Las modificaciones de la normativa sobre gestión de personal y la evolución de las necesidades de la misma, hacen necesario incorporar determinados cambios en los modelos de impresos para inscripción y anotación en el Registro Central de Personal, que se detallan a continuación:
El artículo 8 de la Ley 3/2012, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral (BOE del 7), modifica el artículo 22 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, estableciendo el sistema de clasificación profesional de los trabajadores en Grupos Profesionales.
Esta nueva estructura de clasificación profesional se establecerá mediante la negociación colectiva o, en su defecto, mediante acuerdo entre la empresa y los representantes de los trabajadores. El grupo profesional podrá incluir distintas tareas, funciones, especialidades profesionales o responsabilidades asignadas al trabajador.
Esto implica que cada Convenio Colectivo, manteniendo la estructura en Grupos profesionales, podrá establecer una forma distinta de articulación.
Los modelos de impresos registrales de personal laboral actualmente vigentes contienen referencias a la clasificación profesional basadas en grupo profesional, área funcional, especialidad y categoría.
Dado el margen de definición de las estructuras de la clasificación profesional, se hace necesario modificar los modelos de impresos registrales de personal laboral para dar mayor flexibilidad al contenido de la descripción del puesto de trabajo, de forma que se pueda informar de los datos más relevantes que identifiquen el puesto o contenido de la actividad del trabajador.
Por otra parte, y según los artículos 13.1.a) 10 y 13.1.b) 5 del Reglamento del Registro Central de Personal modificado por Real Decreto 2073/1999, de 30 de diciembre (BOE de 18 de enero de 2000), en dicho Registro se deben anotar los trienios reconocidos. Sin embargo, en los casos de movilidad interadministrativa, los trienios cumplidos en otra Administración Pública no se anotan en el Registro Central de Personal, lo que dificulta a los centros gestores de personal el cómputo y la previsión en la gestión de los trienios.
En consecuencia, se hace necesario modificar los modelos de impresos F8R y L5R y sus correspondientes modelos para el personal de Universidades, F8R y LD10R para que cuando un empleado público se incorpore a la Administración General del Estado procedente de otra Administración, se le convalide el último trienio reconocido en la misma y se anote en el Registro Central de Personal.
Por otro lado, en aras de un mayor rigor en la definición de los actos administrativos relativos a imposición de sanciones y de coherencia en la información que ha de constar en el Registro Central de Personal, se considera necesario unificar los apartados que contienen la identificación de las mismas en los modelos de impresos F12R, F13R, F14R, L9R, L10R, L11R y sus modelos correspondientes para el personal de Universidades, F12R, F13R, F14R y LD6R, LD7R Y LD8R.
Por último, los modelos de impresos F34R y L22R de Anotación de la habilitación/revocación para solicitud de certificaciones electrónicas establecidos para dar cumplimiento al Real Decreto 209/2003, de 21 de febrero (BOE del 28) que modifica el Real Decreto 263/96, de 16 de febrero (BOE del 29), por el que se regula la utilización de técnicas electrónicas, informáticas y telemáticas por la Administración General del Estado, han quedado sin efecto ya que el citado Real Decreto ha sido derogado por el Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre. Por tanto, se considera necesario suprimir los citados modelos.
El artículo 7 del Reglamento del Registro Central de Personal citado establece que el Secretario de Estado para la Administración Pública aprobará los formatos normalizados de los modelos de impresos registrales para facilitar los asientos y garantizar su homogeneidad.
Los modelos actualmente vigentes fueron aprobados por Resolución de la Secretaría de Estado para la Administración Pública de 2 de septiembre de 2002 (BOE de 21 de septiembre) y modificados por Resoluciones posteriores
Por consiguiente, esta Secretaría de Estado ha resuelto:
Modificar los modelos de impresos registrales relativos a personal laboral que figuran en el anexo de esta Resolución en lo relativo a la definición del puesto de trabajo.
Modificar, los modelos de impresos registrales F8R, F8R para el personal de Universidades, y L5R y LD10R de «Resolución de reconocimiento o convalidación de trienio» para incorporar la posibilidad de dicha convalidación, que figuran en el Anexo de esta Resolución. La cumplimentación de estos impresos procederá cuando se haya reconocido previamente un trienio por la Administración de origen.
Modificar los modelos de impresos registrales F12R y L9R de Anotación de Sanción, F13R y L10R de Anotación de anulación de Sanción/Suspensión de funciones o anotación de Cancelación de Sanción y F14R y L11R de Anotación de Suspensión de funciones, así como los correspondientes para las Universidades F12R, F13R, F14R, LD6R, LD7R y LD8R que se publican en el Anexo de esta Resolución en los apartados correspondientes que identifican la Sanción o Suspensión
Suprimir los modelos de impresos registrales F34R y L22R de «Anotación de la habilitación/revocación para solicitud de certificaciones electrónicas».
Para la remisión de los documentos registrales por medio de ficheros, se utilizará el Portal securizado SIRES, disponible en el Portal FUNCIONA.
Madrid, 20 de marzo de 2014.–El Secretario de Estado de Administraciones Públicas, Antonio Germán Beteta Barreda.
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