Advertido error en la Resolución de 21 de marzo de 2013, de la Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad, por la que se publican diversos acuerdos del Consejo General de la Organización Nacional de Ciegos Españoles sobre la modalidad de lotería denominada «Lotería Instantánea de Boletos de la ONCE»: implantación de nuevos grupos de productos y modificación parcial del Reglamento regulador de esta modalidad mediante la inclusión de los nuevos apéndices 13 y 14, lanzamiento de los productos con el nombre «Super 3 de 8» y «Cara o cruz» y finalización de los productos con el nombre «¡Gool!», «Super vacaciones» y «Lluvia de €uro», publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 83, de 6 de abril de 2013, se procede a la siguiente rectificación:
En la Sec. III, Pág. 25886, donde dice: «En cumplimiento del punto 4 de los «Procedimientos y criterios de control de la lotería instantánea de la ONCE», procede dar publicidad, como garantía de los consumidores, al acuerdo CEP.4/2013-3.3, de 20 de febrero de 2013, relativo al lanzamiento del producto de lotería instantánea denominado «Super 3 de 8», y al acuerdo CEP.5/2013-3.1, de 13 de marzo, relativo al lanzamiento del producto de lotería instantánea denominado «Cara o cruz», ambos adoptados por la Comisión Ejecutiva Permanente del Consejo General de la ONCE.», debe decir: «En cumplimiento del punto 4 de los «Procedimientos y criterios de control de la lotería instantánea de la ONCE», procede dar publicidad, como garantía de los consumidores, al acuerdo CEP.4/2013-3.3, de 20 de febrero de 2013, relativo al lanzamiento del producto de lotería instantánea denominado «Super 3 de 8», y al acuerdo CEP.5/2013-3.2, de 13 de marzo, relativo al lanzamiento del producto de lotería instantánea denominado «Cara o cruz», ambos adoptados por la Comisión Ejecutiva Permanente del Consejo General de la ONCE.»
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