La Sala Primera del Tribunal Constitucional, por Auto de 11 de febrero actual, ha acordado declarar extinguido por pérdida de objeto el recurso de inconstitucionalidad núm. 2393-2008, promovido por el Defensor del Pueblo, en relación con la disposición adicional sexagésima de la Ley 51/2007, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2008, que fue admitido a trámite por providencia de 15 de abril de 2008 («Boletín Oficial del Estado» núm. 100, de 25 de abril de 2008).
Madrid, 11 de febrero de 2013.–La Secretaria de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Herminia Palencia Guerra.
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