Mediante la Orden de 21 de julio de 1994, por la que se regulan los ficheros con datos de carácter personal gestionados por el Ministerio de Sanidad y Política Social, se dio cumplimiento a lo establecido en la disposición final segunda de la Ley Orgánica 5/1992, de 29 de octubre, de regulación del tratamiento de los datos de carácter personal.
El artículo 20.1 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, dispone que la creación, modificación o supresión de los ficheros de las Administraciones Públicas solo podrá hacerse por medio de disposición general publicada en el «Boletín Oficial del Estado» o Diario Oficial correspondiente.
En base a lo anteriormente expuesto y con el fin de completar la relación de ficheros con datos de carácter personal gestionados por el Ministerio de Sanidad y Política Social, se procede a una nueva regulación mediante la presente disposición.
En la tramitación de esta orden ha emitido informe preceptivo la Agencia Española de Protección de Datos.
En su virtud, dispongo:
Se amplía el contenido del Anexo I «Ficheros de Carácter Sanitario» de la Orden de 21 de julio de 1994, con la creación de dos nuevos ficheros automatizados, denominados: «Registro General de centros, servicios y establecimientos sanitarios» y «Snomed CT. Distribución», cuyos datos figuran en el Anexo de esta orden.
El titular del órgano responsable de estos ficheros adoptará, bajo la superior dirección del Ministro de Sanidad y Política Social, las medidas de gestión y organización que sean necesarias, asegurando en todo caso, la confidencialidad, seguridad e integridad de los datos, así como las conducentes a hacer efectivas las garantías, obligaciones y derechos reconocidos en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, y en sus normas de desarrollo, y en el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de medidas de seguridad de los ficheros automatizados y no automatizados que contengan datos de carácter personal.
Los datos contenidos en estos ficheros solo podrán ser cedidos en los supuestos expresamente previstos por la Ley.
La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 6 de agosto de 2010.–La Ministra de Sanidad y Política Social, Trinidad Jiménez García-Herrera.
Agencia de Calidad del Sistema Nacional de Salud
Instituto de Información Sanitaria
1. Denominación del fichero: «Registro General de Centros, Servicios y Establecimientos Sanitarios» (REGCESS).
Finalidad del fichero: Recoger el conjunto de anotaciones de todas las autorizaciones de funcionamiento, modificación y, en su caso, instalación y cierre de los centros, servicios y establecimientos sanitarios concedidas por las respectivas Administraciones sanitarias.
Personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos: Los titulares de la gestión de los centros, servicios o establecimientos sanitarios que figuran en los registros de centros, servicios y establecimiento autonómicos.
Procedimiento de recogida de datos de carácter personal: Por envío de mensajes XML por parte de las Administraciones sanitarias, sincronizado a través de la Intranet Sanitaria, como un servicio del Sistema Nacional de Salud.
Cesión de datos de carácter personal y/o transferencias de datos que se prevean a países terceros: Los datos del fichero del Registro General de centros, servicios y establecimientos sanitarios correspondientes a los campos (17) Titularidad de la gestión y (18) CIF o NIF del Titular de la gestión no serán objeto de cesión y/o transferencia.
Órganos de las Administraciones responsables del fichero: Agencia de Calidad del Sistema Nacional de Salud. Instituto de Información Sanitaria.
Servicios ante los cuales se podrá ejercitar el derecho de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Secretaría del Instituto de Información Sanitaria. Agencia de Calidad del Sistema Nacional de Salud. Ministerio de Sanidad y Política Social. Paseo del Prado, 18-20, 28071 Madrid.
Medidas de seguridad con indicación de nivel: Básico.
Estructura básica del fichero: Base de datos de tratamiento automatizado. (1) Código del centro; (2) Comunidad Autónoma; (3) Provincia; (4) Municipio; (5) Área sector sanitario; (6) Nombre del centro; (7) Tipo de vía; (8) Nombre de la vía; (9) Número de la vía; (10) Código postal; (11) Teléfono; (12) Fax; (13) Correo electrónico; (14) Dirección de Internet; (15) Clase de centro o establecimiento; (16) Dependencia funcional del centro, establecimiento y servicio; (17) Titularidad de la gestión (18) NIF o CIF del titular de la gestión; (19) Número de camas para los centros con internamiento; (20) Oferta de servicios autorizados; (21) Tipo de autorización; (22) Fecha de autorización; (23) Fecha última operación administrativa.
Datos de carácter personal incluidos en el fichero: Los que se refieren exclusivamente a los datos de titular del centro, servicio o establecimiento sanitario. Campos del Registro General de centros, servicios y establecimientos sanitarios (17) Nombre y apellidos del titular de la gestión y (18) NIF o CIF del titular de la gestión, según Anexo I de la Orden SCO/3866/2007, de 18 de diciembre, por la que se establece el contenido y la estructura del Registro General de centros, servicios y establecimientos sanitarios del Ministerio de Sanidad y Consumo.
2. Denominación del fichero: «Snomed CT. Distribución».
Finalidad del fichero: Gestionar la solicitud de licencias en orden a facilitar la distribución de las mismas por aquellos usuarios que, una vez autorizados, puedan acceder al área de descarga de Snomed CT.
Personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos: personas físicas o representantes de personas jurídicas que requieran una licencia de la terminología clínica Snomed CT.
Procedimiento de recogida de datos de carácter personal: Mediante un formulario web, que se encuentra ubicado en la página web del Ministerio de Sanidad y Política Social, que requiere certificado digital para su acceso.
Cesión de datos de carácter personal y/o transferencias de datos que se prevean a países terceros: A las Consejerías de Sanidad de las Comunidades Autónomas y al Instituto Nacional de Gestión Sanitaria (INGESA) cuando así lo demanden para la coordinación de la estrategia de normalización de la terminología clínica Snomed CT dentro de su Comunidad Autónoma. A la International Health Terminology Standards Development Organisation (IHTSDO), con sede en Copenhague (Dinamarca), que tiene los derechos de propiedad intelectual de Snomed CT, cuando así lo requiera.
Órganos de las Administraciones responsables del fichero: Agencia de Calidad del Sistema Nacional de Salud. Instituto de Información Sanitaria.
Servicios ante los cuales se podrá ejercitar el derecho de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Secretaría del Instituto de Información Sanitaria. Agencia de Calidad del Sistema Nacional de Salud. Ministerio de Sanidad y Política Social. Paseo del Prado, 18-20. 28071 Madrid.
Medidas de seguridad con indicación de nivel: Básico.
Estructura básica del fichero: Base de datos. Sistema de información automatizado.
Datos de carácter personal incluidos en el fichero: Datos de carácter identificativos y de contacto en soporte informático y con tratamiento automatizado que incluyen: nombre, apellidos, Número de Identificación Fiscal (NIF), dirección completa, correo electrónico, teléfono, uso por el que se solicita la licencia, tipo de actuación (si se trata de una licencia para uso individual o en nombre de una organización). Solamente en caso de ser una organización: departamento, cargo, Código de Identificación Fiscal (CIF), actividad, número de usuarios previsto que utilicen la licencia.
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