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Documento BOE-A-2013-3303

Resolución de 7 de marzo de 2013, de la Secretaría de Estado de Infraestructuras, Transporte y Vivienda, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Administración del Administrador de Infraestructuras Ferroviarias, sobre delegación de competencias.

Publicado en:
«BOE» núm. 73, de 26 de marzo de 2013, páginas 24170 a 24171 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-A-2013-3303
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2013/03/07/(2)

TEXTO ORIGINAL

El Consejo de Administración de la entidad pública empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF), en su sesión de 5 de marzo de 2013, adoptó en uso de las facultades al efecto le confiere el artículo 17.1 del Estatuto de la Entidad, el Acuerdo sobre delegación de competencias que figura como anexo a la presente resolución.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 13.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación de dicho acuerdo en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 7 de marzo de 2013.–El Secretario de Estado de Infraestructuras, Transporte y Vivienda, Rafael Catalá Polo.

ANEXO

«El Consejo de Administración, en uso de las facultades que al efecto le confiere el artículo 17.1 del Estatuto de la Entidad, por unanimidad de todos los miembros presentes con derecho a voto, y ausentes por delegación, adopta el siguiente Acuerdo:

Acuerdo del Consejo de Administración de la entidad pública empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias sobre delegación de competencias.

El artículo 16 del Estatuto de la entidad pública empresarial del Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF), aprobado mediante Real Decreto 2395/2004, de 30 de diciembre, establece las competencias que se atribuyen al Consejo de Administración de la Entidad, de acuerdo con lo previsto en la legislación vigente; previéndose asimismo, en el artículo 17, la posibilidad de delegación de determinadas competencias en el Presidente, en las comisiones delegadas que se constituyan, y en los restantes órganos internos de la Entidad que determine.

En base a las citadas disposiciones normativas, se han venido adoptado por el Consejo de Administración de la Entidad, desde la entrada en vigor de la Ley del Sector Ferroviario y de la mencionada norma estatutaria, sucesivos Acuerdos de delegación de competencias en el Presidente y en determinados órganos internos de ADIF, en coherencia con las estructuras organizativas vigentes en cada momento en la Entidad; encontrándose actualmente vigente el Acuerdo adoptado por el Consejo de Administración de ADIF con fecha 27 de abril de 2012, publicado en el Boletín Oficial del Estado número 142, de fecha 14 de junio de 2012, con el marginal 7892, se delegaban determinadas competencias en el Presidente de ADIF y en órganos internos de la Entidad.

El Consejo de Administración de ADIF en su sesión de 5 de marzo de 2013, ha aprobado la nueva estructura de la Entidad, habiéndose acordado asimismo por el Presidente de la Entidad, con fecha 5 de marzo de 2013, y en uso de las facultades que le atribuye el artículo 23.2.g) del Estatuto de ADIF, determinados nombramientos del personal directivo y de Estructura de la Entidad, haciéndose por ello necesario adoptar determinados acuerdos que armonicen, con la nueva estructura, las delegaciones de competencias otorgadas por el Consejo de Administración de la entidad, actualmente vigentes.

Por otra parte, el artículo 13.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, dispone que los órganos de las diferentes administraciones públicas podrán delegar el ejercicio de las competencias que tengan atribuidas en otros órganos de la misma administración, señalándose asimismo en el apartado tercero de dicho artículo que, las delegaciones de competencias y su revocación deberán publicarse en el Boletín Oficial del Estado.

En base a lo anteriormente expuesto, y en virtud de lo dispuesto en el anteriormente citado artículo 17.1 del Estatuto de ADIF, el Consejo de Administración del Administrador de Infraestructuras Ferroviarias adopta el siguiente,

‘‘Acuerdo:

1.º Delegar en la Directora General de Recursos Humanos y Secretaria General y del Consejo las competencias que, hasta la fecha, habían sido delegadas por el Consejo de Administración de ADIF, en la Directora General Corporativa y Secretaria del Consejo, mediante Acuerdo de 27 de abril de 2012; quedando sustituida, en consecuencia, cualquier referencia efectuada en las Delegaciones anteriormente conferidas a la Directora General Corporativa y Secretaria del Consejo, por la de, Directora General de Recursos Humanos y Secretaria General y del Consejo.

2.º Delegar en el Director General de Explotación y Construcción las competencias que, hasta la fecha, habían sido delegadas por el Consejo de Administración de ADIF en el Director General de Explotación y Desarrollo de la Red, mediante Acuerdo de 27 de abril de 2012; quedando sustituida, en consecuencia, cualquier referencia efectuada en las Delegaciones anteriormente conferidas al Director General de Explotación y Desarrollo de la Red, por la de Director General de Explotación y Construcción.’’

Asimismo, y a fin de dar continuidad a la gestión de la Entidad, se acuerda igualmente que, en tanto no se opongan o contradigan a lo dispuesto en el presente Acuerdo, subsistirán las vigentes delegaciones de competencias, facultades, atribuciones y apoderamientos que, en su caso, se hubieren conferido anteriormente por el Consejo de Administración de ADIF a los órganos internos de la Entidad, manteniéndose, en consecuencia, sus competencias, poderes y atribuciones, hasta tanto no se revoquen.

Publíquese el presente Acuerdo en el Boletín del Estado.»

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 07/03/2013
  • Fecha de publicación: 26/03/2013
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE SUSTITUYE el Acuerdo, por Resolución de 11 de junio de 2013 (Ref. BOE-A-2013-6890).
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • art. 17 del estatuto aprobado por Real Decreto 2395/2004, de 30 de diciembre (Ref. BOE-A-2004-21913).
    • art. 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (Ref. BOE-A-1992-26318).
Materias
  • Administrador de Infraestructuras Ferroviarias
  • Delegación de atribuciones

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