Permanente, como dispone el art. 12,1,f) de la misma norma, acuerda:

1.º Modificar el párrafo segundo, en su número 2.2, de la Resolución de 19 de diciembre de 2012 que regula la ayuda por tratamiento de psicoterapia y logopedia para sustituirlo por el siguiente:

«2.2 La cuantía de la ayuda no podrá superar la cantidad de 350 euros por año natural».

Disposición final:

La presente Resolución entrará en vigor el día 1 de enero de 2016.

Madrid, 15 de diciembre de 2015.–La Gerente de la Mutualidad General Judicial, Celima Gallego Alonso.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 15/12/2015
  • Fecha de publicación: 21/12/2015
  • Fecha de entrada en vigor: 01/01/2016
Referencias anteriores
  • MODIFICA el apartado 2.2, de la Resolución de 19 de diciembre de 2012 (Ref. BOE-A-2012-15728).
  • DE CONFORMIDAD con:
Materias
  • Asistencia sanitaria
  • Ayudas
  • Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado
  • Psiquiatría
  • Servicios Públicos de Salud

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid