Advertidos errores en la Ley Foral 38/2013, de 28 de diciembre, de modificación de diversos impuestos y otras medidas tributarias, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 25, de 29 de enero de 2014, se procede a efectuar las oportunas rectificaciones:
1. Artículo segundo, apartado uno bis, página 5775, donde dice:
«Uno bis.–Adición de una nueva letra h) al artículo 24.1.
‘‘h) Los sobornos’’.»
Debe decir:
«Uno bis.–Adición de una letra i) al artículo 24.1.
‘‘i) Los sobornos’’.»
2. Artículo quinto, página 5784, donde dice:
«El artículo 3.4.º (…)
‘‘4.º (…)
Debe decir:
«El artículo 3.º4. (…)
‘‘4. (…)»
3. Artículo noveno.Seis, página 5794, donde dice:
«a) La base imposible de la Tasa (…)
En el caso de productos vínicos, amparados por figuras de calidad ubicadas íntegramente en la Comunidad Foral de Navarra la base imposible de la Tasa (…).»
Debe decir:
«a) La base imponible de la Tasa (…)
En el caso de productos vínicos, amparados por figuras de calidad ubicadas íntegramente en la Comunidad Foral de Navarra la base imponible de la Tasa (…).»
(Publicada en el «Boletín Oficial de Navarra» número 22, de 3 de febrero de 2014)
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