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Documento BOE-A-2009-2281

Corrección de errores de la Orden ITC/110/2009, de 28 de enero, por la que se determinan los requisitos y las especificaciones técnicas que resultan necesarios para el desarrollo del capítulo II del título V del Reglamento sobre las condiciones para la prestación de servicios de comunicaciones electrónicas, el servicio universal y la protección de los usuarios, aprobado por Real Decreto 424/2005, de 15 de abril.

Publicado en:
«BOE» núm. 35, de 10 de febrero de 2009, páginas 14250 a 14250 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Referencia:
BOE-A-2009-2281
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/2009/01/28/itc110/corrigendum/20090210

TEXTO ORIGINAL

Advertidos errores en la Orden ITC/110/2009, de 28 de enero, por la que se determinan los requisitos y las especificaciones técnicas que resultan necesarios para el desarrollo del capítulo II del título V del reglamento sobre las condiciones para la prestación de servicios de comunicaciones electrónicas, el servicio universal y la protección de los usuarios, aprobado por Real Decreto 424/2005, de 15 de abril, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 29, de 3 de febrero de 2009, se procede a efectuar las siguientes correcciones:

1. En la página 11267, artículo 12.2 de la referida orden, donde dice: «2. Se tomará como referencia el patrón nacional de tiempo proporcionado por el Centro Nacional de Metrología.», debe decir: «2. Los relojes deberán ser trazados al patrón nacional de tiempo, que es mantenido, conservado, custodiado y diseminado por el Real Instituto y Observatorio de la Armada en San Fernando (ROA), bajo la supervisión y coordinación del Centro Español de Metrología».

2. En la página 11271, apartado 3 del Anexo I de la referida orden, donde dice: «(fuente: ETSI ES 201 671 V3.1.1 (2006-10))», debe decir: «(fuente: ETSI ES 201 671 V3.1.1 (2007-05))».

3. En la página 11276, apartado 7.2 del Anexo II de la referida orden, donde dice: «… y de custodia se desarrollará, en su caso,…», debe decir: «… y de custodia se desarrollarán, en su caso,…».

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 10/02/2009
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores de la Orden ITC /110/2009, de 28 de enero (Ref. BOE-A-2009-1771).
Materias
  • Consumidores y usuarios
  • Metrología y metrotecnia
  • Redes de telecomunicación
  • Reglamentaciones técnicas
  • Seguridad ciudadana
  • Seguridad industrial
  • Servicios de telecomunicación
  • Telecomunicaciones
  • Teléfonos

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