El apartado 4 de la Instrucción IF-02. Clasificación de refrigerantes, aprobada por el Real Decreto 138/2011, de 4 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de seguridad para instalaciones frigoríficas y sus instrucciones técnicas complementarias, habilita al Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, actualmente, Ministerio de Industria, Energía y Turismo, para autorizar, a petición de parte interesada, la utilización de otros refrigerantes o mezclas, no incluidas en el apéndice 1, previa determinación de cuantas características de prueba y uso sean precisas según lo requerido en las prescripciones establecidas en el Reglamento de seguridad para instalaciones frigoríficas y sus instrucciones técnicas complementarias que lo desarrollan.
La Asociación de Empresas de Frío y sus Tecnologías ha solicitado la ampliación de la relación de refrigerantes autorizados por el Reglamento de instalaciones frigoríficas, con la inclusión del refrigerante R-1234ze (E). Con la solicitud aportan la acreditación del producto mediante las tablas con las características termodinámicas, propiedades químicas y físicas, la ficha de seguridad, certificados de entidades acreditadas sobre número del refrigerante y la clasificación de seguridad de la sustancia, y certificado del productor del refrigerante.
El R-1234ze (E) es una sustancia derivada del fluorado de propeno o propileno, cuya denominación y formulación química son respectivamente: trans 1,3,3,3 tetrafluoropropeno y CF3-CH=CHF. Esta sustancia pertenece al grupo de seguridad L2 (A2/A2), es decir, de media seguridad.
Vista la documentación presentada por el solicitante, esta Dirección General resuelve:
Ampliar la relación de refrigerantes autorizados por el Reglamento de instalaciones frigoríficas, que figuran en el apéndice 1, tabla A, de la instrucción IF-02, con la inclusión del refrigerante que se indica a continuación:
Tabla A
Clasificación de los refrigerantes
Clasificación |
Refrigerante N.º |
Denominación (composición = % peso) |
Fórmula |
Masa Molar Kg/Kmol |
Límite Práctico Kg/m3 |
Punto de Ebullición a 1,013 bar ºC |
Inflamabilidad |
Potencial de calentamiento atmosférico PCA 100 |
Potencial agotamiento de la capa de ozono PAO |
Clasificación según: REP |
|||||
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Grupo L |
Grupo seguridad |
Temperatura Autoignición ºC |
Límites de inflamabilidad |
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Límite inferior Kg/m3 % v/v |
Límite superior Kg/m3 % v/v |
||||||||||||||
2 |
A2/A2 |
R-1234ze(E) |
Trans 1,3,3,3 tetrafluoropropeno |
CF3-CH=CHF |
114,04 |
0.061 |
–19 |
378 |
– |
– |
– |
– |
6 |
0 |
2 |
La presente resolución surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el superior jerárquico, en el plazo de un mes, de acuerdo con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Madrid, 30 de septiembre de 2013.–El Director General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa, Manuel Valle Muñoz.
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid