En la pieza de medidas cautelares dimanante del recurso contencioso-administrativo n.º 52/2012, interpuesto por «Iberdrola, S.A.», la Sala Tercera (Sección Tercera) del Tribunal Supremo ha dictado auto de fecha 2 de marzo de 2012, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
LA SALA ACUERDA
Estimar parcialmente la pretensión cautelar instada por «Iberdrola, S.A.» en relación con la Orden del Ministerio de Industria, Energía y Turismo IET/3586/2011, de 30 de diciembre, que establece los peajes de acceso a partir de 1 de enero de 2012 y las tarifas y primas de las instalaciones del régimen especial.
Declarar que, de modo cautelar y en tanto se dicte sentencia, el Ministerio de Industria, Energía y Turismo ha de complementar la fijación de los peajes de acceso establecidos por la Orden impugnada hasta el punto en que con ellos se sufraguen en su integridad las costes de las actividades reguladas correspondientes a las dos partidas analizadas en el fundamento jurídico quinto de esta resolución.
No imponer a ninguna de las partes las costas del incidente cautelar.
Publíquese la parte dispositiva de esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo mandó la Sala y firman los Magistrados Excmos. Sres. al inicio designados, D. Pedro José Yagüe Gil; D. Manuel Campos Sánchez-Bordona; D. Eduardo Espín Templado; D. José Manuel Bandrés Sánchez-Cruzat; D.ª María Isabel Perelló Doménech.
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