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Documento BOE-A-2011-3584

Orden PRE/348/2011, de 21 de febrero, por la que se modifican, para su adaptación al progreso técnico respecto a la fibra melamina, los Anexos I y II del Real Decreto 928/1987, de 5 de junio, relativo al etiquetado de composición de los productos textiles.

Publicado en:
«BOE» núm. 46, de 23 de febrero de 2011, páginas 20987 a 20989 (3 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de la Presidencia
Referencia:
BOE-A-2011-3584
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/2011/02/21/pre348

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto 928/1987, de 5 de junio, relativo al etiquetado de composición de los productos textiles, adaptó la normativa española a la Directiva 71/307/CEE del Consejo, de 26 de julio de 1971, relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros sobre denominaciones textiles, y a sus modificaciones posteriores.

El citado real decreto fue modificado por el Real Decreto 396/1990, de 16 de marzo, que incorporó la modificación introducida por la Directiva 87/140/CEE de la Comisión, de 6 de febrero de 1987.

Por otra parte, la Directiva 96/74/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de 1996, relativa a las denominaciones textiles, llevó a cabo la codificación en la materia y derogó la Directiva 71/307/CEE.

En el año 1997, se aprobó la Directiva 97/37/CE de la Comisión, de 19 de junio de 1997, que adaptó al progreso técnico los anexos I y II de la Directiva 96/74/CE, por lo que se hizo preciso llevar a cabo la obligada armonización de nuestra normativa, realizada por medio del Real Decreto 1748/1998, de 31 de julio, que modificó los anexos I y II del citado Real Decreto 928/1987, de 5 de junio.

Posteriormente, mediante la Directiva 2004/34/CE de la Comisión, de 23 de marzo de 2004, por la que se modifican, con objeto de adaptarlos al progreso técnico, los anexos I y II de la Directiva 96/74/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a las denominaciones textiles, se incorporó la fibra polilactida a la lista de fibras que figura en los anexos I y II de la citada Directiva. En este caso, la adaptación del ordenamiento interno español se llevo a cabo por medio del Real Decreto 2322/2004, de 17 de diciembre, por el que se añade la fibra polilactida a los anexos I y II del Real Decreto 928/1987, de 5 de junio, relativo al etiquetado de composición de los productos textiles.

En enero de 2006 se aprobó la Directiva 2006/3/CE de la Comisión, de 9 de enero de 2006, por la que nuevamente se modifican, para su adaptación al progreso técnico, los anexos I y II de la Directiva 96/74/CE del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a las denominaciones textiles, con objeto añadir el elastomultiéster a la lista de fibras que figura en dichos anexos.

La adaptación del ordenamiento interno español se llevó a cabo por medio del Real Decreto 1115/2006, de 29 de septiembre, por el que se modifica el Real Decreto 928/1987, de 5 de junio, relativo al etiquetado de composición de los productos textiles, añadiendo la fibra elastomultiéster a los anexos I y II de este real decreto.

Posteriormente, se aprobó la Directiva 2007/3/CE de la Comisión, de 2 de febrero de 2007, por la que se modifican, para adaptarlos al progreso técnico, los anexos I y II de la Directiva 96/74/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a las denominaciones textiles, con objeto de añadir la fibra elastolefina a la lista de fibras establecida en los anexos I y II de la directiva mencionada.

La adaptación del ordenamiento interno español se llevó a cabo por medio del Real Decreto 1523/2007, de 16 de noviembre, por el que se modifica el Real Decreto 928/1987, de 5 de junio, relativo al etiquetado de composición de los productos textiles, añadiendo la fibra elastolefina a los anexos I y II de este real decreto.

La Directiva 2008/121/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de enero de 2009, relativa a las denominaciones textiles, llevó a cabo la codificación en la materia, derogando, su artículo 18, la Directiva 96/74/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de 1996 y sus sucesivas modificaciones, sin modificar los contenidos.

La Directiva 2009/121/CE de la Comisión, de 14 de septiembre de 2009, por la que se modifican, a efectos de su adaptación al progreso técnico, los anexos I y V de la Directiva 2008/121/CE del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a las denominaciones textiles, añadió la fibra melamina a la lista de fibras establecida en los anexos mencionados.

Esta circunstancia hace necesario que se adopten en el ordenamiento español las disposiciones oportunas en relación a las denominaciones de los productos textiles, para cumplir la citada directiva 2009/121/CE y garantizar la protección de los intereses del consumidor, por lo que se añade la melamina a los anexos I y II del Real Decreto 928/1987, de 5 de junio, relativo al etiquetado de composición de los productos textiles.

Por otro lado, el Real Decreto 4/2007, de 12 de enero, por el que se aprueban los métodos de análisis cuantitativos de mezclas binarias de fibras textiles, transpuso al ordenamiento jurídico la Directiva 96/73/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de 1996, que ha sido objeto de diversas modificaciones, la última de ellas mediante la aprobación de la Directiva 2009/122/CE de la Comisión, de 14 de septiembre de 2009, por la que se modifica, para adaptarla al progreso técnico, el anexo II de la Directiva 96/73/CE con el objeto de definir métodos uniformes de ensayo para la melamina. Incorporada mediante esta orden la Directiva 2009/121/CE de la Comisión, de 14 de septiembre de 2009, se procederá a adoptar una nueva disposición para la transposición de la Directiva 2009/122/CE de la Comisión, de 14 de septiembre de 2009.

En la tramitación de esta orden se ha dado audiencia a las asociaciones de consumidores y usuarios y a los sectores afectados, habiéndose realizado igualmente un trámite de consulta a las Comunidades Autónomas.

Esta disposición se dicta en virtud de la autorización contenida en la Disposición final del Real Decreto 928/1987, de 5 de junio, relativo al etiquetado de composición de los productos textiles, que autoriza a los Ministros de Industria, Turismo y Comercio y de Sanidad, Política Social e Igualdad para modificar conjunta o separadamente, de acuerdo con sus respectivas competencias, los anexos de este Real Decreto, a fin de mantenerlos adaptados al progreso técnico y, especialmente, a lo dispuesto en la normativa comunitaria.

En su virtud, a propuesta de la Ministra de Sanidad, Política Social e Igualdad y del Ministro de Industria, Turismo y Comercio, de acuerdo con el Consejo de Estado dispongo:

Artículo único. Modificación de los anexos I y II del Real Decreto 928/1987, de 5 de junio, relativo al etiquetado de composición de los productos textiles.

Se modifican los anexos I y II del Real Decreto 928/1987, de 5 de junio, relativo al etiquetado de composición de los productos textiles, en los términos siguientes:

Uno. En el anexo I se añade la fila 47, con la siguiente redacción:

Núms.

Denominación

Descripción de la fibra

«47

Melamina.

Fibra formada por al menos el 85% de masa de macromoléculas reticuladas compuestas por derivados de melamina.»

Dos. En el anexo II se añade la fila 47, con la siguiente redacción:

Número de fibra

Fibra

Porcentaje

«47

Melamina.

7,00.»

Disposición final primera. Incorporación de derecho de la Unión Europea.

Mediante esta orden se incorpora al derecho español la Directiva 2009/121/CE de la Comisión, de 14 de septiembre de 2009, por la que se modifican, para su adaptación al progreso técnico, los anexos I y V de la Directiva 2008/121/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a las denominaciones textiles.

Disposición final segunda. Entrada en vigor.

La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 21 de febrero de 2011.–El Ministro de la Presidencia, Ramón Jáuregui Atondo.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 21/02/2011
  • Fecha de publicación: 23/02/2011
  • Fecha de entrada en vigor: 24/02/2011
Referencias anteriores
  • MODIFICA los anexos I y II del Real Decreto 928/1987, de 5 de junio (Ref. BOE-A-1987-16727).
  • TRANSPONE la Directiva 2009/121/CE, de 14 de septiembre de 2009 (Ref. DOUE-L-2009-81658).
Materias
  • Análisis
  • Comercialización
  • Etiquetas
  • Fibras textiles
  • Productos textiles

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