Advertidos errores en el texto de la citada Ley publicada en el B.O.P.V. n.º 163, de 7 de noviembre de 1983, se realizan a continuación las correcciones oportunas:
Pág. 3731: Donde dice: «Ley 25/1983, de 27 de octubre, sobre Entidades de Previsión Social Voluntarias», debe decir: «Ley 25/1983, de 27 de octubre, sobre «Entidades de Previsión Social Voluntaria».
Pág. 3732: Donde dice: «Proyecto de Ley sobre Entidades de Previsión Social Voluntaria», debe decir: «Ley sobre Entidades de Previsión Social Voluntaria».
Pág. 3734 (art. 2b): Donde dice: «Inexistencia de... y que tengan relación, con...», debe decir: «Inexistencia de... y que tengan relación con...».
Pág. 3734 (art. 4.1): Donde dice: «En todo caso, deberá... la indicación «Entidades de Previsión Social Voluntaria» debe decir: «En todo caso, deberá... la indicación «Entidad de Previsión Social Voluntaria».
Pág. 3740 (art. 22, último párrafo): Donde dice: «Cuando se trate de... directamente, entre éste y el Departamento...», debe decir: «Cuando se trate de... directamente, entre ésta y el Departamento...».
Pág. 3741 (art. 23.3a): Donde dice: «El viceconsejero de Bienestar y...», debe decir: «El Viceconsejero de Bienestar y...».
[Publicada en el «Boletín Oficial del País Vasco» número 54, de 24 de marzo de 1984. Esta ley se publica en su redacción original aprobada por el Parlamento Vasco, de conformidad con lo previsto en el artículo 27.5 del Estatuto de Autonomía del País Vasco y el artículo 6.1.b) del Real Decreto 181/2008, de 8 de febrero, de ordenación del diario oficial «Boletín Oficial del Estado», sin perjuicio de su vigencia actual.]
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