El artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal establece que la creación, modificación y supresión de los ficheros de las Administraciones Públicas sólo podrá hacerse por medio de disposición general publicada en el Boletín Oficial del Estado o diario oficial correspondiente.
Al amparo de lo establecido en la citada Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, se procedió por Orden INT/3764/2004, de 11 de noviembre, publicada en el Boletín Oficial del Estado n.º 277, de 17 de noviembre de 2004, a la adecuación de los ficheros informáticos del Ministerio del Interior que contienen datos de carácter personal, entre los que se describen y regulan los que son responsabilidad de diferentes Centros Directivos de dicho Departamento.
De conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 991/2006, de 8 de septiembre, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio del Interior, modificado por el Real Decreto 1546/2007, de 23 de noviembre, se procede a la creación de la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil, refundiendo, mediante su supresión, las hasta entonces existentes Dirección General de la Policía y Dirección General de la Guardia Civil. Teniendo esto en cuenta, resulta necesario adaptar los ficheros dependientes del ámbito de la Guardia Civil a la nueva estructura del Departamento.
Por otro lado, en virtud de las variaciones experimentadas en los distintos servicios dependientes de la citada Dirección General (ámbito del Cuerpo de la Guardia Civil) en el transcurso de las funciones que tienen asignadas, resulta necesaria la creación en la misma de nuevos ficheros de datos de carácter personal.
Teniendo en cuenta lo anterior y con el fin, tanto de crear como de adaptar los mencionados ficheros a la estructura orgánica del Ministerio del Interior, se procede ahora a modificar la Orden INT/3764/2004, de 11 de noviembre.
La presente Orden ha sido informada por la Agencia Española de Protección de Datos en cumplimiento de lo dispuesto en el párrafo h) del artículo 37, de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre.
Por consiguiente, a fin de dar cumplimiento al mandato legal del artículo 20 de la citada Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, por cuanto establece sobre la creación y modificación de ficheros que contengan datos de carácter personal, dispongo:
Se modifican los Anexos I y II de la Orden INT/3764/2004, de 11 de noviembre, en el siguiente sentido:
Uno.–Se sustituye la denominación del apartado «Dirección General de la Guardia Civil» de ambos Anexos por «Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil - Ámbito Guardia Civil», incorporando al Anexo I los ficheros descritos en el Anexo de la presente Orden.
Dos.–Se sustituye la referencia a «Dirección General de la Guardia Civil», presente en la descripción del «Órgano Administrativo responsable del fichero» y «Órgano Administrativo ante el que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición» de la totalidad de los ficheros del apartado «Dirección General de la Guardia Civil» de los Anexos I y II, por «Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil (Ámbito Guardia Civil)».
La Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil (Ámbito Guardia Civil), como Órgano responsable de sus ficheros referidos, adoptará las medidas necesarias para garantizar que los datos de carácter personal existentes en el mismo se usen para las finalidades y funciones de derecho público que tiene encomendadas, en relación con la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre.
La Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil (Ámbito Guardia Civil) dará traslado de la presente Orden a la Agencia Española de Protección de Datos, en el plazo de treinta días desde su publicación en el Boletín Oficial del Estado, para que se proceda a la inscripción de sus respectivos ficheros en el Registro General de Protección de Datos, conforme a lo dispuesto en el párrafo a) del apartado segundo del artículo 39 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, así como en los artículos 55 y 58 de su Reglamento de desarrollo.
Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en esta Orden.
La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Madrid, 6 de abril de 2010.–El Ministro del Interior, Alfredo Pérez Rubalcaba.
Finalidad del fichero: Control de acceso y consulta a documentos en los archivos de gestión.
Usos previstos: Administrativo.
Personas o colectivos, sobre los que se pretenden obtener datos de carácter personal, o que resulten obligados a suministrarlos: Solicitantes de acceso a documentos producidos, reunidos o conservados por la Guardia Civil en el ejercicio de sus competencias y titulares de los documentos a los que se pretende acceder.
Procedimiento de recogida de datos de carácter personal: Del propio interesado o su representante legal, en soporte papel (impreso solicitud de acceso).
Estructura básica del Fichero y la descripción de los tipos de datos de carácter personal, incluidos en el mismo:
Datos de carácter identificativo: DNI/NIF, Nombre y apellidos.
Datos académicos y profesionales.
Sistema de Tratamiento: Mixto.
Cesiones de datos de carácter personal y, en su caso, las transferencias de datos que se prevean a países terceros: No existen.
Órgano Administrativo responsable del Fichero: Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil (Ámbito Guardia Civil), C/ Guzmán el Bueno, 110, 28003 Madrid.
Órgano Administrativo ante el que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil (Ámbito Guardia Civil), Sección del Archivo General del Ministerio del Interior en la Guardia Civil, C/ Guzmán el Bueno, 110, 28003 Madrid.
Medidas de seguridad, con indicación del nivel básico, medio o alto, exigible: Básico.
Nombre del fichero: Afectados por atentados de terrorismo en el ámbito de la Guardia Civil.
Finalidad del fichero: Disponer de una información actualizada y completa sobre todos los guardias civiles y familiares de los mismos, afectados por atentados terroristas, desde 1968, para informarles de los derechos y beneficios a los que pudieran optar.
Usos previstos: Administrativo.
Personas o colectivos, sobre los que se pretenden obtener datos de carácter personal, o que resulten obligados a suministrarlos: Componentes de la Guardia Civil y sus familiares que hayan sido víctimas de atentado terrorista, desde el año 1968.Procedimiento de recogida de datos de carácter personal: Del propio interesado o su representante legal, mediante formularios.
Estructura básica del Fichero y la descripción de los tipos de datos de carácter personal, incluidos en el mismo:
Datos especialmente protegidos: Salud.
Datos de carácter identificativo: DNI/NIF, número de Seguridad Social/Mutualidad, nombre y apellidos, dirección postal, teléfono y tarjeta sanitaria.
Datos de características personales.
Datos de circunstancias sociales.
Datos de detalle de empleo.
Datos económico-financieros y de seguros.
Sistema de Tratamiento: Mixto.
Comunicaciones de datos previstas: A la Dirección General de Apoyo a las Víctimas del Terrorismo, del Ministerio del Interior, en virtud de la Ley 32/1999, de 8 de octubre, de solidaridad con las víctimas del terrorismo.
Transferencias internacionales de datos previstas a países terceros, indicando en su caso, los destinatarios o categorías de destinatarios: No se prevén.
Órgano Administrativo responsable del Fichero: Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil (Ámbito Guardia Civil), C/ Guzmán el Bueno, 110, 28003 Madrid.
Órgano Administrativo ante el que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil (Ámbito Guardia Civil) – Jefatura de Asistencia al Personal, C/ Guzmán el Bueno, 110, 28003 Madrid.
Medidas de seguridad, con indicación del nivel básico, medio o alto, exigible: Alto.
Nombre del fichero: Ayudas acción social
Finalidad del fichero: Gestión de los planes anuales de Acción Social que se desarrollan en el ámbito de la Guardia Civil.
Usos previstos: Administrativo.
Personas o colectivos, sobre los que se pretenden obtener datos de carácter personal, o que resulten obligados a suministrarlos: Personal que solicita la adjudicación de una ayuda determinada y que se encuentra dentro de los beneficiarios establecidos en los Planes de Acción Social aprobados anualmente.
Procedimiento de recogida de datos de carácter personal: Del propio interesado o su representante legal, mediante formularios en soporte papel y su posterior grabación en la base de datos.
Estructura básica del fichero y la descripción de los tipos de datos de carácter personal, incluidos en el mismo:
Datos especialmente protegidos: Salud.
Datos de carácter identificativo: DNI/NIF, n.º S.S./Mutualidad, nombre y apellidos, dirección postal, teléfono y correo electrónico.
Datos de características personales.
Datos académicos y profesionales.
Datos de detalle de empleo.
Datos económico-financieros y de seguros.
Sistema de Tratamiento: Mixto.
Comunicaciones de datos previstas: A las Agencias de viajes con las que se tienen acuerdos y en los programas afectados, a la Intervención General del Estado y al Tribunal de Cuentas.
Transferencias internacionales de datos previstas a países terceros, indicando en su caso, los destinatarios o categorías de destinatarios: No se prevén.
Órgano Administrativo responsable del Fichero: Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil (Ámbito Guardia Civil), C/ Guzmán el Bueno, 110, 28003 Madrid.
Órgano Administrativo ante el que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil (Ámbito Guardia Civil) - Jefatura de Asistencia al Personal, C/ Guzmán el Bueno, 110, 28003 Madrid.
Medidas de seguridad, con indicación del nivel básico, medio o alto, exigible: Alto.
Nombre del fichero: Centro de actividades físicas (gimnasio)
Finalidad del fichero: Tratamiento, programación y gestión del Registro de usuarios y monitores de los gimnasios de la Guardia Civil.
Usos previstos: Administrativo.
Personas o colectivos, sobre los que se pretenden obtener datos de carácter personal, o que resulten obligados a suministrarlos: Personas que soliciten la inscripción al gimnasio y que se encuentren dentro de los usuarios autorizados.
Procedimiento de recogida de datos de carácter personal: A través del propio interesado, mediante formularios en soporte papel.
Estructura básica del fichero y la descripción de los tipos de datos de carácter personal, incluidos en el mismo:
Datos de carácter identificativo: DNI/NIF, nombre y apellidos, y teléfono.
Datos de características personales.
Datos de detalles de empleo.
Datos de circunstancias sociales.
Sistema de tratamiento: Mixto.
Cesiones de datos de carácter personal y, en su caso, las transferencias de datos que se prevean a países terceros: No existen.
Órgano Administrativo responsable del Fichero: Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil (Ámbito Guardia Civil), C/ Guzmán el Bueno, 110, 28003 Madrid.
Órgano Administrativo ante el que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil (Ámbito Guardia Civil), Subdirección General de Personal (Jefatura de Asistencia al Personal), C/ Guzmán el Bueno, 110, 28003 Madrid.
Medidas de seguridad, con indicación del nivel básico, medio o alto, exigible: Básico.
Nombre del fichero: Centros de educación infantil de primer ciclo.
Finalidad del fichero y usos previstos: Tratamiento y resolución del proceso de solicitud y adjudicación de plazas en los Centros de Educación Infantil de primer ciclo de la Guardia Civil.
Personas o colectivos, sobre los que se pretenden obtener datos de carácter personal, o que resulten obligados a suministrarlos: Alumnos, padres, tutores o representantes legales que soliciten plaza en los Centros de Educación Infantil de primer ciclo de la Guardia Civil.
Procedimiento de recogida de datos de carácter personal: Del propio interesado o su representante legal, mediante formularios en soporte papel.
Estructura básica del fichero y la descripción de los tipos de datos de carácter personal, incluidos en el mismo:
Datos especialmente protegidos: Salud.
Datos de carácter identificativo: DNI/NIF, nombre y apellidos, dirección postal, imagen, teléfono y firma.
Datos de características personales.
Datos de detalles de empleo.
Datos de circunstancias sociales.
Datos económico-financieros y de seguros.
Sistema de Tratamiento: Mixto.
Comunicaciones de datos previstas: A la empresa adjudicataria del servicio.
Transferencias internacionales de datos previstas a países terceros, indicando en su caso, los destinatarios o categorías de destinatarios: No se prevén.
Órgano Administrativo responsable del Fichero: Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil (Ámbito Guardia Civil), C/ Guzmán el Bueno, 110, 28003 Madrid.
Órgano Administrativo ante el que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil (Ámbito Guardia Civil), Jefatura de Asistencia al Personal, C/ Guzmán el Bueno, 110, 28003 Madrid.
Medidas de seguridad, con indicación del nivel básico, medio o alto, exigible: Alto.
Nombre del fichero: Cuadernos de la Guardia Civil.
Finalidad del fichero: Control y gestión de los suscriptores, colaboradores y autores de la publicación de la Guardia Civil «Cuadernos de la Guardia Civil».
Usos previstos: Administrativo.
Personas o colectivos, sobre los que se pretenden obtener datos de carácter personal, o que resulten obligados a suministrarlos: Personas suscritas a la publicación «Cuadernos de la Guardia Civil» y colaboradores y autores.
Procedimiento de recogida de datos de carácter personal: El propio interesado a través de formularios.
Estructura básica del fichero y la descripción de los tipos de datos de carácter personal, incluidos en el mismo:
Datos de carácter identificativo: DNI/NIF, nombre y apellidos, dirección postal, teléfono.
Datos de detalle de empleo.
Datos económico-financieros y de seguros.
Sistema de tratamiento: Mixto.
Comunicaciones de datos previstas: A entidades financieras para el cobro del precio de suscripción y para el abono de sus honorarios a los colaboradores, así como en su caso, a los órganos competentes para la fiscalización del gasto.
Transferencias internacionales de datos previstas a países terceros, indicando en su caso, los destinatarios o categorías de destinatarios: No se prevén.
Órgano Administrativo responsable del Fichero: Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil (Ámbito Guardia Civil), C/ Guzmán el Bueno, 110, 28003 Madrid.
Órgano Administrativo ante el que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil (Ámbito Guardia Civil) - Unidad de Coordinación - Centro de Análisis y Prospectiva, C/ Guzmán el Bueno, 110, 28003 Madrid.
Medidas de seguridad, con indicación del nivel básico, medio o alto, exigible: Básico.
Nombre del fichero: ECOFIN
Finalidad del fichero: Administración y coordinación de los recursos financieros y patrimoniales, el seguimiento de la ejecución del presupuesto y registro contable, gestión y seguimiento de los procesos de contratación, la coordinación de la actividad de las Unidades de Gestión Económica y la gestión de indemnizaciones por razón del servicio, traslados y asistencias.
Usos previstos: Administrativo.
Personas o colectivos, sobre los que se pretenden obtener datos de carácter personal, o que resulten obligados a suministrarlos: Personas físicas o jurídicas que mantienen obligaciones contractuales con la Guardia Civil; personal dependiente de la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil (ámbito Guardia Civil) y externos que tengan derecho a indemnizaciones.
Procedimiento de recogida de datos de carácter personal: Del propio interesado o su representante legal, mediante formularios y facturas o transmisión electrónica de datos, en soporte papel o informático.
Estructura básica del Fichero y la descripción de los tipos de datos de carácter personal, incluidos en el mismo:
Datos de carácter identificativo: DNI/NIF, nombre y apellidos, dirección postal y teléfono.
Datos de detalle de empleo.
Datos de información comercial.
Datos económico-financieros y de seguros.
Datos de transacciones.
Sistema de tratamiento: Mixto.
Comunicaciones de datos previstas: A la Administración Tributaria en virtud del artículo 29 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria; a las Intervenciones delegadas en virtud de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, Real Decreto 640/1987, de 8 de mayo sobre pagos librados «a justificar», y Real Decreto 725/1989, de 16 de junio, sobre anticipos de caja fija. A las entidades financieras que deban proceder a la transferencia monetaria, con cargo a las cuentas corrientes de las Unidades.
Transferencias internacionales de datos previstas a países terceros, indicando en su caso, los destinatarios o categorías de destinatarios: No se prevén.
Órgano Administrativo responsable del Fichero: Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil (Ámbito Guardia Civil), C/ Guzmán el Bueno, 110, 28003 Madrid.
Órgano Administrativo ante el que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil (Ámbito Guardia Civil) - Jefatura de Asuntos Económicos, C/ Guzmán el Bueno, 110, 28003 Madrid.
Medidas de seguridad, con indicación del nivel básico, medio o alto, exigible: Básico.
Nombre del fichero: Expedientes
Finalidad del fichero: Control y gestión de los expedientes que deben confeccionarse para la gestión de los Recursos Humanos de la Guardia Civil, excepto los disciplinarios.
Usos previstos: Administrativo.
Personas o colectivos, sobre los que se pretenden obtener datos de carácter personal, o que resulten obligados a suministrarlos: Personal dependiente de la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil en el ámbito de la Guardia Civil.
Procedimiento de recogida de datos de carácter personal: Del fichero de Gestión de Personal en cuanto a los datos identificativos de la persona, del propio interesado o su representante legal y de las publicaciones oficiales relativas a los datos de la resolución de los expedientes.
Estructura básica del fichero y la descripción de los tipos de datos de carácter personal, incluidos en el mismo:
Datos especialmente protegidos: Salud.
Datos relativos a la comisión de infracciones penales y administrativas:
Infracciones penales y administrativas.
Datos de carácter identificativo: DNI/NIF, nombre y apellidos de la persona.
Datos de detalles de empleo.
Sistema de Tratamiento: Mixto.
Cesiones de datos de carácter personal y, en su caso, las transferencias de datos que se prevean a países terceros: No existen.
Órgano Administrativo responsable del Fichero: Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil (Ámbito Guardia Civil), C/ Guzmán el Bueno, 110, 28003 Madrid.
Órgano Administrativo ante el que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil (Ámbito Guardia Civil), Jefatura de Personal, C/ Guzmán el Bueno, 110, 28003 Madrid.
Medidas de seguridad, con indicación del nivel básico, medio o alto, exigible: Alto.
Nombre del fichero: Gestión de aparcamientos
Finalidad del fichero: Tratamiento, programación y gestión del Registro de usuarios residentes como no residentes y vehículos oficiales de los aparcamientos de la Guardia Civil.
Usos previstos: Administrativo.
Personas o colectivos, sobre los que se pretenden obtener datos de carácter personal, o que resulten obligados a suministrarlos: Personal de la Guardia Civil, personal de las Fuerzas Armadas y funcionarios que se encuentren destinados en la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil (Ámbito del Cuerpo de la Guardia Civil).
Procedimiento de recogida de datos de carácter personal: A través del propio interesado, mediante formularios en soporte papel.
Estructura básica del fichero y la descripción de los tipos de datos de carácter personal, incluidos en el mismo:
Datos de carácter identificativo: DNI/NIF, nombre y apellidos, dirección (postal, electrónica), teléfono, matrículas de vehículos.
Datos de características personales.
Datos de detalles de empleo.
Sistema de tratamiento: Mixto.
Cesiones de datos de carácter personal y, en su caso, las transferencias de datos que se prevean a países terceros: No existen.
Órgano Administrativo responsable del Fichero: Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil (Ámbito Guardia Civil), C/ Guzmán el Bueno, 110, 28003 Madrid.
Órgano Administrativo ante el que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil (Ámbito Guardia Civil), Subdirección General de Personal (Servicio de Asuntos Generales), C/ Guzmán el Bueno, 110, 28003 Madrid.
Medidas de seguridad, con indicación del nivel básico, medio o alto, exigible: Básico.
Nombre del fichero: Hoja de servicios
Finalidad del fichero: Gestionar la Hoja de Servicios del personal del Cuerpo de la Guardia Civil. Ley 42/1999, de 25 de noviembre, de Régimen del Personal del Cuerpo de la Guardia Civil (Art. 45.a), y Orden Ministerial número 50/1997, de 3 de abril, por la que se aprueba el modelo de Hoja de Servicios del personal militar de carrera y de empleo de la categoría de Oficial. Que incluye:
Hoja General de servicios.
Hoja Anual de servicios.
Hoja Resumen.
Certificaciones.
Cómputo de tiempos a efectos de servicio, trienios y derechos pasivos.
Usos previstos: Administrativo.
Personas o colectivos, sobre los que se pretenden obtener datos de carácter personal, o que resulten obligados a suministrarlos: Personal dependiente de la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil (ámbito de la Guardia Civil).
Procedimiento de recogida de datos de carácter personal: Del fichero de Gestión de Personal en cuanto a los datos identificativos de la persona, del propio interesado o su representante legal y de las publicaciones oficiales de cada una de las vicisitudes profesionales.
Estructura básica del fichero y la descripción de los tipos de datos de carácter personal, incluidos en el mismo:
Datos relativos a la comisión de infracciones penales o administrativas: Infracciones penales y administrativas.
Datos de carácter identificativo: DNI/NIF, nombre y apellidos de la persona.
Datos de características personales.
Datos académicos y profesionales.
Datos de detalles de empleo.
Sistema de Tratamiento: Mixto.
Comunicaciones de datos previstas: A otros órganos de la Administración con competencia en materia de personal.
Transferencias internacionales de datos previstas a países terceros, indicando en su caso, los destinatarios o categorías de destinatarios: No se prevén.
Órgano Administrativo responsable del Fichero: Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil (Ámbito Guardia Civil), C/ Guzmán el Bueno, 110, 28003 Madrid.
Órgano Administrativo ante el que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil (Ámbito Guardia Civil), Jefatura de Personal, C/ Guzmán el Bueno, 110, 28003 Madrid.
Medidas de seguridad, con indicación del nivel básico, medio o alto, exigible: Medio.
Nombre del fichero: Registro de asociaciones profesionales de Guardias Civiles
Finalidad del fichero: Gestión del Registro de Asociaciones Profesionales de Guardias Civiles.
Usos previstos: Administrativo.
Personas o colectivos, sobre los que se pretenden obtener datos de carácter personal, o que resulten obligados a suministrarlos: Miembros de los órganos de gobierno y representación, así como representantes que figuren como tales de acuerdo al procedimiento establecido en los Estatutos de las Asociaciones Profesionales de Guardias Civiles que solicitan ser inscritas en el Registro de Asociaciones Profesionales de Guardias Civiles.
Procedimiento de recogida de datos de carácter personal: A través de la documentación que acompaña a la solicitud de inscripción realizadas por Asociaciones Profesionales de Guardias Civiles (estatutos y acta fundacional u otros documentos que sean presentados).
Estructura básica del Fichero y la descripción de los tipos de datos de carácter personal, incluidos en el mismo:
Datos de carácter identificativo: DNI/NIF, nombre y apellidos, y el cargo directivo o de representante que desempeña en la Asociación.
Sistema de tratamiento: Mixto.
Cesiones de datos de carácter personal y, en su caso, las transferencias de datos que se prevean a países terceros: No existen.
Órgano Administrativo responsable del Fichero: Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil (Ámbito Guardia Civil), C/ Guzmán el Bueno, 110, 28003 Madrid.
Órgano Administrativo ante el que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil (Ámbito Guardia Civil), Subdirección General de Personal (Servicio de Asuntos Generales), C/ Guzmán el Bueno, 110, 28003 Madrid.
Medidas de seguridad, con indicación del nivel básico, medio o alto, exigible: Básico.
Nombre del fichero: Retribuciones
Finalidad del fichero: Gestión de los haberes que la Guardia Civil abona; Cálculo mensual del I.R.P.F. y obtención del certificado anual de retenciones para la Agencia Estatal de Administración Tributaria; Gestión económica de las medallas pensionadas del personal no incluido en la nómina de la Guardia Civil; Control y seguimiento de los recursos presentados en relación con las retribuciones del personal de la Guardia Civil; Gestión de las retenciones judiciales; Obtención del fichero anual de planes de pensiones; Gestión de los haberes abonados con cargo a los créditos de la Dirección General de Tráfico, gestión de las retribuciones abonadas en virtud de los convenios celebrados con diversas Comunidades Autónomas y otras entidades de derecho público.
Usos previstos: Administrativo.
Personas o colectivos, sobre los que se pretenden obtener datos de carácter personal, o que resulten obligados a suministrarlos: Personal del Cuerpo, del Ministerio de Defensa, laboral y funcionarios, destinados o adscritos a la Guardia Civil; y personal no incluido en la nómina de la Guardia Civil con derecho a pensión por las medallas concedidas.
Procedimiento de recogida de datos de carácter personal: De las publicaciones oficiales, del propio interesado o su representante legal, mediante formularios en soporte papel o la cumplimentación del contrato correspondiente.
Estructura básica del Fichero y la descripción de los tipos de datos de carácter personal, incluidos en el mismo:
Datos especialmente protegidos: Afiliación sindical.
Otros datos especialmente protegidos: Salud.
Datos de carácter identificativo: DNI/NIF, nombre y apellidos, número de Seguridad Social/Mutualidad, dirección postal, teléfono y número de registro de personal.
Datos de características personales.
Datos de circunstancias sociales.
Datos académicos y profesionales.
Datos de detalle de empleo.
Datos económico-financieros y de seguros.
Datos de transacciones.
Sistema de Tratamiento: Mixto.
Comunicaciones de datos previstas: Al Ministerio de Hacienda, en virtud de la Ley 40/1998, de 9 de diciembre, del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas y del Real Decreto 214/1999, del 5 de febrero, del Reglamento del Impuesto de la Renta sobre Personas Físicas; al Instituto Social de las FAS (ISFAS), Ministerio de Defensa, Dirección General de Tráfico, Centro Nacional de Inteligencia, Pagadurías de diversas Comunidades Autónomas, en virtud de lo establecido en el artículo 21.2 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal; a la Mutualidad de Funcionarios de la Administración Civil de Estado (MUFACE), en virtud de la Ley 29/1975, de 27 de junio, sobre Seguridad Social de Funcionarios Civiles del Estado y a la Tesorería General de la Seguridad Social, en virtud de Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social.
Transferencias internacionales de datos previstas a países terceros, indicando en su caso, los destinatarios o categorías de destinatarios: No se prevén.
Órgano Administrativo responsable del Fichero: Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil (Ámbito Guardia Civil), C/ Guzmán el Bueno, 110, 28003 Madrid.
Órgano Administrativo ante el que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil (Ámbito Guardia Civil) - Jefatura de Personal, C/ Guzmán el Bueno, 110, 28003 Madrid.
Medidas de seguridad, con indicación del nivel básico, medio o alto, exigible: Alto.
Nombre del fichero: Régimen disciplinario
Finalidad del fichero: Control y seguimiento de los expedientes disciplinarios y procedimientos penales abiertos a personal del Cuerpo de la Guardia Civil.
Usos previstos: Administrativo y régimen disciplinario.
Personas o colectivos, sobre los que se pretenden obtener datos de carácter personal, o que resulten obligados a suministrarlos: Todos los componentes de la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil (ámbito de la Guardia Civil).
Procedimiento de recogida de datos de carácter personal: Del propio interesado, de Unidades del Cuerpo de la Guardia Civil, de publicaciones oficiales, de fuentes accesibles al público y de la instrucción y resolución de los procedimientos administrativos y/o judiciales, mediante formularios en soporte papel.
Estructura básica del Fichero y la descripción de los tipos de datos de carácter personal, incluidos en el mismo:
Datos relativos a la comisión de infracciones penales o administrativas: Infracciones penales y administrativas.
Datos de carácter identificativo: DNI/NIF, nombre y apellidos, y número de registro personal.
Datos de características personales.
Datos de detalle de empleo.
Sistema de Tratamiento: Mixto.
Comunicaciones de datos previstas: Al Ministerio Fiscal, Jueces y Tribunales, en virtud de los artículos 11 y 21 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
Transferencias internacionales de datos previstas a países terceros, indicando en su caso, los destinatarios o categorías de destinatarios: No se prevén.
Órgano Administrativo responsable del Fichero: Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil (Ámbito Guardia Civil), C/ Guzmán el Bueno, 110, 28003 Madrid.
Órgano Administrativo ante el que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil (Ámbito Guardia Civil) - Jefatura de Personal, C/ Guzmán el Bueno, 110, 28003 Madrid.
Medidas de seguridad, con indicación del nivel básico, medio o alto, exigible: Medio.
Nombre del fichero: Videovigilancia
Finalidad del fichero: Seguridad de los acuartelamientos de la Guardia Civil y de los edificios, bases, instalaciones y centros vigilados por la Guardia Civil.
Usos previstos: Seguridad.
Personas o colectivos, sobre los que se pretenden obtener datos de carácter personal, o que resulten obligados a suministrarlos: Personas que se encuentren en zonas videovigiladas de los acuartelamientos de la Guardia Civil o de los edificios, bases, instalaciones y centros vigilados por la Guardia Civil.
Procedimiento de recogida de datos de carácter personal: Circuito cerrado de televisión.
Estructura básica del fichero y la descripción de los tipos de datos de carácter personal, incluidos en el mismo:
Datos de carácter identificativo: Imagen/voz.
Sistema de tratamiento: Automatizado.
Comunicaciones de datos previstas: A las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad para sus funciones de protección de la seguridad pública conforme a lo establecido en los artículos 11.2.a) y 21.1 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, en cumplimiento de los principios de colaboración, mutuo auxilio y cooperación e información recíprocas que establece la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
Transferencias internacionales de datos previstas a países terceros, indicando en su caso, los destinatarios o categorías de destinatarios: No se prevén.
Órgano Administrativo responsable del Fichero: Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil (Ámbito Guardia Civil), C/ Guzmán el Bueno, 110, 28003 Madrid.
Órgano Administrativo ante el que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil (Ámbito Guardia Civil) - Jefatura de Unidades Especiales y Reserva, C/ Guzmán el Bueno, 110, 28003 Madrid.
Medidas de seguridad, con indicación del nivel básico, medio o alto, exigible: Básico.
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