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Documento BOE-A-2010-19389

Real Decreto 1591/2010, de 26 de noviembre, por el que se aprueba la Clasificación Nacional de Ocupaciones 2011.

Publicado en:
«BOE» núm. 306, de 17 de diciembre de 2010, páginas 104040 a 104060 (21 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-2010-19389
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/2010/11/26/1591

TEXTO ORIGINAL

La vigente Clasificación Nacional de Ocupaciones (CNO-94) se remonta al año 1994. Durante el transcurso de este tiempo la evolución de la economía ha supuesto la aparición de nuevas ocupaciones, entre las que caben destacar las asociadas a los sectores de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones y del Medio Ambiente. Estos cambios hacen necesaria una reformulación de la estructura de la CNO-94 más acorde a la realidad existente actualmente y reorientada hacia el futuro.

Esta necesidad no sólo existe a nivel nacional, sino que también se ha producido a nivel internacional, por lo que la Oficina Internacional del Trabajo (OIT) ha procedido a la revisión de la Clasificación Internacional Uniforme de Ocupaciones en 2008 (CIUO-08) con el objeto de actualizar la anterior clasificación que databa de 1988 (CIUO-88). Con la aparición de la CIUO-08 se crea una nueva base para informar, comparar e intercambiar datos estadísticos sobre ocupaciones a nivel internacional. Igual que la CNO-94 era la adaptación nacional de la CIUO-88, la CNO-11 será la adaptación nacional de la CIUO-08. Además, en el seno de la Unión Europea la variable «ocupación» ha cobrado importancia, desde el punto de vista estadístico, al considerarse como nuclear en los sistemas de estadística socio-demográficos, lo que obliga a mantener siempre actualizada dicha variable.

Es necesario aclarar que una clasificación es una relación de categorías ordenada según determinados criterios, que obliga a veces a tomar decisiones por convenio con el fin de hacer operativo el uso de la clasificación, tanto a nivel internacional como en su adaptación nacional. Por ello esta clasificación, desde el punto de vista conceptual, no implica el reconocimiento ni la regulación de cualquier ocupación, ya que esa es competencia de la autoridad nacional correspondiente.

Con el objeto de obtener una Clasificación para fines estadísticos que garantice tanto un tratamiento uniforme de los datos estadísticos relacionados con la ocupación a nivel nacional como la comparabilidad internacional de los mismos, el Instituto Nacional de Estadística, de acuerdo con las facultades que le confiere el artículo 26 de la Ley 12/1989, de 9 de mayo, de la Función Estadística Pública, y habiéndolo sometido al dictamen preceptivo del Consejo Superior de Estadística, ha elaborado la Clasificación Nacional de Ocupaciones 2011 (CNO-11).

Este Real Decreto cuenta con el dictamen preceptivo del Consejo Superior de Estadística.

En su virtud, a propuesta de la Vicepresidenta Segunda del Gobierno y Ministra de Economía y Hacienda, y, previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 26 de noviembre de 2010,

DISPONGO:

Artículo 1. Objeto.

El presente real decreto tiene por objeto la aprobación de la Clasificación Nacional de Ocupaciones 2011, denominada en lo sucesivo CNO-11, que se inserta como Anexo único.

Artículo 2. Definición y ámbito de aplicación de la CNO-11.

1. La CNO-11 es un sistema de codificación que tiene por objeto el tratamiento de la información sobre ocupaciones de manera uniforme a efectos estadísticos.

2. La CNO-11 será de uso obligatorio en el ámbito de aplicación de la Ley 12/1989, de 9 de mayo, de la Función Estadística Pública, para todas aquellas operaciones estadísticas recogidas en el Plan Estadístico Nacional.

3. La inclusión de una ocupación en una determinada categoría de la clasificación no implica reconocimiento alguno en términos de nivel de competencias de esa ocupación a nivel nacional, ni reconoce similitudes entre ocupaciones clasificadas en una misma categoría.

Artículo 3. Fecha de aplicación de la Clasificación Nacional de Ocupaciones que ahora se aprueba (CNO-11).

La CNO-11 se aplicará a partir del 1 de enero de 2011, salvo que haya alguna normativa comunitaria que estipule otra fecha en algún ámbito estadístico.

Disposición adicional única. Actividades a desarrollar por el Instituto Nacional de Estadística para facilitar el uso de la CNO-11.

El Instituto Nacional de Estadística, en función de sus competencias, garantizará la debida difusión, así como el mantenimiento y actualización de la CNO-11 mediante la elaboración y publicación de cuantas notas explicativas y normas interpretativas sean necesarias para un correcto uso de esta clasificación de ocupaciones en el ámbito estadístico. Cuando así se requiera, se revisarán y publicarán los cuadros de equivalencias entre la CNO-94 y la CNO-11, así como entre la CNO-11 y la CIUO-08. También elaborará un listado de ocupaciones que se hará público por Internet y que se irá actualizando con las propias consultas y por la evolución del mercado laboral.

Disposición transitoria única. Vigencia de la CNO-94.

Desde la entrada en vigor de este real decreto hasta el 1 de enero de 2011, continuará siendo de general aplicación la Clasificación Nacional de Ocupaciones 1994 (CNO-94).

Disposición derogatoria única. Derogación normativa.

Queda derogado el Real Decreto 917/1994, de 6 de mayo, por el que se aprueba la Clasificación Nacional de Ocupaciones 1994 (CNO-94).

Disposición final primera. Título competencial.

Este real decreto se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.31.ª de la Constitución, que atribuye al Estado la competencia exclusiva sobre la Estadística para fines estatales.

Disposición final segunda. Desarrollo normativo.

La persona titular del Ministerio de Economía y Hacienda dictará las disposiciones necesarias para la ejecución de lo dispuesto en este real decreto.

Disposición final tercera. Entrada en vigor.

El presente real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Dado en Madrid, el 26 de noviembre de 2010.

JUAN CARLOS R.

La Vicepresidenta Segunda del Gobierno y Ministra de Economía y Hacienda,

ELENA SALGADO MÉNDEZ

ANEXO

1

Directores y gerentes.

A

Directores y gerentes.

11

Miembros del poder ejecutivo y de los cuerpos legislativos; directivos de la Administración Pública y organizaciones de interés social; directores ejecutivos.

111

Miembros del poder ejecutivo y de los cuerpos legislativos; directivos de la Administración Pública y organizaciones de interés social.

1111

Miembros del poder ejecutivo (nacional, autonómico y local) y del poder legislativo.

1112

Personal directivo de la Administración Pública.

1113

Directores de organizaciones de interés social.

112

Directores generales y presidentes ejecutivos.

1120

Directores generales y presidentes ejecutivos.

12

Directores de departamentos administrativos y comerciales.

121

Directores de departamentos administrativos.

1211

Directores financieros.

1212

Directores de recursos humanos.

1219

Directores de políticas y planificación y de otros departamentos administrativos no clasificados bajo otros epígrafes.

122

Directores comerciales, de publicidad, relaciones públicas y de investigación y desarrollo.

1221

Directores comerciales y de ventas.

1222

Directores de publicidad y relaciones públicas.

1223

Directores de investigación y desarrollo.

13

Directores de producción y operaciones.

131

Directores de producción de explotaciones agropecuarias, forestales y pesqueras, y de industrias manufactureras, de minería, construcción y distribución.

1311

Directores de producción de explotaciones agropecuarias y forestales.

1312

Directores de producción de explotaciones pesqueras y acuícolas.

1313

Directores de industrias manufactureras.

1314

Directores de explotaciones mineras.

1315

Directores de empresas de abastecimiento, transporte, distribución y afines.

1316

Directores de empresas de construcción.

132

Directores de servicios de tecnologías de la información y las comunicaciones (TIC) y de empresas de servicios profesionales.

1321

Directores de servicios de tecnologías de la información y las comunicaciones (TIC).

1322

Directores de servicios sociales para niños.

1323

Directores-gerentes de centros sanitarios.

1324

Directores de servicios sociales para personas mayores.

1325

Directores de otros servicios sociales.

1326

Directores de servicios de educación.

1327

Directores de sucursales de bancos, de servicios financieros y de seguros.

1329

Directores de otras empresas de servicios profesionales no clasificados bajo otros epígrafes.

14

Directores y gerentes de empresas de alojamiento, restauración y comercio.

141

Directores y gerentes de empresas de alojamiento.

1411

Directores y gerentes de hoteles.

1419

Directores y gerentes de otras empresas de servicios de alojamiento.

142

Directores y gerentes de empresas de restauración.

1421

Directores y gerentes de restaurantes.

1422

Directores y gerentes de bares, cafeterías y similares.

1429

Directores y gerentes de empresas de catering y otras empresas de restauración.

143

Directores y gerentes de empresas de comercio al por mayor y al por menor.

1431

Directores y gerentes de empresas de comercio al por mayor.

1432

Directores y gerentes de empresas de comercio al por menor.

15

Directores y gerentes de otras empresas de servicios no clasificados bajo otros epígrafes.

150

Directores y gerentes de otras empresas de servicios no clasificados bajo otros epígrafes.

1501

Directores y gerentes de empresas de actividades recreativas, culturales y deportivas.

1509

Directores y gerentes de empresas de gestión de residuos y de otras empresas de servicios no clasificados bajo otros epígrafes.

2

Técnicos y profesionales científicos e intelectuales.

B

Técnicos y profesionales científicos e intelectuales de la salud y la enseñanza.

21

Profesionales de la salud.

211

Médicos.

2111

Médicos de familia.

2112

Otros médicos especialistas.

212

Profesionales de enfermería y partería.

2121

Enfermeros no especializados.

2122

Enfermeros especializados (excepto matronos).

2123

Matronos.

213

Veterinarios.

2130

Veterinarios.

214

Farmacéuticos.

2140

Farmacéuticos.

215

Otros profesionales de la salud.

2151

Odontólogos y estomatólogos.

2152

Fisioterapeutas.

2153

Dietistas y nutricionistas.

2154

Logopedas.

2155

Ópticos-optometristas.

2156

Terapeutas ocupacionales.

2157

Podólogos.

2158

Profesionales de la salud y la higiene laboral y ambiental.

2159

Profesionales de la salud no clasificados bajo otros epígrafes.

22

Profesionales de la enseñanza infantil, primaria, secundaria y postsecundaria.

221

Profesores de universidades y otra enseñanza superior (excepto formación profesional).

2210

Profesores de universidades y otra enseñanza superior (excepto formación profesional).

222

Profesores de formación profesional (materias específicas).

2220

Profesores de formación profesional (materias específicas).

223

Profesores de enseñanza secundaria (excepto materias específicas de formación profesional).

2230

Profesores de enseñanza secundaria (excepto materias específicas de formación profesional).

224

Profesores de enseñanza primaria.

2240

Profesores de enseñanza primaria.

225

Maestros y educadores de enseñanza infantil.

2251

Maestros de educación infantil.

2252

Técnicos en educación infantil.

23

Otros profesionales de la enseñanza.

231

Profesores y técnicos de educación especial.

2311

Profesores de educación especial.

2312

Técnicos educadores de educación especial.

232

Otros profesores y profesionales de la enseñanza.

2321

Especialistas en métodos didácticos y pedagógicos.

2322

Profesores de enseñanza no reglada de idiomas.

2323

Profesores de enseñanza no reglada de música y danza.

2324

Profesores de enseñanza no reglada de artes.

2325

Instructores en tecnologías de la información en enseñanza no reglada.

2326

Profesionales de la educación ambiental.

2329

Profesores y profesionales de la enseñanza no clasificados bajo otros epígrafes.

C

Otros técnicos y profesionales científicos e intelectuales.

24

Profesionales de la ciencias físicas, químicas, matemáticas y de las ingenierías.

241

Físicos, químicos, matemáticos y afines.

2411

Físicos y astrónomos.

2412

Meteorólogos.

2413

Químicos.

2414

Geólogos y geofísicos.

2415

Matemáticos y actuarios.

2416

Estadísticos.

242

Profesionales en ciencias naturales.

2421

Biólogos, botánicos, zoólogos y afines.

2422

Ingenieros agrónomos.

2423

Ingenieros de montes.

2424

Ingenieros técnicos agrícolas.

2425

Ingenieros técnicos forestales y del medio natural.

2426

Profesionales de la protección ambiental.

2427

Enólogos.

243

Ingenieros (excepto ingenieros agrónomos, de montes, eléctricos, electrónicos y TIC).

2431

Ingenieros industriales y de producción.

2432

Ingenieros en construcción y obra civil.

2433

Ingenieros mecánicos.

2434

Ingenieros aeronáuticos.

2435

Ingenieros químicos.

2436

Ingenieros de minas, metalúrgicos y afines.

2437

Ingenieros ambientales.

2439

Ingenieros no clasificados bajo otros epígrafes.

244

Ingenieros eléctricos, electrónicos y de telecomunicaciones.

2441

Ingenieros en electricidad.

2442

Ingenieros electrónicos.

2443

Ingenieros en telecomunicaciones.

245

Arquitectos, urbanistas e ingenieros geógrafos.

2451

Arquitectos (excepto arquitectos paisajistas y urbanistas).

2452

Arquitectos paisajistas.

2453

Urbanistas e ingenieros de tráfico.

2454

Ingenieros geógrafos y cartógrafos.

246

Ingenieros técnicos (excepto agrícolas, forestales, eléctricos, electrónicos y TIC).

2461

Ingenieros técnicos industriales y de producción.

2462

Ingenieros técnicos de obras públicas.

2463

Ingenieros técnicos mecánicos.

2464

Ingenieros técnicos aeronáuticos.

2465

Ingenieros técnicos químicos.

2466

Ingenieros técnicos de minas, metalúrgicos y afines.

2469

Ingenieros técnicos no clasificados bajo otros epígrafes.

247

Ingenieros técnicos en electricidad, electrónica y telecomunicaciones.

2471

Ingenieros técnicos en electricidad.

2472

Ingenieros técnicos en electrónica.

2473

Ingenieros técnicos en telecomunicaciones.

248

Arquitectos técnicos, topógrafos y diseñadores.

2481

Arquitectos técnicos y técnicos urbanistas.

2482

Diseñadores de productos y de prendas.

2483

Ingenieros técnicos en topografía.

2484

Diseñadores gráficos y multimedia.

25

Profesionales en derecho.

251

Jueces, magistrados, abogados y fiscales.

2511

Abogados.

2512

Fiscales.

2513

Jueces y magistrados.

259

Otros profesionales del derecho.

2591

Notarios y registradores.

2592

Procuradores.

2599

Profesionales del derecho no clasificados bajo otros epígrafes.

26

Especialistas en organización de la Administración Pública y de las empresas y en la comercialización.

261

Especialistas en finanzas.

2611

Especialistas en contabilidad.

2612

Asesores financieros y en inversiones.

2613

Analistas financieros.

262

Especialistas en organización y administración.

2621

Analistas de gestión y organización.

2622

Especialistas en administración de política de empresas.

2623

Especialistas de la Administración Pública.

2624

Especialistas en políticas y servicios de personal y afines.

2625

Especialistas en formación de personal.

263

Técnicos de empresas y actividades turísticas.

2630

Técnicos de empresas y actividades turísticas.

264

Profesionales de ventas técnicas y médicas (excepto las TIC).

2640

Profesionales de ventas técnicas y médicas (excepto las TIC).

265

Otros profesionales de las ventas, la comercialización, la publicidad y las relaciones públicas.

2651

Profesionales de la publicidad y la comercialización.

2652

Profesionales de relaciones públicas.

2653

Profesionales de la venta de tecnologías de la información y las comunicaciones.

27

Profesionales de las tecnologías de la información.

271

Analistas y diseñadores de software y multimedia.

2711

Analistas de sistemas.

2712

Analistas y diseñadores de software.

2713

Analistas, programadores y diseñadores Web y multimedia.

2719

Analistas y diseñadores de software y multimedia no clasificados bajo otros epígrafes.

272

Especialistas en bases de datos y en redes informáticas.

2721

Diseñadores y administradores de bases de datos.

2722

Administradores de sistemas y redes.

2723

Analistas de redes informáticas.

2729

Especialistas en bases de datos y en redes informáticas no clasificados bajo otros epígrafes.

28

Profesionales en ciencias sociales.

281

Economistas.

2810

Economistas.

282

Sociólogos, historiadores, psicólogos y otros profesionales en ciencias sociales.

2821

Sociólogos, geógrafos, antropólogos, arqueólogos y afines.

2822

Filósofos, historiadores y profesionales en ciencias políticas.

2823

Psicólogos.

2824

Profesionales del trabajo y la educación social.

2825

Agentes de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres.

283

Sacerdotes de las distintas religiones.

2830

Sacerdotes de las distintas religiones.

29

Profesionales de la cultura y el espectáculo.

291

Archivistas, bibliotecarios, conservadores y afines.

2911

Archivistas y conservadores de museos.

2912

Bibliotecarios, documentalistas y afines.

292

Escritores, periodistas y lingüistas.

2921

Escritores.

2922

Periodistas.

2923

Filólogos, intérpretes y traductores.

293

Artistas creativos e interpretativos.

2931

Artistas de artes plásticas y visuales.

2932

Compositores, músicos y cantantes.

2933

Coreógrafos y bailarines.

2934

Directores de cine, de teatro y afines.

2935

Actores.

2936

Locutores de radio, televisión y otros presentadores.

2937

Profesionales de espectáculos taurinos.

2939

Artistas creativos e interpretativos no clasificados bajo otros epígrafes.

3

Técnicos; profesionales de apoyo.

D

Técnicos; profesionales de apoyo.

31

Técnicos de las ciencias y de las ingenierías.

311

Delineantes y dibujantes técnicos.

3110

Delineantes y dibujantes técnicos.

312

Técnicos de las ciencias físicas, químicas, medioambientales y de las ingenierías.

3121

Técnicos en ciencias físicas y químicas.

3122

Técnicos en construcción.

3123

Técnicos en electricidad.

3124

Técnicos en electrónica (excepto electromedicina).

3125

Técnicos en electrónica, especialidad en electromedicina.

3126

Técnicos en mecánica.

3127

Técnicos y analistas de laboratorio en química industrial.

3128

Técnicos en metalurgia y minas.

3129

Otros técnicos de las ciencias físicas, químicas, medioambientales y de las ingenierías.

313

Técnicos en control de procesos.

3131

Técnicos en instalaciones de producción de energía.

3132

Técnicos en instalaciones de tratamiento de residuos, de aguas y otros operadores en plantas similares.

3133

Técnicos en control de instalaciones de procesamiento de productos químicos.

3134

Técnicos de refinerías de petróleo y gas natural.

3135

Técnicos en control de procesos de producción de metales.

3139

Técnicos en control de procesos no clasificados bajo otros epígrafes.

314

Técnicos de las ciencias naturales y profesionales auxiliares afines.

3141

Técnicos en ciencias biológicas (excepto en áreas sanitarias).

3142

Técnicos agropecuarios.

3143

Técnicos forestales y del medio natural.

315

Profesionales en navegación marítima y aeronáutica.

3151

Jefes y oficiales de máquinas.

3152

Capitanes y oficiales de puente.

3153

Pilotos de aviación y profesionales afines.

3154

Controladores de tráfico aéreo.

3155

Técnicos en seguridad aeronáutica.

316

Técnicos de control de calidad de las ciencias físicas, químicas y de las ingenierías.

3160

Técnicos de control de calidad de las ciencias físicas, químicas y de las ingenierías.

32

Supervisores en ingeniería de minas, de industrias manufactureras y de la construcción.

320

Supervisores en ingeniería de minas, de industrias manufactureras y de la construcción.

3201

Supervisores en ingeniería de minas.

3202

Supervisores de la construcción.

3203

Supervisores de industrias alimenticias y del tabaco.

3204

Supervisores de industrias química y farmacéutica.

3205

Supervisores de industrias de transformación de plásticos, caucho y resinas naturales.

3206

Supervisores de industrias de la madera y pastero papeleras.

3207

Supervisores de la producción en industrias de artes gráficas y en la fabricación de productos de papel.

3209

Supervisores de otras industrias manufactureras.

33

Técnicos sanitarios y profesionales de las terapias alternativas.

331

Técnicos sanitarios de laboratorio, pruebas diagnósticas y prótesis.

3311

Técnicos en radioterapia.

3312

Técnicos en imagen para el diagnóstico.

3313

Técnicos en anatomía patológica y citología.

3314

Técnicos en laboratorio de diagnóstico clínico.

3315

Técnicos en ortoprótesis.

3316

Técnicos en prótesis dentales.

3317

Técnicos en audioprótesis.

332

Otros técnicos sanitarios.

3321

Técnicos superiores en higiene bucodental.

3322

Técnicos superiores en documentación sanitaria.

3323

Técnicos superiores en dietética.

3324

Técnicos en optometría.

3325

Ayudantes fisioterapeutas.

3326

Técnicos en prevención de riesgos laborales y salud ambiental.

3327

Ayudantes de veterinaria.

3329

Técnicos de la sanidad no clasificados bajo otros epígrafes.

333

Profesionales de las terapias alternativas.

3331

Profesionales de la acupuntura, la naturopatía, la homeopatía, la medicina tradicional china y la ayurveda.

3339

Otros profesionales de las terapias alternativas.

34

Profesionales de apoyo en finanzas y matemáticas.

340

Profesionales de apoyo en finanzas y matemáticas.

3401

Profesionales de apoyo e intermediarios de cambio, bolsa y finanzas.

3402

Comerciales de préstamos y créditos.

3403

Tenedores de libros.

3404

Profesionales de apoyo en servicios estadísticos, matemáticos y afines.

3405

Tasadores.

35

Representantes, agentes comerciales y afines.

351

Agentes y representantes comerciales.

3510

Agentes y representantes comerciales.

352

Otros agentes comerciales.

3521

Mediadores y agentes de seguros.

3522

Agentes de compras.

3523

Consignatarios.

353

Agentes inmobiliarios y otros agentes.

3531

Representantes de aduanas.

3532

Organizadores de conferencias y eventos.

3533

Agentes o intermediarios en la contratación de la mano de obra (excepto representantes de espectáculos).

3534

Agentes y administradores de la propiedad inmobiliaria.

3535

Portavoces y agentes de relaciones públicas.

3539

Representantes artísticos y deportivos y otros agentes de servicios comerciales no clasificados bajo otros epígrafes.

36

Profesionales de apoyo a la gestión administrativa; técnicos de las fuerzas y cuerpos de seguridad.

361

Asistentes administrativos y especializados.

3611

Supervisores de secretaría.

3612

Asistentes jurídico-legales.

3613

Asistentes de dirección y administrativos.

3614

Secretarios de centros médicos o clínicas.

362

Agentes de aduanas, tributos y afines que trabajan en tareas propias de la Administración Pública.

3621

Profesionales de apoyo de la Administración Pública de tributos.

3622

Profesionales de apoyo de la Administración Pública de servicios sociales.

3623

Profesionales de apoyo de la Administración Pública de servicios de expedición de licencias.

3629

Otros profesionales de apoyo de la Administración Pública para tareas de inspección y control y tareas similares.

363

Técnicos de las fuerzas y cuerpos de seguridad.

3631

Técnicos de la policía nacional, autonómica y local.

3632

Suboficiales de la guardia civil.

37

Profesionales de apoyo de servicios jurídicos, sociales, culturales, deportivos y afines.

371

Profesionales de apoyo de servicios jurídicos y sociales.

3711

Profesionales de apoyo de servicios jurídicos y servicios similares.

3712

Detectives privados.

3713

Profesionales de apoyo al trabajo y a la educación social.

3714

Promotores de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres.

3715

Animadores comunitarios.

3716

Auxiliares laicos de las religiones.

372

Deportistas, entrenadores, instructores de actividades deportivas; monitores de actividades recreativas.

3721

Atletas y deportistas.

3722

Entrenadores y árbitros de actividades deportivas.

3723

Instructores de actividades deportivas.

3724

Monitores de actividades recreativas y de entretenimiento.

373

Técnicos y profesionales de apoyo de actividades culturales, artísticas y culinarias.

3731

Fotógrafos.

3732

Diseñadores y decoradores de interior.

3733

Técnicos en galerías de arte, museos y bibliotecas.

3734

Chefs.

3739

Otros técnicos y profesionales de apoyo de actividades culturales y artísticas.

38

Técnicos de las tecnologías de la información y las comunicaciones (TIC).

381

Técnicos en operaciones de tecnologías de la información y asistencia al usuario.

3811

Técnicos en operaciones de sistemas informáticos.

3812

Técnicos en asistencia al usuario de tecnologías de la información.

3813

Técnicos en redes.

3814

Técnicos de la Web.

382

Programadores informáticos.

3820

Programadores informáticos.

383

Técnicos en grabación audiovisual, radiodifusión y telecomunicaciones.

3831

Técnicos de grabación audiovisual.

3832

Técnicos de radiodifusión.

3833

Técnicos de ingeniería de las telecomunicaciones.

4

Empleados contables, administrativos y otros empleados de oficina.

E

Empleados de oficina que no atienden al público.

41

Empleados en servicios contables, financieros, y de servicios de apoyo a la producción y al transporte.

411

Empleados contables y financieros.

4111

Empleados de contabilidad.

4112

Empleados de control de personal y nóminas.

4113

Empleados de oficina de servicios estadísticos, financieros y bancarios.

412

Empleados de registro de materiales, de servicios de apoyo a la producción y al transporte.

4121

Empleados de control de abastecimientos e inventario.

4122

Empleados de oficina de servicios de apoyo a la producción.

4123

Empleados de logística y transporte de pasajeros y mercancías.

42

Empleados de bibliotecas, servicios de correos y afines.

421

Empleados de bibliotecas y archivos.

4210

Empleados de bibliotecas y archivos.

422

Empleados de servicios de correos, codificadores, correctores y servicios de personal.

4221

Empleados de servicios de correos (excepto empleados de mostrador).

4222

Codificadores y correctores de imprenta.

4223

Empleados de servicio de personal.

43

Otros empleados administrativos sin tareas de atención al público.

430

Otros empleados administrativos sin tareas de atención al público.

4301

Grabadores de datos.

4309

Empleados administrativos sin tareas de atención al público no clasificados bajo otros epígrafes.

F

Empleados de oficina que atienden al público.

44

Empleados de agencias de viajes, recepcionistas y telefonistas; empleados de ventanilla y afines (excepto taquilleros).

441

Empleados de información y recepcionistas (excepto de hoteles).

4411

Empleados de información al usuario.

4412

Recepcionistas (excepto de hoteles).

442

Empleados de agencias de viajes, recepcionistas de hoteles y telefonistas.

4421

Empleados de agencias de viajes.

4422

Recepcionistas de hoteles.

4423

Telefonistas.

4424

Teleoperadores.

443

Agentes de encuestas.

4430

Agentes de encuestas.

444

Empleados de ventanilla y afines (excepto taquilleros).

4441

Cajeros de bancos y afines.

4442

Empleados de venta de apuestas.

4443

Empleados de sala de juegos y afines.

4444

Empleados de casas de empeño y de préstamos.

4445

Cobradores de facturas, deudas y empleados afines.

4446

Empleados de mostrador de correos.

45

Empleados administrativos con tareas de atención al público no clasificados bajo otros epígrafes.

450

Empleados administrativos con tareas de atención al público no clasificados bajo otros epígrafes.

4500

Empleados administrativos con tareas de atención al público no clasificados bajo otros epígrafes.

5

Trabajadores de los servicios de restauración, personales, protección y vendedores.

G

Trabajadores de los servicios de restauración y comercio.

50

Camareros y cocineros propietarios.

500

Camareros y cocineros propietarios.

5000

Camareros y cocineros propietarios.

51

Trabajadores asalariados de los servicios de restauración.

511

Cocineros asalariados.

5110

Cocineros asalariados.

512

Camareros asalariados.

5120

Camareros asalariados.

52

Dependientes en tiendas y almacenes.

521

Jefes de sección de tiendas y almacenes.

5210

Jefes de sección de tiendas y almacenes.

522

Vendedores en tiendas y almacenes.

5220

Vendedores en tiendas y almacenes.

53

Comerciantes propietarios de tiendas.

530

Comerciantes propietarios de tiendas.

5300

Comerciantes propietarios de tiendas.

54

Vendedores (excepto en tiendas y almacenes).

541

Vendedores en quioscos o en mercadillos.

5411

Vendedores en quioscos.

5412

Vendedores en mercados ocasionales y mercadillos.

542

Operadores de telemarketing.

5420

Operadores de telemarketing.

543

Expendedores de gasolineras.

5430

Expendedores de gasolineras.

549

Otros vendedores.

5491

Vendedores a domicilio.

5492

Promotores de venta.

5493

Modelos de moda, arte y publicidad.

5499

Vendedores no clasificados bajo otros epígrafes.

55

Cajeros y taquilleros (excepto bancos).

550

Cajeros y taquilleros (excepto bancos).

5500

Cajeros y taquilleros (excepto bancos).

H

Trabajadores de los servicios de salud y el cuidado de personas.

56

Trabajadores de los cuidados a las personas en servicios de salud.

561

Auxiliares de enfermería.

5611

Auxiliares de enfermería hospitalaria.

5612

Auxiliares de enfermería de atención primaria.

562

Técnicos auxiliares de farmacia y emergencias sanitarias y otros trabajadores de los cuidados a las personas en servicios de salud.

5621

Técnicos auxiliares de farmacia.

5622

Técnicos de emergencias sanitarias.

5629

Trabajadores de los cuidados a las personas en servicios de salud no clasificados bajo otros epígrafes.

57

Otros trabajadores de los cuidados a las personas.

571

Trabajadores de los cuidados personales a domicilio (excepto cuidadores de niños).

5710

Trabajadores de los cuidados personales a domicilio.

572

Cuidadores de niños.

5721

Cuidadores de niños en guarderías y centros educativos.

5722

Cuidadores de niños en domicilios.

58

Trabajadores de los servicios personales.

581

Peluqueros y especialistas en tratamientos de estética, bienestar y afines.

5811

Peluqueros.

5812

Especialistas en tratamientos de estética, bienestar y afines.

582

Trabajadores que atienden a viajeros, guías turísticos y afines.

5821

Auxiliares de vuelo y camareros de avión, barco y tren.

5822

Revisores y cobradores de transporte terrestre.

5823

Acompañantes turísticos.

5824

Azafatos de tierra.

5825

Guías de turismo.

583

Supervisores de mantenimiento y limpieza de edificios, conserjes y mayordomos domésticos.

5831

Supervisores de mantenimiento y limpieza en oficinas, hoteles y otros establecimientos.

5832

Mayordomos del servicio doméstico.

5833

Conserjes de edificios.

584

Trabajadores propietarios de pequeños alojamientos.

5840

Trabajadores propietarios de pequeños alojamientos.

589

Otros trabajadores de servicios personales.

5891

Asistentes personales o personas de compañía.

5892

Empleados de pompas fúnebres y embalsamadores.

5893

Cuidadores de animales y adiestradores.

5894

Instructores de autoescuela.

5895

Astrólogos, adivinadores y afines.

5899

Trabajadores de servicios personales no clasificados bajo otros epígrafes.

I

Trabajadores de los servicios de protección y seguridad.

59

Trabajadores de los servicios de protección y seguridad.

591

Guardias civiles.

5910

Guardias civiles.

592

Policías.

5921

Policías nacionales.

5922

Policías autonómicos.

5923

Policías locales.

593

Bomberos.

5931

Bomberos (excepto forestales).

5932

Bomberos forestales.

594

Personal de seguridad privado.

5941

Vigilantes de seguridad y similares habilitados para ir armados.

5942

Auxiliares de vigilante de seguridad y similares no habilitados para ir armados.

599

Otros trabajadores de los servicios de protección y seguridad.

5991

Vigilantes de prisiones.

5992

Bañistas-socorristas.

5993

Agentes forestales y medioambientales.

5999

Trabajadores de los servicios de protección y seguridad no clasificados bajo otros epígrafes.

6

Trabajadores cualificados en el sector agrícola, ganadero, forestal y pesquero.

J

Trabajadores cualificados en el sector agrícola, ganadero, forestal y pesquero.

61

Trabajadores cualificados en actividades agrícolas.

611

Trabajadores cualificados en actividades agrícolas (excepto en huertas, invernaderos, viveros y jardines).

6110

Trabajadores cualificados en actividades agrícolas (excepto en huertas, invernaderos, viveros y jardines).

612

Trabajadores cualificados en huertas, invernaderos, viveros y jardines.

6120

Trabajadores cualificados en huertas, invernaderos, viveros y jardines.

62

Trabajadores cualificados en actividades ganaderas, (incluidas avícolas, apícolas y similares).

620

Trabajadores cualificados en actividades ganaderas (incluidas avícolas, apícolas y similares).

6201

Trabajadores cualificados en actividades ganaderas de vacuno.

6202

Trabajadores cualificados en actividades ganaderas de ovino y caprino.

6203

Trabajadores cualificados en actividades ganaderas de porcino.

6204

Trabajadores cualificados en apicultura y sericicultura.

6205

Trabajadores cualificados en la avicultura y la cunicultura.

6209

Trabajadores cualificados en actividades ganaderas no clasificados bajo otros epígrafes.

63

Trabajadores cualificados en actividades agropecuarias mixtas.

630

Trabajadores cualificados en actividades agropecuarias mixtas.

6300

Trabajadores cualificados en actividades agropecuarias mixtas.

64

Trabajadores cualificados en actividades forestales, pesqueras y cinegéticas.

641

Trabajadores cualificados en actividades forestales y del medio natural.

6410

Trabajadores cualificados en actividades forestales y del medio natural.

642

Trabajadores cualificados en actividades pesqueras y acuicultura.

6421

Trabajadores cualificados en la acuicultura.

6422

Pescadores de aguas costeras y aguas dulces.

6423

Pescadores de altura.

643

Trabajadores cualificados en actividades cinegéticas.

6430

Trabajadores cualificados en actividades cinegéticas.

7

Artesanos y trabajadores cualificados de las industrias manufactureras y la construcción (excepto operadores de instalaciones y maquinaria).

K

Trabajadores cualificados de la construcción, excepto operadores de máquinas.

71

Trabajadores en obras estructurales de construcción y afines.

711

Trabajadores en hormigón, encofradores, ferrallistas y afines.

7111

Encofradores y operarios de puesta en obra de hormigón.

7112

Montadores de prefabricados estructurales (sólo hormigón).

712

Albañiles, canteros, tronzadores, labrantes y grabadores de piedras.

7121

Albañiles.

7122

Canteros, tronzadores, labrantes y grabadores de piedras.

713

Carpinteros (excepto ebanistas y montadores de estructuras metálicas).

7131

Carpinteros (excepto ebanistas).

7132

Instaladores de cerramientos metálicos y carpinteros metálicos (excepto montadores de estructuras metálicas).

719

Otros trabajadores de las obras estructurales de construcción.

7191

Mantenedores de edificios.

7192

Instaladores de fachadas técnicas.

7193

Instaladores de sistemas de impermeabilización en edificios.

7199

Otros trabajadores de las obras estructurales de construcción no clasificados bajo otros epígrafes.

72

Trabajadores de acabado de construcciones e instalaciones (excepto electricistas), pintores y afines.

721

Escayolistas y aplicadores de revestimientos de pasta y mortero.

7211

Escayolistas.

7212

Aplicadores de revestimientos de pasta y mortero.

722

Fontaneros e instaladores de tuberías.

7221

Fontaneros.

7222

Montadores-instaladores de gas en edificios.

7223

Instaladores de conductos en obra pública.

723

Pintores, empapeladores y afines.

7231

Pintores y empapeladores.

7232

Pintores en las industrias manufactureras.

724

Soladores, colocadores de parquet y afines.

7240

Soladores, colocadores de parquet y afines.

725

Mecánicos-instaladores de refrigeración y climatización.

7250

Mecánicos-instaladores de refrigeración y climatización.

729

Otros trabajadores de acabado en la construcción, instalaciones (excepto electricistas) y afines.

7291

Montadores de cubiertas.

7292

Instaladores de material aislante térmico y de insonorización.

7293

Cristaleros.

7294

Montadores-instaladores de placas de energía solar.

7295

Personal de limpieza de fachadas de edificios y chimeneas.

L

Trabajadores cualificados de las industrias manufactureras, excepto operadores de instalaciones y máquinas.

73

Soldadores, chapistas, montadores de estructuras metálicas, herreros, elaboradores de herramientas y afines.

731

Moldeadores, soldadores, chapistas, montadores de estructuras metálicas y trabajadores afines.

7311

Moldeadores y macheros.

7312

Soldadores y oxicortadores.

7313

Chapistas y caldereros.

7314

Montadores de estructuras metálicas.

7315

Montadores de estructuras cableadas y empalmadores de cables.

732

Herreros y trabajadores de la fabricación de herramientas y afines.

7321

Herreros y forjadores.

7322

Trabajadores de la fabricación de herramientas, mecánico-ajustadores, modelistas, matriceros y afines.

7323

Ajustadores y operadores de máquinas-herramienta.

7324

Pulidores de metales y afiladores de herramientas.

74

Mecánicos y ajustadores de maquinaria.

740

Mecánicos y ajustadores de maquinaria.

7401

Mecánicos y ajustadores de vehículos de motor.

7402

Mecánicos y ajustadores de motores de avión.

7403

Mecánicos y ajustadores de maquinaria agrícola e industrial.

7404

Mecánicos y ajustadores de maquinaria naval y ferroviaria.

7405

Reparadores de bicicletas y afines.

75

Trabajadores especializados en electricidad y electrotecnología.

751

Electricistas de la construcción y afines.

7510

Electricistas de la construcción y afines.

752

Otros instaladores y reparadores de equipos eléctricos.

7521

Mecánicos y reparadores de equipos eléctricos.

7522

Instaladores y reparadores de líneas eléctricas.

753

Instaladores y reparadores de equipos electrónicos y de telecomunicaciones.

7531

Mecánicos y reparadores de equipos electrónicos.

7532

Instaladores y reparadores en electromedicina.

7533

Instaladores y reparadores en tecnologías de la información y las comunicaciones.

76

Mecánicos de precisión en metales, ceramistas, vidrieros, artesanos y trabajadores de artes gráficas.

761

Mecánicos de precisión en metales, ceramistas, vidrieros y artesanos.

7611

Relojeros y mecánicos de instrumentos de precisión.

7612

Lutieres y similares; afinadores de instrumentos musicales.

7613

Joyeros, orfebres y plateros.

7614

Trabajadores de la cerámica, alfareros y afines.

7615

Sopladores, modeladores, laminadores, cortadores y pulidores de vidrio.

7616

Rotulistas, grabadores de vidrio, pintores decorativos de artículos diversos.

7617

Artesanos en madera y materiales similares; cesteros, bruceros y trabajadores afines.

7618

Artesanos en tejidos, cueros y materiales similares, preparadores de fibra y tejedores con telares artesanos o de tejidos de punto y afines.

7619

Artesanos no clasificados bajo otros epígrafes.

762

Oficiales y operarios de las artes gráficas.

7621

Trabajadores de procesos de preimpresión.

7622

Trabajadores de procesos de impresión.

7623

Trabajadores de procesos de encuadernación.

77

Trabajadores de la industria de la alimentación, bebidas y tabaco.

770

Trabajadores de la industria de la alimentación, bebidas y tabaco.

7701

Matarifes y trabajadores de las industrias cárnicas.

7702

Trabajadores de las industrias del pescado.

7703

Panaderos, pasteleros y confiteros.

7704

Trabajadores del tratamiento de la leche y elaboración de productos lácteos (incluidos helados).

7705

Trabajadores conserveros de frutas y hortalizas y trabajadores de la elaboración de bebidas no alcohólicas.

7706

Trabajadores de la elaboración de bebidas alcohólicas distintas del vino.

7707

Trabajadores de la elaboración del vino.

7708

Preparadores y elaboradores del tabaco y sus productos.

7709

Catadores y clasificadores de alimentos y bebidas.

78

Trabajadores de la madera, textil, confección, piel, cuero, calzado y otros operarios en oficios.

781

Trabajadores que tratan la madera y afines.

7811

Trabajadores del tratamiento de la madera.

7812

Ajustadores y operadores de máquinas para trabajar la madera.

782

Ebanistas y trabajadores afines.

7820

Ebanistas y trabajadores afines.

783

Trabajadores del textil, confección, piel, cuero y calzado.

7831

Sastres, modistos, peleteros y sombrereros.

7832

Patronistas para productos en textil y piel.

7833

Cortadores de tejidos, cuero, piel y otros materiales.

7834

Costureros a mano, bordadores y afines.

7835

Tapiceros, colchoneros y afines.

7836

Curtidores y preparadores de pieles.

7837

Zapateros y afines.

789

Pegadores, buceadores, probadores de productos y otros operarios y artesanos diversos.

7891

Buceadores.

7892

Pegadores.

7893

Clasificadores y probadores de productos (excepto alimentos, bebidas y tabaco).

7894

Fumigadores y otros controladores de plagas y malas hierbas.

7899

Oficiales, operarios y artesanos de otros oficios no clasificados bajo otros epígrafes.

8

Operadores de instalaciones y maquinaria, y montadores.

M

Operadores de instalaciones y maquinaria fijas, y montadores.

81

Operadores de instalaciones y maquinaria fijas.

811

Operadores en instalaciones de la extracción y explotación de minerales.

8111

Mineros y otros operadores en instalaciones mineras.

8112

Operadores en instalaciones para la preparación de minerales y rocas.

8113

Sondistas y trabajadores afines.

8114

Operadores de maquinaria para fabricar productos derivados de minerales no metálicos.

812

Operadores en instalaciones para el tratamiento de metales.

8121

Operadores en instalaciones para la obtención y transformación de metales.

8122

Operadores de máquinas pulidoras, galvanizadoras y recubridoras de metales.

813

Operadores de instalaciones y máquinas de productos químicos, farmacéuticos y materiales fotosensibles.

8131

Operadores en plantas industriales químicas.

8132

Operadores de máquinas para fabricar productos farmacéuticos, cosméticos y afines.

8133

Operadores de laboratorios fotográficos y afines.

814

Operadores en instalaciones para el tratamiento y transformación de la madera, la fabricación de papel, productos de papel y caucho o materias plásticas.

8141

Operadores de máquinas para fabricar productos de caucho y derivados de resinas naturales.

8142

Operadores de máquinas para fabricar productos de material plástico.

8143

Operadores de máquinas para fabricar productos de papel y cartón.

8144

Operadores de serrerías, de máquinas de fabricación de tableros y de instalaciones afines para el tratamiento de la madera y el corcho.

8145

Operadores en instalaciones para la preparación de pasta de papel y fabricación de papel.

815

Operadores de máquinas para fabricar productos textiles y artículos de piel y de cuero.

8151

Operadores de máquinas para preparar fibras, hilar y devanar.

8152

Operadores de telares y otras máquinas tejedoras.

8153

Operadores de máquinas de coser y bordar.

8154

Operadores de máquinas de blanquear, teñir, estampar y acabar textiles.

8155

Operadores de máquinas para tratar pieles y cuero.

8156

Operadores de máquinas para la fabricación del calzado, marroquinería y guantería de piel.

8159

Operadores de máquinas para fabricar productos textiles no clasificados bajo otros epígrafes.

816

Operadores de máquinas para elaborar productos alimenticios, bebidas y tabaco.

8160

Operadores de máquinas para elaborar productos alimenticios, bebidas y tabaco.

817

Operadores de máquinas de lavandería y tintorería.

8170

Operadores de máquinas de lavandería y tintorería.

819

Otros operadores de instalaciones y maquinaria fijas.

8191

Operadores de hornos e instalaciones de vidriería y cerámica.

8192

Operadores de calderas y máquinas de vapor.

8193

Operadores de máquinas de embalaje, embotellamiento y etiquetado.

8199

Operadores de instalaciones y maquinaria fijas no clasificados bajo otros epígrafes.

82

Montadores y ensambladores en fábricas.

820

Montadores y ensambladores en fábricas.

8201

Ensambladores de maquinaria mecánica.

8202

Ensambladores de equipos eléctricos y electrónicos.

8209

Montadores y ensambladores no clasificados en otros epígrafes.

N

Conductores y operadores de maquinaria móvil.

83

Maquinistas de locomotoras, operadores de maquinaria agrícola y de equipos pesados móviles, y marineros.

831

Maquinistas de locomotoras y afines.

8311

Maquinistas de locomotoras.

8312

Agentes de maniobras ferroviarias.

832

Operadores de maquinaria agrícola y forestal móvil.

8321

Operadores de maquinaria agrícola móvil.

8322

Operadores de maquinaria forestal móvil.

833

Operadores de otras máquinas móviles.

8331

Operadores de maquinaria de movimientos de tierras y equipos similares.

8332

Operadores de grúas, montacargas y de maquinaria similar de movimiento de materiales.

8333

Operadores de carretillas elevadoras.

834

Marineros de puente, marineros de máquinas y afines.

8340

Marineros de puente, marineros de máquinas y afines.

84

Conductores de vehículos para el transporte urbano o por carretera.

841

Conductores de automóviles, taxis y furgonetas.

8411

Conductores propietarios de automóviles, taxis y furgonetas.

8412

Conductores asalariados de automóviles, taxis y furgonetas.

842

Conductores de autobuses y tranvías.

8420

Conductores de autobuses y tranvías.

843

Conductores de camiones.

8431

Conductores propietarios de camiones.

8432

Conductores asalariados de camiones.

844

Conductores de motocicletas y ciclomotores.

8440

Conductores de motocicletas y ciclomotores.

9

Ocupaciones elementales.

O

Trabajadores no cualificados en servicios (excepto transportes).

91

Empleados domésticos.

910

Empleados domésticos.

9100

Empleados domésticos.

92

Otro personal de limpieza.

921

Personal de limpieza de oficinas, hoteles y otros establecimientos similares.

9210

Personal de limpieza de oficinas, hoteles y otros establecimientos similares.

922

Limpiadores de vehículos, ventanas y personal de limpieza a mano.

9221

Limpiadores en seco a mano y afines.

9222

Limpiadores de vehículos.

9223

Limpiadores de ventanas.

9229

Otro personal de limpieza.

93

Ayudantes de preparación de alimentos.

931

Ayudantes de cocina.

9310

Ayudantes de cocina.

932

Preparadores de comidas rápidas.

9320

Preparadores de comidas rápidas.

94

Recogedores de residuos urbanos, vendedores callejeros y otras ocupaciones elementales en servicios.

941

Vendedores callejeros.

9410

Vendedores callejeros.

942

Repartidores de publicidad, limpiabotas y otros trabajadores de oficios callejeros.

9420

Repartidores de publicidad, limpiabotas y otros trabajadores de oficios callejeros.

943

Ordenanzas, mozos de equipaje, repartidores a pie y afines.

9431

Ordenanzas.

9432

Mozos de equipaje y afines.

9433

Repartidores, recadistas y mensajeros a pie.

9434

Lectores de contadores y recaudadores de máquinas recreativas y expendedoras.

944

Recogedores de residuos, clasificadores de desechos, barrenderos y afines.

9441

Recogedores de residuos.

9442

Clasificadores de desechos, operarios de punto limpio y recogedores de chatarra.

9443

Barrenderos y afines.

949

Otras ocupaciones elementales.

9490

Otras ocupaciones elementales.

P

Peones de la agricultura, pesca, construcción, industrias manufactureras y transportes.

95

Peones agrarios, forestales y de la pesca.

951

Peones agrícolas.

9511

Peones agrícolas (excepto en huertas, invernaderos, viveros y jardines).

9512

Peones agrícolas en huertas, invernaderos, viveros y jardines.

952

Peones ganaderos.

9520

Peones ganaderos.

953

Peones agropecuarios.

9530

Peones agropecuarios.

954

Peones de la pesca, la acuicultura, forestales y de la caza.

9541

Peones de la pesca.

9542

Peones de la acuicultura.

9543

Peones forestales y de la caza.

96

Peones de la construcción y de la minería.

960

Peones de la construcción y de la minería.

9601

Peones de obras públicas.

9602

Peones de la construcción de edificios.

9603

Peones de la minería, canteras y otras industrias extractivas.

97

Peones de las industrias manufactureras.

970

Peones de las industrias manufactureras.

9700

Peones de las industrias manufactureras.

98

Peones del transporte, descargadores y reponedores.

981

Peones del transporte, descargadores y afines.

9811

Peones del transporte de mercancías y descargadores.

9812

Conductores de vehículos de tracción animal para el transporte de personas y similares.

982

Reponedores.

9820

Reponedores.

0

Ocupaciones militares.

Q

Ocupaciones militares.

00

Ocupaciones militares.

001

Oficiales y suboficiales de las fuerzas armadas.

0011

Oficiales de las fuerzas armadas.

0012

Suboficiales de las fuerzas armadas.

002

Tropa y marinería de las fuerzas armadas.

0020

Tropa y marinería de las fuerzas armadas.

ANÁLISIS

  • Rango: Real Decreto
  • Fecha de disposición: 26/11/2010
  • Fecha de publicación: 17/12/2010
  • Fecha de entrada en vigor: 18/12/2010
Referencias anteriores
Materias
  • Clasificación Nacional de Ocupaciones
  • Estadística
  • Instituto Nacional de Estadística

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