El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 27 de enero actual, ha acordado admitir a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 192-2009 planteada por el Juzgado de lo Contencioso-administrativo núm. 1 de Oviedo, en el procedimiento abreviado 5/2008, en relación con la disposición adicional primera de la Ley del Principado de Asturias 15/2002, de 27 de diciembre, de medidas presupuestarias, administrativas y fiscales, por posible vulneración del artículo 149.1.18.ª de la Constitución, en relación con lo dispuesto en el artículo 77.2 de la Ley Estatal 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud en cuanto que introduce normas básicas sobre el régimen de incompatibilidades, y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.1.c) LOTC en la redacción dada por la Ley Orgánica 6/2007, de 24 de mayo, deferir a la Sala Primera, a la que por turno objetivo le ha correspondido, el conocimiento de la presente cuestión.
De conformidad con lo establecido en el artículo 37.2 LOTC, en su nueva redacción, quienes sean parte en el procedimiento judicial, procedimiento abreviado 5/2008, podrán personarse ante este Tribunal dentro de los quince días siguientes a la publicación del presente edicto.
Madrid, 27 de enero de 2009.–La Secretaria de Justicia del Pleno, Herminia Palencia Guerra.
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