El Real Decreto 3185/1978, de 29 de diciembre, por el que se desarrolla el Real Decreto-ley 12/1978, de 27 de abril, sobre fijación y delimitación de facultades entre los Ministerios de Defensa y de Transportes y Comunicaciones en materia de aviación, dispone, entre otros aspectos, que para representar los intereses de la defensa nacional o de la aviación militar en los aeropuertos y aeródromos públicos civiles, se establezca en cada aeropuerto o conjunto de ellos, una Comandancia Militar Aérea, siendo competencia del Ministerio de Defensa, a propuesta del Ejército del Aire, la fijación y posterior modificación de su estructura y encuadramiento orgánico de las mismas.
También dispone, que el Comandante de una base aérea cuyas pistas y servicios sean utilizados por un aeropuerto público civil ejercerá, además de las funciones y misiones que como tal Jefe de base aérea le corresponden, las atribuidas a los Comandantes Militares Aéreos de Aeropuerto.
Con posterioridad, y en aplicación de lo establecido en el artículo 4.2 del citado real decreto, se aprobaron sucesivas órdenes ministeriales que establecían las Comandancias Militares Aéreas de Aeropuerto y se fijaban sus dependencias.
En este mismo sentido, el artículo 53 del Real Decreto-ley 8/2014, de 4 de julio, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia, dispone como queda modificada la Ley 21/2003, de 7 de julio, de Seguridad Aérea, recoge igualmente que en cada aeropuerto y aeródromo público civil o conjunto de ellos que correspondan a una misma demarcación, se establecerá una Comandancia Militar Aérea para representar los intereses de la defensa nacional y de la aviación militar, cuyo Comandante ejercerá competencias propias del Ministerio de Defensa.
En la actualidad las Comandancias Militares Aéreas de Aeropuerto están establecidas y fijadas sus dependencias por la Orden DEF/1575/2007, de 28 de mayo, modificada por la Orden DEF/197/2008, de 28 de enero.
El cambio de nombre del aeropuerto de Madrid-Barajas, así como la apertura al tráfico de nuevos aeropuertos y helipuertos en la geografía nacional, hace necesario proceder a modificar la relación de las Comandancias Militares Aéreas de Aeropuerto.
En su virtud, a propuesta del Jefe de Estado Mayor del Ejército del Aire, dispongo:
Bajo la dependencia orgánica de los Mandos Aéreos del Ejército del Aire que para cada una se indican, se establecen las Comandancias Militares Aéreas de Aeropuerto (CMAA) que a continuación se relacionan:
a) Dependientes del Mando Aéreo General:
1.º CMAA de Alicante: Demarcación, aeropuerto de Alicante.
2.º CMAA de Almería: Demarcación, aeropuerto de Almería.
3.º CMAA de Asturias: Demarcación, aeropuerto de Asturias.
4.º CMAA de Barcelona: Demarcación, aeropuertos de Barcelona, Sabadell, Girona-Costa Brava, Reus y Lleida.
5.º CMAA de Madrid-Cuatro Vientos: Demarcación, aeropuerto de Madrid-Cuatro Vientos.
6.º CMAA de Granada: Demarcación, aeropuertos de Granada-Jaén y Córdoba.
7.º CMAA de Ibiza: Demarcación, aeropuertos de Ibiza y Menorca.
8.º CMAA de Madrid-Barajas: Demarcación, aeropuerto de Adolfo Suarez - Madrid-Barajas.
9.º CMAA de Málaga: Demarcación, aeropuerto de Málaga.
10.º CMAA de Melilla: Demarcación, aeropuerto de Melilla y Helipuerto de Ceuta.
11.º CMAA de Palma de Mallorca: Demarcación, aeropuertos de Palma de Mallorca y Son Bonet.
12.º CMAA de Santander: Demarcación, aeropuertos de Santander y Burgos.
13.º CMAA de Santiago: Demarcación, aeropuertos de Santiago, A Coruña y Vigo.
14.º CMAA de Sevilla: Demarcación, aeropuertos de Sevilla y Jerez y helipuerto de Algeciras.
15.º CMAA de Zaragoza: Demarcación, aeropuertos de Zaragoza, Logroño-Agoncillo, Huesca-Pirineos y Teruel.
16.º CMAA de Valencia: Demarcación, aeropuerto de Valencia.
17.º CMAA de Vitoria: Demarcación, Aeropuertos de Vitoria, Bilbao, San Sebastián y Pamplona.
b) Dependientes del Mando Aéreo de Canarias:
1.º CMAA de Gran Canaria: Demarcación, aeropuerto de Gran Canaria.
2.º CMAA de Tenerife: Demarcación, aeropuertos de Tenerife-Norte, Tenerife-Sur, Hierro, La Palma y La Gomera.
3.º CMAA de Lanzarote: Demarcación, aeropuertos de Lanzarote y Fuerteventura.
1. Queda derogada la Orden DEF/1575/2007, de 28 de mayo, por la que se establecen las Comandancias Militares Aéreas de Aeropuerto y se fijan sus dependencias.
2. Asimismo, quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en esta orden ministerial.
La presente orden ministerial entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 25 de septiembre de 2014.–El Ministro de Defensa, Pedro Morenés Eulate.
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