El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 27 de mayo actual, ha acordado admitir a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 2857-2014 planteada por el Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 7 de Murcia, en el procedimiento abreviado núm. 174-2013, en relación con el art. 2 de Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, de Medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad, en su aplicación a los funcionarios públicos, por posible vulneración del art. 9.3 de la CE., y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.1 c) LOTC, deferir a la Sala Segunda, a la que por turno objetivo le ha correspondido, el conocimiento de la presente cuestión.
De conformidad con lo establecido en el art. 37.2 LOTC, quienes sean parte en el procedimiento abreviado núm. 174-2013, podrán personarse ante este Tribunal dentro de los quince días siguientes a la publicación del presente edicto en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 27 de mayo de 2014.–Secretaria de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Herminia Palencia Guerra.
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