Está Vd. en

Documento BOE-A-2014-454

Recurso de inconstitucionalidad n.º 7357-2013, contra el artículo 1, por el que se da nueva redacción al artículo 1.3 y se introducen los artículos 25 y 53.1.a) en la Ley 1/2010, de 8 de marzo, reguladora del derecho a la vivienda en Andalucía, y Disposición Adicional Primera de la Ley 4/2013, de 1 de octubre, de la Comunidad Autónoma de Andalucía de medidas para asegurar el cumplimiento de la función social de la vivienda.

Publicado en:
«BOE» núm. 15, de 17 de enero de 2014, páginas 2631 a 2631 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Tribunal Constitucional
Referencia:
BOE-A-2014-454

TEXTO ORIGINAL

El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 14 de enero actual, ha acordado admitir a trámite el recurso de inconstitucionalidad número 7357-2013, promovido por el Presidente del Gobierno, contra el artículo 1, por el que se da nueva redacción al artículo 1.3 y se introducen los artículos 25 y 53.1.a) en la Ley 1/2010, de 8 de marzo, reguladora del derecho a la vivienda en Andalucía, y disposición adicional primera de la Ley 4/2013, de 1 de octubre, de la Comunidad Autónoma de Andalucía, de medidas para asegurar el cumplimiento de la función social de la vivienda. Y se hace constar que por el Presidente del Gobierno se ha invocado el artículo 161.2 de la Constitución, lo que produce la suspensión de la vigencia y aplicación de los preceptos impugnados desde la fecha de interposición del recurso –18 de diciembre de 2013–, para las partes del proceso, y desde la publicación del correspondiente edicto en el «Boletín Oficial del Estado» para los terceros.

Madrid, 14 de enero de 2014.–La Secretaria de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Herminia Palencia Guerra.

ANÁLISIS

  • Rango: Providencia
  • Fecha de disposición: 14/01/2014
  • Fecha de publicación: 17/01/2014
  • Suspende, desde el 17 de enero de 2014, la vigencia y aplicación de los preceptos impugnados y, desde el 18 de diciembre de 2013, para las partes legitimadas.
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DICTA en el mismo y SE DECLARA la inconstitucionalidad y nulidad de la disposición adicional 1 y la constitucionalidad de lo indicado del art. 1.1 interpretado de acuerdo con el fundamento jurídico 7, de la Ley 4/2013, de 1 de octubre, por Sentencia 32/2018, de 12 de abril (Ref. BOE-A-2018-6824).
  • SE DECLARA el mantenimiento de la suspensión de vigencia del art. 1 y la disposición adicional 1 de la Ley 4/2013, de 1 de octubre, por Auto de 8 de abril de 2014 (Ref. BOE-A-2014-4329).
Referencias anteriores
  • Recurso planteado en relación con:
    • los arts. 1.3, 25 y 53.1.a) de la Ley 1/2010, de 8 de marzo (Ref. BOE-A-2010-5218).
    • el art. 1 y disposición adicional 1 de la Ley 4/2013, de 1 de octubre (Ref. BOE-A-2013-11497).
Materias
  • Andalucía
  • Asistencia social
  • Recursos de inconstitucionalidad
  • Viviendas

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid