Advertidos errores mecanográficos en el texto de la citada Ley publicada en el Boletín Oficial del País Vasco número 193, de 31 de diciembre de 1983, se indican a continuación las oportunas correcciones.
Pág. 4540, artículo 2, párrafo 2, letra b): Donde dice: Rendimientos derivados...... por un importe de dos mil doscientos setenta y un millones trescientas mil pesetas....., debe decir: Rendimientos derivados..... por un importe de dos mil doscientos sesenta y un millones trescientas mil pesetas.......
Pág. 4542, artículo 9, párrafo 2: Donde dice: Los recursos estimados...... para casa Sociedad Pública,....., debe decir: Los recursos estimados...... para cada Sociedad Pública,......
Pág. 4553, artículo 35, párrafo 1, letra b): Donde dice:...... los meses de Marzo, Mayo, Junio....., debe decir:..... los meses de Marzo, Mayo, Julio......
[Publicada en el «Boletín Oficial del País Vasco» número 97, de 8 de junio de 1984. Esta ley se publica en su redacción original aprobada por el Parlamento Vasco, de conformidad con lo previsto en el artículo 27.5 del Estatuto de Autonomía del País Vasco y el artículo 6.1.b) del Real Decreto 181/2008, de 8 de febrero, de ordenación del diario oficial «Boletín Oficial del Estado», sin perjuicio de su vigencia actual].
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