En el recurso contencioso-administrativo número 96/2010, interpuesto por Iberdrola, S. A., representada por el Procurador don José Luis Martín Jaureguibeitia, la Sala Tercera (Sección Tercera), ha dictado sentencia en fecha 24 de marzo de 2011, que contiene el siguiente fallo:
FALLAMOS
Estimamos el recurso contencioso-administrativo ordinario interpuesto por Iberdrola, S. A. contra la Orden ITC/3860/2007, de 28 de diciembre, por la que se revisan las tarifas eléctricas a partir del 1 de enero de 2008, y declaramos la nulidad del artículo 5 de la misma.
No se hace imposición de las costas procesales.
En relación con el artículo 72.2 de la Ley Jurisdiccional, publíquese este fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Así por esta nuestra sentencia, que deberá insertarse por el Consejo General del Poder Judicial en la publicación oficial de jurisprudencia de este Tribunal Supremo, definitivamente juzgando, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.–Pedro José Yagüe Gil.–Manuel Campos Sánchez-Bordona.–Eduardo Espín Templado.–José Manuel Bandrés Sánchez-Cruzat.–María Isabel Perelló Doménech.–Firmado.
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