Advertidas erratas en la Ley Orgánica 7/2014, de 12 de noviembre, sobre intercambio de información de antecedentes penales y consideración de resoluciones judiciales penales en la Unión Europea, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 275, de 13 de noviembre de 2014, se procede a efectuar las oportunas rectificaciones:
En la página 93209, tercera línea, donde dice: «2 Cuando el Estado requerido deniegue una información por no ser el Estado de condena...», debe decir: «2. Cuando el Estado requerido deniegue una información por no ser el Estado de condena...».
En la página 93209, artículo 13, apartado primero, primera línea, donde dice: «1. Los datos personales incluidos en la respuesta enviadas por otro Estado miembro sobre los antecedentes penales de una persona,...», debe decir: «1. Los datos personales incluidos en la respuesta enviada por otro Estado miembro sobre los antecedentes penales de una persona,...».
En la página 93210, artículo 14, apartado segundo, letra a), donde dice: «a) Sobre las sentencias firmes dictadas con anterioridad a aquéllas por los Jueces o Tribunales españoles,...», debe decir: «a) Sobre las sentencias firmes dictadas con anterioridad a aquéllas por los jueces o tribunales españoles,...».
En la página 93212, anexo, letra b), segunda línea, donde dice: «Nombre completo (todos los nombres y apellidos).», debe decir: «Nombre completo (todos los nombres y apellidos):».
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