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Documento BOE-A-2009-5620

Real Decreto 332/2009, de 13 de marzo, por el que se suprime la Comisión Interministerial de Ciencia y Tecnología prevista en la Ley 13/1986, de 14 de abril, de fomento y coordinación general de la investigación científica y técnica.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 82, de 4 de abril de 2009, páginas 31996 a 31997 (2 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Ciencia e Innovación
Referencia:
BOE-A-2009-5620
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/2009/03/13/332

TEXTO ORIGINAL

La Comisión Interministerial de Ciencia y Tecnología (CICYT) fue creada por la Ley 13/1986, de 14 de abril, de Fomento y Coordinación General de la Investigación Científica y Técnica, como órgano de planificación, coordinación y seguimiento del entonces Plan Nacional de Investigación Científica y Desarrollo Tecnológico.

La experiencia de los primeros Planes Nacionales de Investigación Científica y Desarrollo Tecnológico ha llevado a una reconsideración tanto de los aspectos de gestión de los instrumentos contemplados en los mismos, como de los aspectos competenciales y presupuestarios. Este cambio de orientación se ha plasmado en: una simplificación de las convocatorias de ayudas que contempla el actual Plan de Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e innovación Tecnológica 2008-2011, aprobado por acuerdo del Consejo de Ministros de 14 de septiembre de 2007; la progresiva concentración de los créditos para I+D+i; la creación de la Comisión Delegada del Gobierno para Política Científica y Tecnológica por Real Decreto 680/2008, de 30 de abril, por el que se determina la composición de las Comisiones Delegadas del Gobierno, y la creación del Ministerio de Ciencia e Innovación como competente para la propuesta y ejecución de la política de Investigación, desarrollo e Innovación (I+D+i), incluyendo la elaboración y gestión del Plan Nacional.

Esta orientación racionalizadora de la elaboración y gestión de la política de I+D+i exige un replanteamiento de la CICYT, ya que sus principales competencias han sido asumidas por: la Comisión Delegada para Política Científica y Tecnológica, que asegura la participación de los ministerios directamente interesados en la política de I+D+i, ya que sus participantes tienen el rango suficiente para asumir las funciones que tenía asignadas la CICYT; y por el Ministerio de Ciencia e Innovación.

Así, el Real Decreto 326/2009, de 13 de marzo, ha atribuido a la Comisión Delegada del Gobierno de Política Científica y Tecnológica el ejercicio de las principales funciones de la Comisión Interministerial de Ciencia y Tecnología previstas en la Ley 13/1986, de 14 de abril, de fomento y coordinación general de la investigación científica y técnica.

Por otra parte, al Ministerio de Ciencia e Innovación, de acuerdo con el Real Decreto 1183/2008, de 11 de julio, por el que se desarrolla su estructura orgánica básica, le corresponde la elaboración de la propuesta, gestión, seguimiento y evaluación de los programas nacionales y acciones estratégicas del Plan nacional de investigación científica, desarrollo e innovación tecnológica, lo que supone que este Departamento tiene conferidas las funciones de la CICYT que no han sido atribuidas a la Comisión Delegada del Gobierno de Política Científica y Tecnológica, como son: elaborar el proyecto de Plan Nacional de Investigación, Desarrollo e innovación Tecnológica, en coordinación con los demás departamentos ministeriales; evaluar el cumplimiento del Plan Nacional y de los programas presupuestarios correspondientes al mismo, sin perjuicio de las competencias propias de los demás órganos de la Administración; recabar, coordinar y suministrar la información científica y tecnológica necesaria para el cumplimiento del Plan Nacional; elevar al Gobierno las propuestas que estime necesarias para asegurar el desarrollo y cumplimiento del Plan, en coordinación con los otros ministerios que integran la CDGPCYT; orientar la política de formación de investigadores en todos sus niveles, proponer medidas para el fomento del empleo de los mismos y facilitar su movilidad en los ámbitos investigador y productivo; definir las exigencias del Plan Nacional en materia de relaciones internacionales y establecer previsiones para su ejecución, todo ello en colaboración con los órganos competentes de la acción exterior del Estado; y coordinar y realizar el seguimiento de los programas internacionales de investigación científica y desarrollo tecnológico, con participación española, en coordinación con los otros departamentos competentes.

Por todo ello, de acuerdo con la disposición adicional octava de la Ley 28/2006, de 18 de julio, de Agencias estatales para la mejora de los servicios públicos, que autoriza al Gobierno para que, mediante real decreto, suprima o modifique la composición, adscripción y competencias de los órganos colegiados del Gobierno y de la Administración General del Estado regulados por ley, se procede a suprimir la CICYT, al haber sido asumidas sus funciones por la Comisión Delegada del Gobierno para Política Científica y Tecnológica y por el Ministerio de Ciencia e Innovación.

En su virtud, a propuesta de la Ministra de Ciencia e Innovación, con la aprobación previa de la Ministra de Administraciones Públicas y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 13 de marzo de 2009,

D I S P O N G O :
Artículo único. Supresión de la Comisión Interministerial de Ciencia y Tecnología y sus órganos de apoyo.

Mediante este real decreto se suprime la Comisión Interministerial de Ciencia y Tecnología (CICYT) creada por la Ley 13/1986, de 14 de abril, de Fomento y Coordinación General de la Investigación Científica y Técnica, así como los órganos de apoyo de la misma, al carecer de competencias por haberse atribuido las mismas a otros órganos.

Disposición adicional única. Actualización de las referencias a órganos suprimidos.

1. Las referencias a la Comisión Interministerial de Ciencia y Tecnología contenidas en la Ley 13/1986, de 14 de abril, y en la normativa vigente, deberán entenderse realizadas a la Comisión Delegada del Gobierno para Política Científica y Tecnológica y al Ministerio de Ciencia e Innovación, según las funciones asignadas en el Real Decreto 326/2009, de 13 de marzo, por el que se atribuyen funciones a la Comisión Delegada del Gobierno para Política Científica y Tecnológica; y en el Real Decreto 1183/2008, de 11 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Ciencia e Innovación.

2. Quedan sin efecto las referencias hechas en la normativa vigente al Comité de Apoyo y Seguimiento de la Comisión Interministerial de Ciencia y Tecnología, suprimiéndose las funciones que se le asignaban.

Disposición derogatoria única. Derogación normativa.

Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto por el presente real decreto y, en particular, el Real Decreto 1786/2000, de 27 de octubre, por el que se regula la Comisión Interministerial de Ciencia y Tecnología.

Disposición final única. Entrada en vigor.

El presente real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Dado en Madrid, el 13 de marzo de 2009.

JUAN CARLOS R.

La Ministra de Ciencia e Innovación,

CRISTINA GARMENDIA MENDIZÁBAL

ANÁLISIS

  • Rango: Real Decreto
  • Fecha de disposición: 13/03/2009
  • Fecha de publicación: 04/04/2009
  • Fecha de entrada en vigor: 05/04/2009
  • Esta norma se entiende implícitamente derogada por Ley 14/2011, de 1 de junio (Ref. BOE-A-2011-9617).
  • Fecha de derogación: 02/12/2011
Referencias anteriores
Materias
  • Comisión Interministerial de Ciencia y Tecnología
  • Comisiones Delegadas del Gobierno
  • Comisiones Interministeriales
  • Ministerio de Ciencia e Innovación
  • Organización de la Administración del Estado

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