Advertidos errores en el Real Decreto 862/2009, de 14 de mayo, por el que se aprueban las normas técnicas de diseño y operación de aeródromos de uso público y se regula la certificación de los aeropuertos de competencia del Estado, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 132, de 1 de junio de 2009, se procede a efectuar las oportunas rectificaciones:
En la página 45773, artículo 12.3, Parte 5, letra b), donde dice «conforme a lo dispuesto en la disposición final primera», debe decir «conforme a lo dispuesto en la disposición adicional primera».
En las páginas 45876 y 45877, en el Volumen I, Aeródromos, de las Normas técnicas de diseño y operación de aeródromos de uso público, se sustituye la redacción dada al apartado 5.4.2.17, por la siguiente redacción:
«5.4.2.17 Donde sea apropiado, se usarán las siguientes inscripciones o símbolos:
Inscripción/símbolo |
Finalidad |
---|---|
Designación de extremo de pista. |
Para indicar todo punto de espera de la pista situado en un extremo de la pista. |
Designación de ambos extremos de una pista. |
Para indicar todo punto de espera de la pista emplazado en otras intersecciones de calle de rodaje/pista o intersecciones pista/pista. |
25 CAT I (Ejemplo). |
Para indicar un punto de espera de la pista de Categoría I en el umbral de la pista 25. |
25 CAT II (Ejemplo). |
Para indicar un punto de espera de la pista de Categoría II en el umbral de la pista 25. |
25 CAT III (Ejemplo). |
Para indicar un punto de espera de la pista de Categoría III en el umbral de la pista 25. |
25 CAT II/III (Ejemplo). |
Para indicar un punto de espera de la pista de Categoría II/III en el umbral de la pista 25. |
Símbolo de PROHIBIDA LA ENTRADA. |
Para indicar que la entrada a un área está prohibida. |
B2 (Ejemplo). |
Para indicar todo punto de espera de la pista establecido de conformidad con 3.12.3.» |
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