El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 14 de julio actual, ha acordado admitir a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 4383-2010 planteada por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Las Palmas de Gran Canaria, en el rollo de apelación núm. 44/2010, en relación con el artículo 57.2 del Código Penal en la redacción dada al mismo por la Ley Orgánica 15/2003, de 25 de noviembre, por posible vulneración de los arts. 1.1, 9.1, 10.1, 18.1, 24.1 y 25.1 de la C.E., y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.1 c) LOTC, en la redacción dada por la Ley Orgánica 6/2007, de 24 de mayo, reservar para sí el conocimiento de la presente cuestión.
De conformidad con lo establecido en el art. 37.2 LOTC, en su nueva redacción, quienes sean parte en el rollo de apelación núm. 44/2010, podrán personarse ante este Tribunal dentro de los quince días siguientes a la publicación del presente edicto en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 14 de julio de 2010.–La Secretaria de Justicia del Pleno, Herminia Palencia Guerra.
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