El Real Decreto 1618/2007, de 7 de diciembre, sobre organización y funcionamiento del Fondo de Garantía del Pago de Alimentos, establece en su artículo 12.1 que las solicitudes de reconocimiento de anticipo deberán formalizarse en el modelo oficial que, a tal efecto, apruebe la Dirección General de Costes de Personal y Pensiones Públicas y que se publicará en el «Boletín Oficial del Estado».
Mediante Resolución de 17 de diciembre de 2007 de esta Dirección General, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» de 22 de diciembre de 2007, se aprobó el modelo de solicitud de anticipo del Fondo de Garantía del Pago de Alimentos, que por la presente resolución se procede a modificar con objeto de agilizar la tramitación del procedimiento de reconocimiento de tales anticipos, incluyendo en la solicitud ciertas declaraciones del interesado que se le venían recabando, en los casos necesarios, mediante requerimientos expresos.
De conformidad con el citado artículo 12.1, esta Dirección General acuerda aprobar el nuevo modelo de solicitud de anticipo del Fondo de Garantía del Pago de Alimentos, que figura como anexo de esta resolución.
Madrid, 5 de septiembre de 2013.–El Director General de Costes de Personal y Pensiones Públicas, Juan José Herrera Campa.
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