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Documento BOE-A-2011-10448

Cuestión de inconstitucionalidad nº 1320-2011, en relación con el art. 26 a) de la Ley 8/2006, de 5 de julio, del Parlamento Catalán, de medidas de conciliación de la vida personal, familiar y laboral del personal al servicio de las administraciones públicas de Cataluña, en relación con el art. 48.1 h) de la Ley 7/2007, de 12 de abril, por la que se aprueba el Estatuto Básico del Empleado Público, por posible vulneración de los arts. 9.2 y 14 de la Constitución.

Publicado en:
«BOE» núm. 143, de 16 de junio de 2011, páginas 61701 a 61701 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Tribunal Constitucional
Referencia:
BOE-A-2011-10448

TEXTO ORIGINAL

El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 7 de junio actual, ha acordado admitir a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 1320-2011 planteada por la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, en el recurso de apelación número 331/2008, en relación con el artículo 26.a) de la Ley 8/2006, de 5 de julio, del Parlamento Catalán, de medidas de conciliación de la vida personal, familiar y laboral del personal al servicio de las administraciones públicas de Cataluña, en relación con el artículo 48.1.h) de la Ley 7/2007, de 12 de abril, por la que se aprueba el Estatuto Básico del Empleado Público, por posible vulneración de los artículos 9.2 y 14 de la Constitución, y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.1.c) LOTC en la redacción dada por la Ley Orgánica 6/2007, de 24 de mayo, deferir a la Sala Primera, a la que por turno objetivo le ha correspondido, el conocimiento de la presente cuestión.

De conformidad con lo establecido en el artículo 37.2 LOTC, en su nueva redacción, quienes sean parte en el procedimiento judicial, recurso de apelación número 331/2008, podrán personarse ante este Tribunal dentro de los quince días siguientes a la publicación del presente edicto en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 7 de junio de 2011.–La Secretaria de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Herminia Palencia Guerra.

ANÁLISIS

  • Rango: Providencia
  • Fecha de disposición: 07/06/2011
  • Fecha de publicación: 16/06/2011
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DICTA en la misma y SE DECLARA la DESESTIMACIÓN, por Sentencia 191/2012, de 29 de octubre (Ref. BOE-A-2012-14595).
Referencias anteriores
  • Cuestión promovida por supuesta inconstitucionalidad del art 26.a) de la Ley 8/2006, de 5 de julio (Ref. BOE-A-2006-14405).
Materias
  • Cataluña
  • Cuestiones de inconstitucionalidad
  • Empleados públicos
  • Familia
  • Jornada laboral

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