Advertidos errores en el Real Decreto 81/2014, de 7 de febrero, por el que se establecen normas para garantizar la asistencia sanitaria transfronteriza, y por el que se modifica el Real Decreto 1718/2010, de 17 de diciembre, sobre receta médica y órdenes de dispensación, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 34, de 8 de febrero de 2014, se procede a efectuar las oportunas rectificaciones:
En la página 10920, en el artículo 3.3.a), segundo párrafo, primera línea, donde dice: «Todo lo anterior, siempre que reúnan la condiciones…», debe decir: «Todo lo anterior, siempre que reúnan las condiciones…».
En la misma página, en el artículo 3.4.a), cuarta línea, donde dice: «… el Reglamento (CE) n.º 883/2004 de 29 de abril de 2004, y el Reglamento (CE) n.º 987/2009 de 16 de septiembre de 2009», debe decir: «… el Reglamento (CE) n.º 883/2004, de 29 de abril de 2004, y el Reglamento (CE) n.º 987/2009, de 16 de septiembre de 2009».
En dicha página, en el artículo 3.4.b), tercera línea, donde dice: «… con el Reglamento (CE) Nº 859/2003,…», debe decir: «… con el Reglamento (CE) n.º 859/2003,…».
En la página 10921, en el artículo 3.11.1.º, donde dice: «1.º Diagnóstico,…», debe decir: «1.º diagnóstico,...».
En la página 10930, en el artículo 21, novena línea, donde dice: «… pertenecer o colaborar con las redes europeas de referencia,…», debe decir: «… pertenecer o colaborar con las Redes Europeas de Referencia,…».
En la página 10932, en la disposición adicional segunda, apartado k), primera línea, donde dice: «Reglamento (CE) n.º 859/2003 del Consejo, de 14 de mayo de 2003 por el que se amplían las disposiciones del Reglamento (CEE) y del Reglamento (CEE) n.º 574/72 a los…», debe decir: «Reglamento (CE) n.º 859/2003 del Consejo, de 14 de mayo de 2003, por el que se amplían las disposiciones del Reglamento (CEE) n.º 1408/71 y del Reglamento (CEE) n.º 574/72 a los…».
En la página 10935, en la disposición final primera, apartado Uno, en el artículo 3 que se modifica, apartado 2, letra c), párrafo 3.º, segunda línea, donde dice: «… referencia a establecimientos instituciones u organismos públicos…», debe decir: «… referencia a establecimientos, instituciones u organismos públicos…».
En la página 10937, en la disposición final primera, apartado Tres, en el artículo 15 bis que se añade, apartado 2, letra d), líneas tercera y octava, donde dice: «… de 6 noviembre 2001,…», debe decir: «… de 6 de noviembre de 2001,…».
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