El Pleno del Tribunal Constitucional, por auto de 13 de marzo actual, ha acordado declarar la extinción del recurso de inconstitucionalidad 1383-2004 por desaparición sobrevenida de su objeto, interpuesto por el Parlamento de Cataluña contra el apartado 4 del art. 38 y art. 189.2, párrafo primero, del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, en la redacción dada por el art. 1.2 y art. 19.3, respectivamente, de la Ley 52/2003, de 10 de diciembre, de disposiciones específicas en materia de Seguridad Social. Dicho recurso fue admitido a trámite el 23 de marzo de 2004 («Boletín Oficial del Estado» núm. 83, de 6 de abril de 2004).
Madrid, 13 de marzo de 2012.–La Secretaria de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Herminia Palencia Guerra.
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