Está Vd. en

Documento BOE-A-2009-10822

Resolución de 18 de junio de 2009, de la Dirección General de Comercio e Inversiones, por la que se modifica la de 3 de abril de 2008, en lo concerniente a los modelos D-4: Memoria anual relativa al desarrollo de la inversión en sociedades españolas con participación extranjera en su capital y sucursales y D-8: Memoria anual relativa al desarrollo de la Inversión en el exterior.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 157, de 30 de junio de 2009, páginas 54918 a 54961 (44 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Referencia:
BOE-A-2009-10822
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2009/06/18/(1)

TEXTO ORIGINAL

Las inversiones extranjeras en España y las inversiones españolas en el exterior están reguladas por el Real Decreto 664/1999, de 23 de abril, sobre inversiones exteriores, el Real Decreto 475/2007, de 13 de abril, por el que se aprueba la Clasificación Nacional de Actividades Económicas 2009 (CNAE-2009), la Orden del Ministerio de Economía de 28 de mayo de 2001, por la que se establecen los procedimientos aplicables para las declaraciones de inversiones exteriores y su liquidación, así como los procedimientos para la presentación de memorias anuales y de expedientes de autorización, la Resolución de la Dirección General de Comercio e Inversiones de 21 de febrero de 2002, por la que se aprueban los modelos impresos de declaración de inversiones exteriores cuando el obligado a declarar es el inversor o la empresa con participación extranjera y que sustituye a la Resolución de 30 de mayo de 2001, de esta Dirección General, la Resolución de la Dirección General de Comercio e Inversiones de 3 de abril de 2008, por la que se modifica la Resolución de 21 de febrero de 2002, en lo concerniente a los modelos D4: Memoria anual relativa al desarrollo de la inversión en sociedades españolas con participación extranjera en su capital y sucursales y D8: Memoria anual relativa al desarrollo de la Inversión en el exterior y su corrección de errores de 26 de mayo de 2008 y la Resolución de la Dirección General de Comercio e Inversiones de 17 de marzo de 2009, por la que se modifica la de 21 de febrero de 2002 y sus modificaciones, a fin de adaptar los modelos impresos de declaración a la nueva Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE-2009). Estas normas establecen las disposiciones aplicables a la tramitación y declaración de dichas inversiones disponiendo la utilización a estos efectos de determinados modelos impresos cuya aprobación se remite a una norma de rango inferior.

La Orden, en su disposición final segunda, faculta a la Dirección General de Comercio e Inversiones para aprobar los modelos de impresos destinados a la tramitación y declaración de las inversiones extranjeras en España y de las inversiones españolas en el exterior.

Por Resolución de 21 de febrero de 2002 y su modificación por Resolución de 3 de abril de 2008, se aprobaron los modelos impresos para la declaración de las inversiones extranjeras en España y españolas en el exterior, así como para la presentación de las Memorias anuales, referidas ambas a inversiones, que no se realicen en valores negociables a través de intermediarios financieros, ya que estas últimas fueron aprobadas por una Resolución independiente.

La aprobación de la presente Resolución se justifica, en primer lugar, por la necesidad de ajustar y seleccionar los datos solicitados a la explotación útil de los mismos, adaptándose al mismo tiempo a las recomendaciones de los organismos internacionales (FMI y OCDE) sobre las estadísticas de inversiones directas y de otra parte de facilitar en el futuro la presentación telemática de las declaraciones. En segundo lugar, la experiencia adquirida desde la entrada en vigor de la Resolución de 3 de abril de 2008 en materia de explotación y análisis de los datos de las declaraciones ha puesto de manifiesto la necesidad de ampliar la información aportada en las mismas, suprimir información innecesaria y corregir algunas expresiones e introducir algunas modificaciones no sustanciales en el enunciado de determinados casilleros de los impresos y en las instrucciones para su cumplimentación.

En su virtud, haciendo uso de las autorizaciones conferidas en la Orden del Ministerio de Economía de 28 de mayo de 2001, dispongo:

Primero.–Se aprueban los impresos normalizados D-4 y D-8 para memoria anual relativa al desarrollo de la inversión en sociedades españolas y memoria anual relativa al desarrollo de la inversión en el exterior, junto con las correspondientes instrucciones para su cumplimentación, cuyos modelos se publican como:

Anexo I: Inversiones extranjeras en España:

D-4: «Memoria anual relativa al desarrollo de la inversión en sociedades españolas con participación extranjera en su capital y sucursales».

Anexo II: Inversiones españolas en el exterior:

D-8: «Memoria anual relativa al desarrollo de la inversión en el exterior».

Segundo.–Para cumplimentar los impresos anteriores deberán seguirse las instrucciones anexas a cada impreso y utilizarse los códigos de las tablas aprobadas por Resolución de 17 de marzo de 2009 de la Dirección General de Comercio e Inversiones, que se incorporan como Anexo III de la presente Resolución.

Tercero.–Para efectuar las declaraciones, solamente podrán emplearse los formularios preimpresos, disponibles en el Registro General del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y en las Direcciones Territoriales y Provinciales de Comercio o los programas informáticos de ayuda que la Subdirección General de Inversiones Exteriores pone a disposición de los usuarios, a través del sitio web de la Secretaría de Estado de Turismo y Comercio (http://www.comercio.es).

Cuarto.–Queda derogada la Resolución de 3 de abril de 2008 y su corrección de 26 de mayo de 2008 en lo relativo a los anexos I y II, concerniente a los modelos D-4 y D-8, y dichos modelos quedan sustituidos por los nuevos impresos que aprueba esta Resolución.

Quinto.–La presente Resolución entrará en vigor el día 1 de julio de 2009.

Madrid, 18 de junio de 2009.–El Director General de Comercio e Inversiones, Antonio Sánchez Bustamante.

ANEXO I
Inversiones extranjeras en España

1

2

3

MEMORIA ANUAL RELATIVA AL DESARRROLLO DE LA INVERSIÓN EN SOCIEDADES ESPAÑOLAS CON PARTICIPACIÓN EXTRANJERA EN SU CAPITAL Y SUCURSALES

Modelo D-4
Instrucciones de cumplimentación
Normas generales de cumplimentación

Corresponde utilizar este modelo D-4 para presentar al Registro de Inversiones la Memoria anual relativa al desarrollo de la inversión extranjera en empresas españolas. La Memoria se presentará en el plazo máximo de 9 meses a contar desde el cierre del ejercicio al que se refiere.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 31 de la Orden de 28 de mayo de 2001 presentarán Memoria anual las sociedades españolas con capital o fondos propios superiores a 3.005.060,52 euros cuando la participación total de no residentes sea igual o superior al 50% del capital o si un solo inversor no residente tiene una participación igual o superior al 10% del capital o del total de los derechos de voto.

También presentarán Memoria anual las sociedades españolas dominantes de un grupo, según la definición del R.D. 1815/1991, independientemente de su cifra de capital social o fondos propios cuando la participación total de no residentes sea igual o superior al 50% del capital o si un solo inversor no residente tiene una participación igual o superior al 10% del capital o del total de los derechos de voto.

Las sucursales en Espańa de empresas extranjeras presentarán Memoria anual cualquiera que sea su cifra de capital o fondos propios.

Cada modelo de Memoria consta de tres tipos de hojas: D-4(1), D-4(T) y D-4(2). El declarante cumplimentará una hoja D-4(1) completa, una hoja D-4(T) por cada Titular no residente con participación igual o superior al 10%, o por la empresa Matriz, si se trata de sucursales.

Si la empresa española declarante tuviera a su vez empresas españolas participadas, deberá cumplimentar una hoja D-4(2) por cada una de ellas que cumpla con los requisitos reseñados en el casillero 6.

Si el tamaño o número de los casilleros para cumplimentar la información requerida no fuera suficiente, se utilizará el modelo «Hoja adicional» que se adjuntará al impreso.

En caso de no emplear los programas informáticos de ayuda existentes para la cumplimentación de los formularios, se deberán utilizar formularios preimpresos, que se cumplimentarán a máquina o utilizando bolígrafo sobre superficie dura y con letras mayúsculas.

Los programas informáticos de ayuda podrán descargarse por internet, desde el sitio Web de la Secretaría de Estado de Comercio en la dirección http://www.comercio.es, accediendo a la opción de Trámites en línea->Descarga de programas de ayuda->AFORIX Programa para la cumplimentación de Formularios de Inversiones Exteriores.

Los modelos preimpresos se podrán obtener en el Registro General del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio o en la diferentes Direcciones Territoriales o Provinciales de Comercio.

No se cumplimentarán los espacios sombreados.

Documentación adicional:

El presente modelo impreso D-4 se acompañará de copia de las cuentas anuales o de la declaración del Impuesto sobre Sociedades de la empresa declarante. No será necesaria la presentación de esta copia en caso de que, el declarante, haya cumplimentado el casillero 9 autorizando el acceso a los datos del Impuesto sobre Sociedades, correspondiente al ejercicio declarado, presentado ante la AEAT o ante otras Administraciones Tributarias legalmente competentes.

No obstante lo anterior, la Subdirección de Inversiones Exteriores podrá requerir a la empresa declarante la presentación de copia de las cuentas anuales o de la declaración del Impuesto sobre Sociedades si lo considera necesario.

Si la empresa declarante consolida con sus filiales en Espańa adjuntará, además y en todo caso, copia de las cuentas consolidadas del grupo o del Grupo fiscal consolidado.

HOJA D-4(1)

Encabezamiento:

Periodo del ejercicio: Se indicarán las fechas de comienzo y final del ejercicio económico, en el formato día/mes/año, a que se refieren los datos consignados en esta Memoria.

Podrá utilizarse también este modelo cuando sea necesario rectificar errores u omisiones en datos declarados en una Memoria presentada anteriormente. En este caso se indicará, en la casilla prevista al efecto, el número de la declaración anterior que será sustituida, y se cumplimentará esta nueva Memoria en su totalidad.

Opcionalmente, la rectificación de errores puntuales podrá efectuarse mediante escrito en el que se hará constar el número del documento que se rectifica y los datos a rectificar, sin necesidad de cumplimentar una nueva Memoria.

I. Datos de la empresa española declarante.

Casillero 1: Razón social, NIF, domicilio y forma jurídica.

Se indicará la razón social, NIF, vía pública, número, código postal, municipio y provincia del domicilio de la sociedad española declarante, así como la forma jurídica de la empresa por medio de los códigos de la tabla 1.

Casillero 2: Actividad principal y CNAE.

En el espacio destinado al efecto, se describirá brevemente la actividad principal y se indicará el código CNAE (Clasificación Nacional de Actividades Económicas) a cuatro dígitos del sector principal de actividad, según la tabla 3. Si la empresa fuera la cabecera o «holding» de un grupo de sociedades, se marcará con un aspa (X) la casilla que corresponda, según se trate de holding de sociedades españolas o empresa tenedora de valores extranjeros (artículo 129 de la ley 43/1995 del Impuesto sobre Sociedades), indicando en este caso, en las casillas Actividad principal y CNAE, el sector principal de actividad de las sociedades participadas. Si las sociedades operasen en sectores diferentes, se consignará el sector en que se hayan invertido más fondos.

Asimismo se marcará con un aspa (X) la casilla que corresponda si la sociedad declarante cotiza o no en alguna Bolsa de Valores española.

Año en que, por primera vez, la participación extranjera en el capital de la empresa española declarante fue igual o superior al 10%: Se indicará, con cuatro dígitos, el primer año en que la participación de un solo inversor no residente en la sociedad española fue igual o superior al 10% del capital, con independencia de que, posteriormente, se redujera por debajo de dicho porcentaje.

Casillero 3: Datos económicos.

Todos los importes consignados en este punto se expresarán en euros y se referirán a la fecha de cierre del ejercicio.

Las empresas dominantes de un grupo que elaboren cuentas consolidadas en España con sus filiales españolas, podrán presentar, además de los datos de la empresa declarante, los datos consolidados del grupo solamente con empresas españolas. Estas empresas quedarán dispensadas de cumplimentar, en las hojas D-4(2), los datos económicos del casillero 15 (apartado IV) y las casillas 4, 5, 7, 8 y 9 (apartado V).

3.1 Capital social / dotación: Se indicará la cifra de capital social con independencia de que esté o no desembolsado en su totalidad. Si la empresa declarante es una sucursal, deberá consignarse en esta casilla la dotación permanente.

3.2 Fondos propios: Se indicará la cifra de fondos propios.

Si la sociedad cotiza en alguna Bolsa de Valores española se consignará además el valor de capitalización bursátil a cierre de ejercicio.

3.3 Cifra de negocio: Se indicará la cifra de negocio o ingresos operacionales.

3.4 Financiación desde sociedades titulares no residentes: Se consignará el saldo vivo de las operaciones de financiación de cualquier naturaleza e instrumentación (préstamos, adquisición de bonos u obligaciones, anticipos reintegrables, deudas a corto y largo plazo, otros) concedida a la empresa española declarante por empresas no residentes titulares de un 10% o más del capital de dicha empresa.

La cantidad que aquí aparece deberá desglosarse en los casilleros 12.1 a) de las distintas hojas D-4(T), con los importes imputables a cada titular reseñado en el casillero 10.1 de cada hoja D-4(T) correspondiente.

3.5 Financiación desde otras empresas del grupo en el exterior: Se consignará el saldo vivo de las operaciones de financiación de cualquier naturaleza e instrumentación (préstamos, adquisición de bonos u obligaciones, anticipos reintegrables, deudas a corto y largo plazo, otros) concedida a la empresa española declarante por empresas no residentes pertenecientes a los grupos de los diferentes titulares contemplados en el apartado 5.2.1.

La cantidad que aquí aparece deberá desglosarse en los casilleros 12.1 b) de las distintas hojas D-4(T), con los importes imputables a cada sociedad del grupo al que pertenece el titular reseñado en el casillero 10.1 de cada hoja D-4(T) correspondiente.

3.6 Financiación a sociedades titulares no residentes: Se consignará el saldo vivo de las operaciones de financiación de cualquier naturaleza e instrumentación (préstamos, adquisición de bonos u obligaciones, anticipos reintegrables, deudas a corto y largo plazo, otros) concedida por la empresa española declarante a las sociedades no residentes titulares de un 10% o más del capital de dicha empresa.

La cantidad que aquí aparece deberá desglosarse en los casilleros 12.2 a) de las distintas hojas D-4(T), con los importes imputables a cada titular reseñado en el casillero 10.1 de cada hoja D-4(T) correspondiente.

3.7 Financiación a otras empresas del grupo en el exterior: Se consignará el saldo vivo de las operaciones de financiación de cualquier naturaleza e instrumentación (préstamos, adquisición de bonos u obligaciones, anticipos reintegrables, deudas a corto y largo plazo, otros) concedida por la empresa española declarante a otras empresas no residentes de los grupos de los diferentes titulares contemplados en el apartado 5.2.1.

La cantidad que aquí aparece deberá desglosarse en los casilleros 12.2 b) de las distintas hojas D-4(T), con los importes imputables a cada sociedad del grupo al que pertenece el titular reseñado en el casillero 10.1 de cada hoja D-4(T) correspondiente.

3.8 Resultado contable del ejercicio (después de impuestos): Se consignará el resultado contable del ejercicio (pérdidas y ganancias) después de impuestos, precedido del signo negativo (-) si se trata de pérdidas.

3.9 Dividendos aprobados en las cuentas del ejercicio: Se indicará la cifra de dividendos aprobados.

Casillero 4: Activo y empleo: distribución por Comunidades Autónomas.

Este casillero se cumplimentará con los datos de la empresa declarante, independientemente de que consolide cuentas con sus filiales.

4.1 Activo total: Se consignará la cifra del activo total de la empresa.

4.2 Inmovilizado Material: Se indicará el importe total del inmovilizado material de la empresa descontadas las amortizaciones, y su distribución porcentual entre las diversas Comunidades Autónomas (en adelante CC.AA.), consignando cada porcentaje en la casilla cuyo título de columna coincide con el código de la C.A. correspondiente según la tabla 5 de códigos de CC.AA.. Se utilizará la columna de código 90 para consignar el porcentaje de inmovilizado cuyo destino sea todo el territorio nacional y la columna de código 99 para consignar el porcentaje correspondiente al inmovilizado situado en el extranjero.

4.3 Número de empleados: Se indicará el número total de empleados, ya sean éstos fijos o con contrato temporal, y su distribución porcentual por CC.AA., consignando cada porcentaje en la casilla cuyo título de columna coincide con el código de C.A. correspondiente según la tabla 5 de códigos de CC.AA.. Se utilizará la columna de código 90 para consignar el porcentaje del personal cuyo destino sea todo el territorio nacional y la columna de código 99 para consignar el porcentaje de empleados en el extranjero.

Casillero 5: Datos de la participación extranjera.

5.1 Porcentaje de participación extranjera total: Se consignará en esta casilla el porcentaje de participación extranjera total en el capital de la empresa española declarante con dos o tres decimales. Para calcular este porcentaje se computará como participación extranjera en el capital tanto la participación en forma directa de no residentes (superior, igual o inferior al 10%), como la de empresas residentes en cuyo capital la participación de no residentes sea superior al 50% (casillero 5.2.2), ponderando la misma por el porcentaje de capital social que estos no residentes posean en dichas sociedades (Ej: La empresa declarante está participada al 30% por no residentes y al 20% por una empresa residente que a su vez se encuentra participada por no residentes en un 60%. La participación extranjera total será 30% + (20% x 60%) = 42%)

5.2 Detalle de los Titulares con participación igual o superior al 10%.

5.2.1 Titulares no residentes/ Matriz extranjera de sucursales:

Número de Titulares no residentes con participación igual o superior al 10%.

Se consignará en este casillero el número de titulares no residentes con participación igual o superior al 10% en el capital social o en el total de los derechos de voto de la empresa española declarante, debiéndose cumplimentar una hoja D-4(T) por cada uno de ellos.

5.2.2 Titulares residentes con participación extranjera superior al 50%: Se indicarán en este casillero los Titulares/socio partícipes de la empresa declarante con participación igual o superior al 10% que sean personas jurídicas residentes en España, siempre que la participación de no residentes en su capital sea superior al 50%. En este caso, se debe indicar en los casilleros destinados al efecto la razón social, porcentaje de participación extranjera, NIF, porcentaje de participación en la empresa declarante y el código del país de residencia de la persona física o jurídica que tenga el control último del Titular residente, según la tabla 2.

Si los casilleros previstos no fueran suficientes para consignar todos los Titulares residentes requeridos (casillero 5.2.2), se utilizará el modelo «Hoja adicional» que se adjuntará al impreso.

Casillero 6: Otra información de la empresa española declarante.

Si la empresa española declarante tiene participaciones iguales o superiores al 10% en el capital social o en el total de los derechos de voto en otras sociedades españolas, se indicará su número en la casilla prevista al efecto y se cumplimentará un ejemplar de la hoja D-4(2) por cada empresa participada.

II. Diligencias:

Casillero 7: Apellidos y nombre o razón social para notificaciones.

Se indicarán los apellidos y nombre o razón social, domicilio teléfono y, en su caso, correo electrónico del destinatario de notificaciones y solicitudes de información.

Casillero 8: Declaración.

Se cumplimentará con los datos del representante de la sociedad española, lugar, fecha y firma.

Casillero 9: Autorización.

La sociedad declarante podrá autorizar a la Subdirección General de Inversiones Exteriores a obtener los datos del Impuesto sobre Sociedades, del ejercicio declarado, que obren en poder de la Agencia Estatal de Administración Tributaria o de otras Administraciones Tributarias legalmente competentes. En este caso se deberá marcar con un aspa (X) el casillero de «Autorizo el acceso».

En caso contrario se deberá marcar con un aspa (X) el casillero «NO autorizo el acceso», debiéndose, en este supuesto, remitir junto con la declaración la documentación adicional requerida: copia de las cuentas anuales o de la declaración del Impuesto sobre Sociedades de la empresa declarante. Si la empresa declarante consolida con sus filiales en España, se adjuntarán, además, las cuentas consolidadas del grupo.

En el supuesto que aparecieran marcadas ambas casillas de autorización o en caso de duda sobre su interpretación, se entenderá que no se autoriza el acceso, debiendo en este caso proceder como se indica en el párrafo anterior y adjuntar la documentación adicional requerida.

En cualquier caso, la Subdirección de Inversiones Exteriores podrá requerir posteriormente, la presentación de copia de las cuentas anuales o de la declaración del Impuesto sobre Sociedades, si se estimara necesario.

HOJA D-4 (T)

Se deberán cumplimentar tantas hojas D-4(T) como número de titulares se hayan reseñado en el casillero 5.2.1 de la hoja D-4(1), debiendo cumplimentarse todos los apartados que le sean de aplicación.

En caso de no emplear los programas informáticos de ayuda existentes, se numerarán, en el espacio previsto al efecto en la parte superior derecha de la hoja, cada uno de los ejemplares de la hoja D-4(T) anexados, indicando su orden secuencial, en el conjunto de la declaración y el número total de páginas que componen dicha declaración.

III. Datos de cada titular no residente.

Periodo del ejercicio: Se indicaran las fechas de comienzo y final del ejercicio económico, en el formato día/mes/año, a que se refieren los datos consignados en esta Memoria.

Declaración n.º: En caso de no emplear los programas informáticos de ayuda existentes, deberá cumplimentarse con el número de declaración del impreso D-4(1) que figura en la parte superior derecha de la hoja a la que se anexa este ejemplar D-4(T).

Casillero 10: Razón social del Titular no residente y sus titulares últimos.

10.1 Razón social del titular no residente de la empresa española declarante

Se indicará en este casillero los apellidos y nombre o la razón social del titular no residente con participación igual o superior al 10% en el capital social o en el total de los derechos de voto de la empresa española declarante, código de país de residencia según la tabla 2 y su porcentaje de participación con dos o tres decimales. En el caso que la declarante sea una sucursal en España de una sociedad extranjera, se indicará el nombre de su matriz extranjera.

10.2 Titulares últimos del titular no residente.

Se consignarán las personas físicas o jurídicas que, en último término, controlen al titular no residente reseñado en el epígrafe anterior, indicando los apellidos y nombre o razón social, código de país de residencia según la tabla 2 y su porcentaje de participación en 10.1 con dos o tres decimales.

Casillero 11: Otros datos sobre participación.

11.1 Si otras empresas no residentes, del grupo del titular del casillero 10.1, participan en la empresa española declarante en un porcentaje menor al 10%, consigne los siguientes datos (una línea para cada empresa).

Cuando otras empresas no residentes del grupo al que pertenece el titular del casillero 10.1 participen a su vez en la empresa española declarante en un porcentaje inferior al 10 %, se consignarán en este casillero la razón social de estas empresas, su país de residencia según la tabla 2 y su porcentaje de participación en la empresa española con dos o tres decimales. Se empleará una línea para cada empresa del grupo que se consigne.

11.2 Inversión inversa.

11.2.a) Si la empresa española declarante participa a su vez en la empresa del titular del casillero 10.1 en un porcentaje menor al 10% cumplimente los siguientes datos.

En caso de que el titular no residente del casillero 10.1 se encuentre a su vez participado por la empresa española declarante en un porcentaje menor al 10%, se consignarán los Fondos Propios de este titular, el código y la denominación de la moneda en la que vengan expresados, según la tabla 4 y el porcentaje de participación de la sociedad española declarante en este titular.

11.2.b) Si la empresa española declarante participa en otras empresas del grupo del titular del casillero 10.1 en un porcentaje menor al 10% cumplimente los siguientes datos (una línea por cada empresa).

Cuando otras empresas no residentes del grupo al que pertenece el titular del casillero 10.1 se encuentren participadas por la empresa española declarante en un porcentaje inferior al 10% se consignarán en este casillero la razón social de estas empresas, su país de residencia según la tabla 2, los Fondos Propios de cada una de ellas, el código de la moneda en que vengan expresados, según la tabla 4 y el porcentaje en que son participadas por la empresa española declarante. Se empleará una línea para cada empresa del grupo que se consigne.

Casillero 12: Datos sobre financiación.

Los datos de financiación que aparecen en los casilleros 3.4, 3.5, 3.6 y 3.7 de la hoja D-4(1) se deberán desglosar en el conjunto de hojas D-4(T), para cada titular no residente o empresas de su grupo que otorguen o reciban financiación a o desde la sociedad española declarante.

12.1 Financiaciación del titular (10.1) y su grupo en el exterior a la empresa española declarante.

12.1.a) Financiación del titular a la sociedad española declarante: Indique el saldo vivo en euros de las operaciones de financiación concedidas a la empresa española declarante por la empresa no residente titular que figura en el casillero 10.1 de esta hoja D-4(T).

12.1.b) Financiación del grupo a la empresa española declarante: Indique la razón social de las empresas del grupo del titular del casillero 10.1 -excluido éste-, su país de residencia según la tabla 2 y los saldos vivos en euros de la financiación concedida por estas empresas no residentes a la empresa española declarante. Emplee una línea para cada empresa.

12.2 Financiación de la empresa española declarante al titular (10.1) y a otras empresas del grupo.

12.2.a) Financiación de la empresa española declarante al titular: Indique el saldo vivo en euros de las operaciones de financiación concedidas por la empresa española declarante a la empresa no residente titular que figura en el casillero 10.1 de esta hoja D-4(T).

12.2.b) Financiación de la empresa española declarante a otras empresas del grupo: Indique la razón social de las empresas del grupo del titular del casillero 10.1 -excluido éste-, su país de residencia según la tabla 2 y los saldos vivos en euros de la financiación concedida por la empresa española declarante a estas empresas no residentes. Emplee una línea para cada empresa.

HOJA D-4(2)

Debe tenerse en cuenta que la sociedad declarante deberá presentar, al menos, una hoja D-4(2) por cada sociedad española en la que participe de forma directa. Entendiéndose por tal participación la descrita en las instrucciones de cumplimentación del casillero 6 de la hoja D-4 (1).

Encabezamiento:

En caso de no emplear los programas informáticos de ayuda existentes, se numerarán, en el espacio previsto al efecto en la parte superior derecha de la hoja, cada uno de los ejemplares de la hoja D-4(2) anexados, indicando su orden secuencial en el conjunto de la declaración y el número total de páginas que componen dicha declaración.

Declaración n.º: En caso de no emplear los programas informáticos de ayuda existentes, deberá cumplimentarse con el número de declaración del impreso D-4(1) que figura en la parte superior derecha de la hoja a la que se anexa este ejemplar D-4(2).

IV. Datos de la empresa española participada por la declarante.

Si la sociedad declarante es cabecera de un grupo en España y ha cumplimentado en la hoja D-4(1), además de los datos de la empresa declarante, los datos consolidados del grupo, sólo se rellenarán los casilleros 13, 14, 16 y 17 de este apartado, dejándose en blanco el casillero 15 en su totalidad.

Período del ejercicio: Se consignarán en el casillero «Período del ejercicio» las fechas de comienzo y final del ejercicio económico, en el formato día/mes/año, a que se refieren estos datos.

Casillero 13: Razón social, NIF, domicilio y forma jurídica.

Se indicará la razón social, NIF, vía pública, número, código postal, municipio y provincia del domicilio de la empresa española, participada por la declarante descrita en el casillero 1 de la hoja D-4(1). Para cumplimentar la forma jurídica se utilizarán los mismos códigos que se especifican en las instrucciones de cumplimentación del casillero 1 de la hoja D-4 (1).

Casillero 14: Actividad principal.

Se describirá brevemente la actividad principal desarrollada por esta empresa, indicando en la casilla prevista al efecto el código CNAE (Clasificación Nacional de Actividades Económicas) con cuatro dígitos, que le corresponda según la tabla 3.

¿Cotiza esta empresa en alguna Bolsa de Valores?: Se marcará con un aspa (X) la casilla que corresponda.

Año inicial en que la participación de la declarante fue igual o superior al 10%: Se consignará el año en que la participación de la empresa declarante en la empresa cuya razón social aparece en el casillero 13 de este apartado fue igual o superior al 10%.

Casillero 15: Datos económicos.

Para cumplimentar estos casilleros se seguirán las mismas instrucciones que para cumplimentar los datos del casillero 3 «Datos Económicos» de la empresa declarante de la hoja D-4(1).

Téngase muy en cuenta, como se indica en el impreso, que los datos de financiación que se solicitan se refieren exclusivamente a financiación a o desde las sociedades titulares, relacionadas en las diferentes hojas D-4(T) (casilleros 10.1) y sus grupos en el exterior.

Casillero 16: Activo y empleo: distribución por Comunidades Autónomas.

Se cumplimentará según las instrucciones de cumplimentación del casillero 4 de la hoja D-4(1).

Casillero 17: Otra información de esta empresa española.

Porcentajes de participación en el capital: Se consignarán, con dos o tres decimales, los porcentajes siguientes:

De la declarante directamente: participación directa de la declarante en esta empresa española.

De la declarante indirectamente: Participación de la declarante en esta empresa a través de otras sociedades, ponderando la misma por el porcentaje de capital social que posea en dichas sociedades.(Ej: La empresa declarante posee el 20% de una empresa española A que a su vez posee el 60% en el capital social de la empresa que figura en este apartado IV. La participación indirecta será 20% x 60% = 12% de participación).

¿Tiene esta empresa a su vez participación igual o superior al 10% en otras empresas residentes?: Se marcará con un aspa (X) si la empresa tiene o no participaciones iguales o superiores al 10% del capital o los derechos de voto en otras sociedades españolas. En caso afirmativo, se cumplimentarán los recuadros que correspondan del apartado V.

V. Sociedades españolas participadas por la empresa del apartado IV.

Si la empresa del casillero 13 del apartado IV participa en otras empresas residentes en un porcentaje igual o superior al 10%, se cumplimentará para cada una de ellas un recuadro de los que figuran en este apartado V con su razón social, NIF, código de Comunidad Autónoma en que tiene su sede social según la tabla 5, breve descripción de la actividad desarrollada y su código CNAE a cuatro dígitos según la tabla 3.

Se consignará, asimismo, el capital social, los fondos propios, el activo total de la empresa, la cifra de negocio, los resultados después de impuestos, los dividendos aprobados en las cuentas del ejercicio y el inmovilizado material. Estos importes se expresarán según las instrucciones de cumplimentación del casillero 3 «Datos económicos» de la empresa declarante de la hoja D-4(1).

En la casilla 11 «número de empleados» se indicará el número total de empleados, fijos o temporales y en la casilla 12 «Participación de la empresa del casillero 13 del apartado IV», se consignará el porcentaje solicitado con dos o tres decimales.

Si la sociedad declarante es cabecera de un grupo en España y ha cumplimentado en la hoja D-4(1), además de los datos de la empresa declarante, los datos consolidados del grupo, se rellenarán los casilleros 1, 2, 3, 6, 10, 11 y 12 de este apartado, dejándose en blanco los restantes.

Se añadirán consecutivamente las hojas D-4(2) que resulten necesarias para declarar todas las sociedades españolas del apartado V, debiéndose en este caso cumplimentar, en la nueva hoja, solamente el período del ejercicio, la razón social y el NIF de la empresa española del apartado IV de la cual es continuación.

Protección de datos: Los datos que se recogen en el presente impreso serán incluidos en ficheros informatizados para su tratamiento con una finalidad administrativa, estadística o económica.

ANEXO II
Inversiones españolas en el exterior

1

2

MEMORIA ANUAL RELATIVA AL DESARRROLLO DE LA INVERSIÓN EN SOCIEDADES ESPAÑOLAS CON PARTICIPACIÓN EXTRANJERA EN SU CAPITAL Y SUCURSALES
Modelo D-8
Instrucciones de cumplimentación
Normas generales de cumplimentación

Corresponde utilizar este modelo D-8 para presentar al Registro de Inversiones la Memoria Anual relativa al desarrollo de la inversión española en empresas extranjeras. La Memoria se presentará en los nueve primeros meses de cada año natural.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 49 de la Orden Ministerial de 28 de mayo de 2001, los inversores residentes presentarán Memoria anual para las inversiones en sociedades extranjeras cuyo patrimonio neto sea superior 1.502.530,27 euros, o su contravalor en la moneda en la que esté expresado el balance, y la participación del inversor en el capital o en el total de los derechos de voto sea igual o superior al 10%.

También se presentará esta Memoria para las inversiones en sociedades extranjeras cuya actividad sea la tenencia de participaciones en el capital de otras sociedades, cualquiera que sea la cuantía de la inversión.

Los titulares de sucursales en el extranjero presentarán Memoria anual cualquiera que sea la cuantía de la inversión.

El declarante deberá presentar una Memoria anual completa por cada una de sus inversiones directas en la empresa extranjera que cumpla con los requisitos establecidos en los párrafos anteriores.

Cada modelo de Memoria consta de dos tipos de hojas: D-8(1) y D-8(2). El declarante cumplimentará la hoja D-8(1) completa y, si la empresa extranjera tuviera a su vez empresas participadas, deberá cumplimentar una hoja D-8(2) por cada empresa participada de las reseñadas en el casillero 14.

Si el tamaño o número de los casilleros para cumplimentar la información requerida no fuera suficiente, se utilizará el modelo «Hoja adicional» que se adjuntará al impreso.

En caso de no emplear los programas informáticos de ayuda existentes para la cumplimentación de los formularios, se deberán utilizar formularios preimpresos, que se cumplimentarán a máquina o utilizando bolígrafo sobre superficie dura y con letras mayúsculas.

Los programas informáticos de ayuda podrán descargarse por internet, desde el sitio Web de la Secretaría de Estado de Comercio en la dirección http://www.comercio.es, accediendo a la opción de Trámites en línea->Descarga de programas de ayuda->AFORIX Programa para la cumplimentación de Formularios de Inversiones Exteriores.

Los modelos preimpresos se podrán obtener en el Registro General del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio o en las diferentes Direcciones Territoriales o Provinciales de Comercio.

No se cumplimentarán los espacios sombreados.

Documentación adicional:

El presente modelo impreso D-8 se acompañará de copia de las cuentas anuales de la sociedad extranjera (Balance, cuenta de resultados y sus anexos o notas complementarias) del ejercicio correspondiente y de sus participadas.

En caso de que las cuentas anuales originales estén expresadas en un idioma extranjero diferente al inglés o francés, se presentará una traducción de las mismas.

Solo se admitirán las cuentas consolidadas de la sociedad extranjera cuando ella y sus participadas pertenezcan al mismo país y consoliden en él. En este caso se presentará el balance de cuentas consolidadas, no siendo necesaria la presentación de cada uno de los balances de las empresas participadas.

HOJA D-8(1)

Encabezamiento.

Período del ejercicio: Se indicarán, las fechas de comienzo y final del ejercicio económico, en el formato día/mes/año, de la empresa del apartado II a que se refieren los datos incluidos en esta Memoria.

Podrá utilizarse también este modelo cuando sea necesario rectificar errores u omisiones en datos declarados en una Memoria presentada anteriormente. En este caso se indicará, en la casilla prevista al efecto, el número de la declaración anterior que será sustituida, y se cumplimentará esta nueva Memoria en su totalidad.

Opcionalmente, la rectificación de errores puntuales podrá efectuarse mediante escrito en el que se hará constar el número del documento que se rectifica y los datos a rectificar, sin necesidad de cumplimentar una nueva Memoria.

I. Datos del inversor.

Casillero 1: Apellidos y nombre o razón social, NIF o NIE, domicilio y forma jurídica.

Se consignarán los apellidos y el nombre o la razón social, NIF o NIE, vía pública, número, código postal, municipio y provincia del domicilio del inversor residente. En el caso de las personas jurídicas se declarará su forma jurídica por medio de los códigos de la tabla 1.

Casillero 2: Actividad principal y CNAE.

a. En el espacio destinado al efecto, se describirá brevemente la actividad económica principal realizada por la empresa española y se consignará con cuatro dígitos su código CNAE (Clasificación Nacional de Actividades Económicas), de acuerdo con la tabla 3. Si el inversor es una persona física, no se consignará ningún código CNAE.

b. Si la empresa inversora es una entidad tenedora de acciones (holding), se cumplimentará además este apartado que describirá la actividad económica de sus empresas participadas y se consignará a cuatro dígitos el código CNAE de su principal sector de actividad, de acuerdo con la tabla 3. Si las sociedades participadas operasen en sectores diferentes, se consignará el sector en que se hayan invertido más fondos.

Casillero 3: Porcentaje de participación extranjera.

Se indicará, con dos o tres decimales, el porcentaje de participación extranjera total en la empresa española inversora en el momento de la declaración. Si ésta cotizase en Bolsa de Valores, se indicará la participación extranjera conocida, que, como mínimo, debe comprender la resultante de adquisiciones de acciones comunicadas a la sociedad emisora y a la CNMV con arreglo al art. 53 de la Ley 24/1988 de 28 de julio del Mercado de Valores.

Casillero 4: Datos económicos.

Este casillero se cumplimentará si el inversor español es una persona jurídica, debiendo expresarse todos los importes en euros.

4.1 Capital suscrito: Se indicará la cifra de capital suscrito en el caso de las sociedades o la dotación patrimonial o capital asignado en el caso de sucursales.

4.2 Fondos propios: Se indicará la cifra de fondos propios de la empresa inversora a fecha de cierre del ejercicio.

Casillero 5: Titulares.

5.1 Principales Titulares En el caso de que el inversor sea una sociedad, se indicarán los apellidos y nombre o razón social de sus principales titulares, NIF o NIE, en su caso, sus porcentajes de participación con dos o tres decimales y el país de residencia de cada uno de ellos.

5.2 ¿Participa a su vez la empresa extranjera del apartado II en el inversor en un porcentaje inferior al 10%?

Se indicará con un aspa (X) si la empresa extranjera a que se refiere el apartado II, participa a su vez en la empresa española declarante en un porcentaje inferior al 10%. En caso afirmativo se indicará dicho porcentaje de participación con dos o tres decimales.

II. Datos de la empresa participada o sucursal extranjera.

Casillero 6: Razón social de la empresa extranjera.

Se indicará la razón social de la empresa extranjera receptora de la inversión.

Casillero 7: Forma jurídica.

Se indicará la forma jurídica de la empresa extranjera objeto de la inversión mediante uno de los códigos de la tabla 1.

Casillero 8: País.

Se indicará la denominación y el código del país en el que tiene el domicilio social la empresa extranjera, según la tabla 2 de códigos de países.

Casillero 9: Actividad principal y CNAE.

a. En el espacio destinado al efecto se describirá brevemente la actividad económica principal realizada por la empresa extranjera y se consignará con cuatro dígitos su código CNAE (Clasificación Nacional de Actividades Económicas) de acuerdo con la tabla 3.

b. Si la empresa extranjera es una entidad tenedora de acciones (holding), se cumplimentará, además, este apartado que describirá la actividad económica de sus empresas participadas y se consignará a cuatro dígitos el código CNAE de su principal sector de actividad, de acuerdo con la tabla 3. Si las sociedades participadas operasen en sectores diferentes, se consignará el sector en que se hayan invertido más fondos.

Casillero 10: Moneda en la que está expresado el balance.

Se indicará el nombre y el código de la moneda en la que estén expresados los datos del balance y cuenta de resultados de la empresa extranjera según la tabla 4.

Se marcará con un aspa (X) si la empresa extranjera cotiza o no en Bolsa de Valores.

Casillero 11: Datos económicos (expresados en la moneda del casillero 10).

Se indicará mediante un aspa (X) en el espacio correspondiente, si los datos económicos consignados en este casillero se refieren o no, a las cuentas consolidadas de la empresa extranjera en su país. En caso afirmativo no se cumplimentarán los datos del casillero 6 del apartado IV de las hojas (2) de sus empresas participadas.

11.1 Capital suscrito/ dotación: Se indicará la cifra de capital suscrito con independencia de que esté o no desembolsado en su totalidad. Si la empresa extranjera es una sucursal deberá consignarse en esta casilla la dotación permanente.

11.2 Fondos Propios: Se indicará la cifra de fondos propios.

Si la sociedad cotiza en alguna Bolsa o Mercado Organizado se consignará además el valor de capitalización bursátil a cierre de ejercicio.

11.3 Préstamos del inversor español: Se indicará el valor de los préstamos concedidos por el inversor español a esta empresa extranjera.

11.4 Préstamos al inversor español: Se indicará el valor de los préstamos concedidos al inversor español por esta empresa extranjera.

11.5 Cifra de negocio: Se indicará la cifra de negocio o ingresos operacionales.

11.6 Resultados después de impuestos: Se consignará el resultado contable del ejercicio después de impuestos, precedido del signo negativo (-) si se trata de pérdidas.

11.7 Dividendos aprobados en las cuentas del ejercicio: Se indicará la cifra de dividendos aprobados.

Todos estos importes se expresarán en la moneda indicada en el casillero 10.

Casillero 12: Número de empleados.

Se indicará el número de empleados, fijos y temporales, de la empresa extranjera a la fecha a la que están referidos los datos económicos.

Casillero 13: Porcentaje de participación española

Se consignarán, con dos o tres decimales, los siguientes porcentajes:

Del inversor declarante directamente: Participación directa del declarante en el capital suscrito de esta empresa extranjera.

Del inversor declarante indirectamente: Participación en esta empresa del inversor declarante a través de otras, ponderando la misma por el porcentaje de capital suscrito que posea en dichas sociedades. (Ej: La empresa declarante posee el 20% de una empresa A que a su vez posee el 60% en el capital suscrito de la empresa que figura en el apartado II. La participación indirecta será 20% x 60% = 12% de participación).

Casillero 14: ¿Tiene esta empresa participación en otras empresas extranjeras?

Se indicará con un aspa (X) la casilla que corresponda. En caso afirmativo, se indicará el número total de empresas extranjeras participadas. Para cada empresa extranjera participada, se cumplimentará un ejemplar de la hoja D-8(2) de esta Memoria.

III. Diligencias.

Casillero 15: Apellidos y nombre o razón social para notificaciones.

Se indicarán los apellidos y nombre, domicilio, teléfono y correo electrónico del destinatario de notificaciones y solicitudes de información.

Casillero 16: Declaración

Se cumplimentará con los datos, lugar, fecha y firma del inversor o de su representante.

HOJA D-8(2)

Normas generales de cumplimentación.

La sociedad declarante deberá presentar al menos, una hoja D-8(2) por cada sociedad extranjera en la que participe directamente la empresa del apartado II.

Documentación adicional: Este impreso se acompañará de las cuentas anuales de la sociedad extranjera participada por la empresa del apartado II (Balance, cuenta de resultados y sus anexos o notas complementarias). Si la empresa del apartado II ha presentado cuentas consolidadas, no será necesaria la presentación de esta documentación.

Encabezamiento.

En caso de no emplear los programas informáticos de ayuda existentes, se numerarán, en el espacio previsto al efecto, cada uno de los ejemplares de la hoja D-8(2) anexados, indicando su orden secuencial y el número total de ellos.

Número de documento D-8: En caso de no emplear los programas informáticos de ayuda existentes, deberá indicar, en este espacio, el número de declaración del impreso D-8(1) que figura en la parte superior derecha de la hoja a la que se anexa este ejemplar D-8(2).

IV. Datos de las empresas participadas por la consignada en el apartado II.

Casillero 1: Razón social de la empresa extranjera.

Se indicará la razón social de la empresa extranjera participada por la consignada en el apartado II.

Casillero 2: Forma jurídica.

Se indicará la forma jurídica de esta empresa extranjera mediante uno de los códigos de la tabla 1.

Casillero 3: País.

Se consignará la denominación y el código del país en que tiene el domicilio social la empresa extranjera de este apartado, según la tabla 2 de códigos de países.

Casillero 4: Actividad principal y CNAE.

a. En el espacio destinado al efecto se describirá brevemente la actividad económica principal realizada por la empresa extranjera y se consignará con cuatro dígitos su código CNAE (Clasificación Nacional de Actividades Económicas) de acuerdo con la tabla 3.

b. Si la empresa extranjera es una entidad tenedora de acciones (holding), se cumplimentará, además, este apartado que describirá la actividad económica de las empresas participadas y se consignará a cuatro dígitos el código CNAE de su principal sector de actividad, de acuerdo con la tabla 3. Si las sociedades participadas operasen en sectores diferentes, se consignará el sector en que se hayan invertido más fondos.

Casillero 5: Moneda en la que está expresado el balance.

Se indicará el nombre y el código de la moneda en la que estén expresados los datos del balance y cuenta de resultados de la empresa extranjera según la tabla 4.

Casillero 6: Datos económicos (expresados en la moneda del casillero 5).

6.1 Capital suscrito / dotación: Se indicará la cifra de capital suscrito con independencia de que esté o no desembolsado en su totalidad. Si la empresa extranjera es una sucursal deberá consignarse en esta casilla la dotación permanente.

6.2 Fondos Propios: Se indicará la cifra de fondos propios.

6.3 Préstamos del inversor español: Se indicará el valor de los préstamos concedidos por el inversor español del apartado I a esta empresa extranjera.

6.4 Préstamos al inversor español: Se indicará el valor de los préstamos concedidos al inversor español del apartado I por esta empresa extranjera.

6.5 Cifra de negocio: Se indicará la cifra de negocio o ingresos operacionales.

6.6. Resultados después de impuestos: Se consignará el resultado contable del ejercicio después de impuestos, precedido del signo negativo (-) si se trata de pérdidas.

Todos estos importes se expresarán en la moneda indicada en el casillero 5 de este apartado.

Casillero 7: Número de empleados.

Se indicará el número de empleados, fijos y temporales, de la empresa extranjera a la fecha a la que están referidos los datos económicos.

Casillero 8: Porcentaje de participación de la empresa del apartado II.

Se consignarán, con dos o tres decimales, los siguientes porcentajes:

Directamente: Participación directa de la empresa extranjera del apartado II en el capital suscrito de esta empresa.

Indirectamente: Participación en esta empresa de la empresa extranjera del apartado II a través de otras, ponderando la misma por el porcentaje de capital suscrito que posea en dichas sociedades.

Casillero 9:¿Participa el inversor declarante en esta empresa directamente en un porcentaje inferior al 10%?

Se indicará mediante un aspa (X) si la empresa española declarante participa o no, en el capital de la empresa de este apartado IV, en menos de un 10%, señalándose en su caso el porcentaje con dos o tres decimales.

Casillero 10: ¿Participa a su vez esta empresa extranjera en el inversor declarante en un porcentaje inferior al 10%?

Se indicará mediante un aspa (X) si la empresa española declarante es a su vez participada o no, por la empresa de este apartado IV, en menos de un 10%, señalándose en su caso ese porcentaje con dos o tres decimales.

V. Empresas participadas por la empresa extranjera consignada en el apartado IV DE esta hoja D-8(2).

Se cumplimentarán los casilleros correspondientes conforme a las instrucciones del apartado anterior con las siguientes salvedades:

Si esta empresa extranjera es una entidad tenedora de acciones (holding), la actividad económica a describir será la de sus empresas participadas y se consignará a cuatro dígitos el código CNAE de su principal sector de actividad, de acuerdo con la tabla 3. En este último caso, si las sociedades participadas operasen en sectores diferentes, se consignará el sector en que se hayan invertido más fondos.

Se añadirán consecutivamente las hojas D-8(2) que resulten necesarias para declarar todas las empresas participadas por la empresa extranjera que aparece en el apartado IV, cumplimentándose en este caso, en la nueva hoja, solamente la razón social de la empresa extranjera del apartado IV.

Protección de datos: Los datos que se recogen en el presente impreso serán incluidos en ficheros informatizados para su tratamiento con una finalidad administrativa, estadística o económica.

ANEXO III
Tablas de codificación
Tabla 1: Formas jurídicas

Código

Forma Jurídica

01

Sociedades anónimas, limitadas u otras sociedades mercantiles no incluidas en los apartados siguientes.

02

Sucursal.

11

Cuenta en participación.

12

Fundación.

13

Agrupación de interés económico.

14

Cooperativa.

15

Comunidad de bienes.

Tabla 2: Códigos de países y territorios

Código país

Denominación

AF

Afganistán.

AL

Albania.

DE

Alemania.

AD

Andorra.

AO

Angola.

AI

Anguila.

AQ

Antártida.

MK

Antigua República Yugoslava de Macedonia.

AG

Antigua y Barbuda.

AN

Antillas Neerlandesas.

SA

Arabia Saudí.

DZ

Argelia.

AR

Argentina.

AM

Armenia.

AW

Aruba.

AU

Australia.

AT

Austria.

AZ

Azerbaiyán.

BS

Bahamas.

XB

Banco Central Europeo.

BD

Bangladesh.

BB

Barbados.

BH

Barhain.

BY

Belarús.

BE

Bélgica.

BZ

Belice.

BJ

Benín.

BM

Bermudas.

BO

Bolivia.

BA

Bosnia y Herzegovina.

BW

Botswana.

BR

Brasil.

BN

Brunéi Darussalam.

BG

Bulgaria.

BF

Burkina Faso.

BI

Burundi.

BT

Bután.

CV

Cabo Verde.

KH

Camboya.

CM

Camerún.

CA

Canadá.

TD

Chad.

CL

Chile.

CN

China.

CY

Chipre.

CC

Cocos Islao islas Keeling.

CO

Colombia.

KM

Comoras.

CG

Congo.

KR

Corea (República de).

KP

Corea (República Popular Democrática de).

CI

Costa de Marfil.

CR

Costa Rica.

HR

Croacia.

CU

Cuba.

DK

Dinamarca.

DM

Dominica.

EC

Ecuador.

EG

Egipto.

SV

El Salvador.

AE

Emiratos Árabes Unidos.

ER

Eritrea.

SK

Eslovaquia.

SI

Eslovenia.

ES

España.

US

Estados Unidos (incluido P. Rico).

EE

Estonia.

ET

Etiopía.

PH

Filipinas.

FI

Finlandia.

FJ

Fiyi (Islas).

FR

Francia.

GA

Gabón.

GM

Gambia.

GE

Georgia.

GS

Georgia del Sur e Islas Sandwich del Sur.

GH

Ghana.

GI

Gibraltar.

GD

Granada.

GR

Grecia.

GL

Groenlandia.

GU

Guam.

GT

Guatemala.

GG

Guernsey.

GN

Guinea.

GQ

Guinea Ecuatorial.

GW

Guinea-Bissau.

GY

Guyana.

HT

Haití.

HN

Honduras.

HK

Hong Kong.

HU

Hungría.

IN

India.

ID

Indonesia.

XU

Instituciones de la Unión Europea.

IR

Irán (República Islámica).

IQ

Iraq.

IE

Irlanda.

BV

Isla Bouvet.

IM

Isla de Man.

HM

Isla Heard e islas McDonald.

NF

Isla Norfolk.

IS

Islandia.

KY

Islas Caimán.

CK

Islas Cook.

FO

Islas Feroe.

FK

Islas Malvinas.

MP

Islas Marianas del Norte.

MH

Islas Marshall.

UM

Islas menores alejadas de los Estados Unidos.

PN

Islas Pitcairn.

SB

Islas Salomón.

TC

Islas Turcas y Caicos.

VG

Islas Vírgenes Británicas.

VI

Islas Vírgenes de los Estados Unidos.

IL

Israel.

IT

Italia.

JM

Jamaica.

JP

Japón.

JE

Jersey.

JO

Jordania.

KZ

Kazajistán.

KE

Kenya.

KG

Kirguzistán.

KI

Kiribati.

KW

Kuwait.

LA

Lao.

LS

Lesoto.

LV

Letonia.

LB

Líbano.

LR

Liberia.

LY

Libia.

LI

Liechtenstein.

LT

Lituania.

LU

Luxemburgo.

MO

Macao.

MG

Madagascar.

MY

Malasia.

MW

Malaui.

MV

Maldivas.

ML

Malí.

MT

Malta.

MA

Marruecos.

MU

Mauricio.

MR

Mauritania.

YT

Mayotte.

MX

México.

FM

Micronesia.

MD

Moldova.

MC

Mónaco.

MN

Mongolia.

ME

Montenegro.

MS

Montserrat.

MZ

Mozambique.

MM

Myanmar.

NA

Namibia.

NR

Nauru.

CX

Navidad (isla).

NP

Nepal.

NI

Nicaragua.

NE

Níger.

NG

Nigeria.

NU

Niue.

NO

Noruega.

NC

Nueva Caledonia.

NZ

Nueva Zelanda.

OM

Omán.

XN

Organismos internacionales distintos inst. UE y BCE.

NL

Países Bajos.

QU

Países y territorios no determinados.

PK

Pakistán.

PW

Palaos.

PA

Panamá.

PG

Papúa Nueva Guinea.

PY

Paraguay.

PE

Perú.

PF

Polinesia Francesa.

PL

Polonia.

PT

Portugal.

QA

Qatar.

GB

Reino Unido.

SY

República Árabe Siria.

CF

República Centroafricana.

CZ

República Checa.

CD

República Democrática del Congo.

DO

República Dominicana.

RW

Ruanda.

RO

Rumanía.

RU

Rusia (Federación de).

WS

Samoa.

AS

Samoa Americana.

KN

San Cristóbal y Nieves.

SM

San Marino.

PM

San Pedro y Miquelón.

VC

San Vicente y Las Granadinas.

SH

Santa Elena.

LC

Santa Lucía.

VA

Santa Sede.

ST

Santo Tomé y Príncipe.

SN

Senegal.

RS

Serbia.

SC

Seychelles.

SL

Sierra Leona.

SG

Singapur.

SO

Somalia.

LK

Sri Lanka.

SZ

Suazilandia.

ZA

Sudáfrica.

SD

Sudán.

SE

Suecia.

CH

Suiza.

SR

Surinam.

TH

Tailandia.

TW

Taiwán.

TZ

Tanzania.

TJ

Tayikistán.

IO

Territorio Británico del Océano Índico.

PS

Territorio Palestino Ocupado.

TF

Tierras Australes Francesas.

TL

Timor-Leste.

TG

Togo.

TK

Tokelau.

TO

Tonga.

TT

Trinidad y Tobago.

TN

Túnez.

TM

Turkmenistán.

TR

Turquía.

TV

Tuvalu.

UA

Ucrania.

UG

Uganda.

UY

Uruguay.

UZ

Uzbekistán.

VU

Vanuatu.

VE

Venezuela.

VN

Vietnam.

WF

Wallis y Futuna.

YE

Yemen.

DJ

Yibuti.

ZM

Zambia.

ZW

Zimbabue.

Tabla 3: Códigos CNAE 2009

CNAE

Denominación

01

Agricultura, ganadería, caza y servicios relacionados con las mismas.

0111

Cultivo de cereales (excepto arroz), leguminosas y semillas oleaginosas.

0112

Cultivo de arroz.

0113

Cultivo de hortalizas, raíces y tubérculos.

0114

Cultivo de caña de azúcar.

0115

Cultivo de tabaco.

0116

Cultivo de plantas para fibras textiles.

0119

Otros cultivos no perennes.

0121

Cultivo de la vid.

0122

Cultivo de frutos tropicales y subtropicales.

0123

Cultivo de cítricos.

0124

Cultivo de frutos con hueso y pepitas.

0125

Cultivo de otros árboles y arbustos frutales y frutos secos.

0126

Cultivo de frutos oleaginosos.

0127

Cultivo de plantas para bebidas.

0128

Cultivo de especias, plantas aromáticas, medicinales y farmacéuticas.

0129

Otros cultivos perennes.

0130

Propagación de plantas.

0141

Explotación de ganado bovino para la producción de leche.

0142

Explotación de otro ganado bovino y búfalos.

0143

Explotación de caballos y otros equinos.

0144

Explotación de camellos y otros camélidos.

0145

Explotación de ganado ovino y caprino.

0146

Explotación de ganado porcino.

0147

Avicultura.

0149

Otras explotaciones de ganado.

0150

Producción agrícola combinada con la producción ganadera.

0161

Actividades de apoyo a la agricultura.

0162

Actividades de apoyo a la ganadería.

0163

Actividades de preparación posterior a la cosecha.

0164

Tratamiento de semillas para reproducción.

0170

Caza, captura de animales y servicios relacionados con las mismas.

02

Silvicultura y explotación forestal.

0210

Silvicultura y otras actividades forestales.

0220

Explotación de la madera.

0230

Recolección de productos silvestres, excepto madera.

0240

Servicios de apoyo a la silvicultura.

03

Pesca y acuicultura.

0311

Pesca marina.

0312

Pesca en agua dulce.

0321

Acuicultura marina.

0322

Acuicultura en agua dulce.

05

Extracción de antracita, hulla y lignito.

0510

Extracción de antracita y hulla.

0520

Extracción de lignito.

06

Extracción de crudo de petróleo y gas natural.

0610

Extracción de crudo de petróleo.

0620

Extracción de gas natural.

07

Extracción de minerales metálicos.

0710

Extracción de minerales de hierro.

0721

Extracción de minerales de uranio y torio.

0729

Extracción de otros minerales metálicos no férreos.

08

Otras industrias extractivas.

0811

Extracción de piedra ornamental y para la construcción, piedra caliza, yeso, creta y pizarra.

0812

Extracción de gravas y arenas; extracción de arcilla y caolín.

0891

Extracción de minerales para productos químicos y fertilizantes.

0892

Extracción de turba.

0893

Extracción de sal.

0899

Otras industrias extractivas n.c.o.p.

09

Actividades de apoyo a las industrias extractivas.

0910

Actividades de apoyo a la extracción de petróleo y gas natural.

0990

Actividades de apoyo a otras industrias extractivas.

10

Industria de la alimentación.

1011

Procesado y conservación de carne.

1012

Procesado y conservación de volatería.

1013

Elaboración de productos cárnicos y de volatería.

1021

Procesado de pescados, crustáceos y moluscos.

1022

Fabricación de conservas de pescado.

1031

Procesado y conservación de patatas.

1032

Elaboración de zumos de frutas y hortalizas.

1039

Otro procesado y conservación de frutas y hortalizas.

1042

Fabricación de margarina y grasas comestibles similares.

1043

Fabricación de aceite de oliva.

1044

Fabricación de otros aceites y grasas.

1052

Elaboración de helados.

1053

Fabricación de quesos.

1054

Preparación de leche y otros productos lácteos.

1061

Fabricación de productos de molinería.

1062

Fabricación de almidones y productos amiláceos.

1071

Fabricación de pan y de productos frescos de panadería y pastelería.

1072

Fabricación de galletas y productos de panadería y pastelería de larga duración.

1073

Fabricación de pastas alimenticias, cuscús y productos similares.

1081

Fabricación de azúcar.

1082

Fabricación de cacao, chocolate y productos de confitería.

1083

Elaboración de café, té e infusiones.

1084

Elaboración de especias, salsas y condimentos.

1085

Elaboración de platos y comidas preparados.

1086

Elaboración de preparados alimenticios homogeneizados y alimentos dietéticos.

1089

Elaboración de otros productos alimenticios n.c.o.p.

1091

Fabricación de productos para la alimentación de animales de granja.

1092

Fabricación de productos para la alimentación de animales de compañía.

11

Fabricación de bebidas.

1101

Destilación, rectificación y mezcla de bebidas alcohólicas.

1102

Elaboración de vinos.

1103

Elaboración de sidra y otras bebidas fermentadas a partir de frutas.

1104

Elaboración de otras bebidas no destiladas, procedentes de la fermentación.

1105

Fabricación de cerveza.

1106

Fabricación de malta.

1107

Fabricación de bebidas no alcohólicas; producción de aguas minerales y otras aguas embotelladas.

12

Industria del tabaco.

1200

Industria del tabaco.

13

Industria textil.

1310

Preparación e hilado de fibras textiles.

1320

Fabricación de tejidos textiles.

1330

Acabado de textiles.

1391

Fabricación de tejidos de punto.

1392

Fabricación de artículos confeccionados con textiles, excepto prendas de vestir.

1393

Fabricación de alfombras y moquetas.

1394

Fabricación de cuerdas, cordeles, bramantes y redes.

1395

Fabricación de telas no tejidas y artículos confeccionados con ellas, excepto prendas de vestir.

1396

Fabricación de otros productos textiles de uso técnico e industrial.

1399

Fabricación de otros productos textiles n.c.o.p.

14

Confección de prendas de vestir.

1411

Confección de prendas de vestir de cuero.

1412

Confección de ropa de trabajo.

1413

Confección de otras prendas de vestir exteriores.

1414

Confección de ropa interior.

1419

Confección de otras prendas de vestir y accesorios.

1420

Fabricación de artículos de peletería.

1431

Confección de calcetería.

1439

Confección de otras prendas de vestir de punto.

15

Industria del cuero y del calzado.

1511

Preparación, curtido y acabado del cuero; preparación y teñido de pieles.

1512

Fabricación de artículos de marroquinería, viaje y de guarnicionería y talabartería.

1520

Fabricación de calzado.

16

Industria de la madera y del corcho, excepto muebles; cestería y espartería.

1610

Aserrado y cepillado de la madera.

1621

Fabricación de chapas y tableros de madera.

1622

Fabricación de suelos de madera ensamblados.

1623

Fabricación de otras estructuras de madera y piezas de carpintería y ebanistería para la construcción.

1624

Fabricación de envases y embalajes de madera.

1629

Fabricación de otros productos de madera; artículos de corcho, cestería y espartería.

17

Industria del papel.

1711

Fabricación de pasta papelera.

1712

Fabricación de papel y cartón.

1721

Fabricación de papel y cartón ondulados; fabricación de envases y embalajes de papel y cartón.

1722

Fabricación de artículos de papel y cartón para uso doméstico, sanitario e higiénico.

1723

Fabricación de artículos de papelería.

1724

Fabricación de papeles pintados.

1729

Fabricación de otros artículos de papel y cartón.

18

Artes gráficas y reproducción de soportes grabados.

1811

Artes gráficas y servicios relacionados con las mismas.

1812

Otras actividades de impresión y artes gráficas.

1813

Servicios de preimpresión y preparación de soportes.

1814

Encuadernación y servicios relacionados con la misma.

1820

Reproducción de soportes grabados.

19

Coquerías y refino de petróleo.

1910

Coquerías.

1920

Refino de petróleo.

20

Industria química.

2011

Fabricación de gases industriales.

2012

Fabricación de colorantes y pigmentos.

2013

Fabricación de otros productos básicos de química inorgánica.

2014

Fabricación de otros productos básicos de química orgánica.

2015

Fabricación de fertilizantes y compuestos nitrogenados.

2016

Fabricación de plásticos en formas primarias.

2017

Fabricación de caucho sintético en formas primarias.

2020

Fabricación de pesticidas y otros productos agroquímicos.

2030

Fabricación de pinturas, barnices y revestimientos similares; tintas de imprenta y masillas.

2041

Fabricación de jabones, detergentes y otros artículos de limpieza y abrillantamiento.

2042

Fabricación de perfumes y cosméticos.

2051

Fabricación de explosivos.

2052

Fabricación de colas.

2053

Fabricación de aceites esenciales.

2059

Fabricación de otros productos químicos n.c.o.p.

2060

Fabricación de fibras artificiales y sintéticas.

21

Fabricación de productos farmacéuticos.

2110

Fabricación de productos farmacéuticos de base.

2120

Fabricación de especialidades farmacéuticas.

22

Fabricación de productos de caucho y plásticos.

2211

Fabricación de neumáticos y cámaras de caucho; reconstrucción y recauchutado de neumáticos.

2219

Fabricación de otros productos de caucho.

2221

Fabricación de placas, hojas, tubos y perfiles de plástico.

2222

Fabricación de envases y embalajes de plástico.

2223

Fabricación de productos de plástico para la construcción.

2229

Fabricación de otros productos de plástico.

23

Fabricación de otros productos minerales no metálicos.

2311

Fabricación de vidrio plano.

2312

Manipulado y transformación de vidrio plano.

2313

Fabricación de vidrio hueco.

2314

Fabricación de fibra de vidrio.

2319

Fabricación y manipulado de otro vidrio, incluido el vidrio técnico.

2320

Fabricación de productos cerámicos refractarios.

2331

Fabricación de azulejos y baldosas de cerámica.

2332

Fabricación de ladrillos, tejas y productos de tierras cocidas para la construcción.

2341

Fabricación de artículos cerámicos de uso doméstico y ornamental.

2342

Fabricación de aparatos sanitarios cerámicos.

2343

Fabricación de aisladores y piezas aislantes de material cerámico.

2344

Fabricación de otros productos cerámicos de uso técnico.

2349

Fabricación de otros productos cerámicos.

2351

Fabricación de cemento.

2352

Fabricación de cal y yeso.

2361

Fabricación de elementos de hormigón para la construcción.

2362

Fabricación de elementos de yeso para la construcción.

2363

Fabricación de hormigón fresco.

2364

Fabricación de mortero.

2365

Fabricación de fibrocemento.

2369

Fabricación de otros productos de hormigón, yeso y cemento.

2370

Corte, tallado y acabado de la piedra.

2391

Fabricación de productos abrasivos.

2399

Fabricación de otros productos minerales no metálicos n.c.o.p.

24

Metalurgia; fabricación de productos de hierro, acero y ferroaleaciones.

2410

Fabricación de productos básicos de hierro, acero y ferroaleaciones.

2420

Fabricación de tubos, tuberías, perfiles huecos y sus accesorios, de acero.

2431

Estirado en frío.

2432

Laminación en frío.

2433

Producción de perfiles en frío por conformación con plegado.

2434

Trefilado en frío.

2441

Producción de metales preciosos.

2442

Producción de aluminio.

2443

Producción de plomo, zinc y estaño.

2444

Producción de cobre.

2445

Producción de otros metales no férreos.

2446

Procesamiento de combustibles nucleares.

2451

Fundición de hierro.

2452

Fundición de acero.

2453

Fundición de metales ligeros.

2454

Fundición de otros metales no férreos.

25

Fabricación de productos metálicos, excepto maquinaria y equipo.

2511

Fabricación de estructuras metálicas y sus componentes.

2512

Fabricación de carpintería metálica.

2521

Fabricación de radiadores y calderas para calefacción central.

2529

Fabricación de otras cisternas, grandes depósitos y contenedores de metal.

2530

Fabricación de generadores de vapor, excepto calderas de calefacción central.

2540

Fabricación de armas y municiones.

2550

Forja, estampación y embutición de metales; metalurgia de polvos.

2561

Tratamiento y revestimiento de metales.

2562

Ingeniería mecánica por cuenta de terceros.

2571

Fabricación de artículos de cuchillería y cubertería.

2572

Fabricación de cerraduras y herrajes.

2573

Fabricación de herramientas.

2591

Fabricación de bidones y toneles de hierro o acero.

2592

Fabricación de envases y embalajes metálicos ligeros.

2593

Fabricación de productos de alambre, cadenas y muelles.

2594

Fabricación de pernos y productos de tornillería.

2599

Fabricación de otros productos metálicos n.c.o.p.

26

Fabricación de productos informáticos, electrónicos y ópticos.

2611

Fabricación de componentes electrónicos.

2612

Fabricación de circuitos impresos ensamblados.

2620

Fabricación de ordenadores y equipos periféricos.

2630

Fabricación de equipos de telecomunicaciones.

2640

Fabricación de productos electrónicos de consumo.

2651

Fabricación de instrumentos y aparatos de medida, verificación y navegación.

2652

Fabricación de relojes.

2660

Fabricación de equipos de radiación, electromédicos y electroterapéuticos.

2670

Fabricación de instrumentos de óptica y equipo fotográfico.

2680

Fabricación de soportes magnéticos y ópticos.

27

Fabricación de material y equipo eléctrico.

2711

Fabricación de motores, generadores y transformadores eléctricos.

2712

Fabricación de aparatos de distribución y control eléctrico.

2720

Fabricación de pilas y acumuladores eléctricos.

2731

Fabricación de cables de fibra óptica.

2732

Fabricación de otros hilos y cables electrónicos y eléctricos.

2733

Fabricación de dispositivos de cableado.

2740

Fabricación de lámparas y aparatos eléctricos de iluminación.

2751

Fabricación de electrodomésticos.

2752

Fabricación de aparatos domésticos no eléctricos.

2790

Fabricación de otro material y equipo eléctrico.

28

Fabricación de maquinaria y equipo n.c.o.p.

2811

Fabricación de motores y turbinas, excepto los destinados a aeronaves, vehículos automóviles y ciclomotores.

2812

Fabricación de equipos de transmisión hidráulica y neumática.

2813

Fabricación de otras bombas y compresores.

2814

Fabricación de otra grifería y válvulas.

2815

Fabricación de cojinetes, engranajes y órganos mecánicos de transmisión.

2821

Fabricación de hornos y quemadores.

2822

Fabricación de maquinaria de elevación y manipulación.

2823

Fabricación de máquinas y equipos de oficina, excepto equipos informáticos.

2824

Fabricación de herramientas eléctricas manuales.

2825

Fabricación de maquinaria de ventilación y refrigeración no doméstica.

2829

Fabricación de otra maquinaria de uso general n.c.o.p.

2830

Fabricación de maquinaria agraria y forestal.

2841

Fabricación de máquinas herramienta para trabajar el metal.

2849

Fabricación de otras máquinas herramienta.

2891

Fabricación de maquinaria para la industria metalúrgica.

2892

Fabricación de maquinaria para las industrias extractivas y de la construcción.

2893

Fabricación de maquinaria para la industria de la alimentación, bebidas y tabaco.

2894

Fabricación de maquinaria para las industrias textil, de la confección y del cuero.

2895

Fabricación de maquinaria para la industria del papel y del cartón.

2896

Fabricación de maquinaria para la industria del plástico y el caucho.

2899

Fabricación de otra maquinaria para usos específicos n.c.o.p.

29

Fabricación de vehículos de motor, remolques y semirremolques.

2910

Fabricación de vehículos de motor.

2920

Fabricación de carrocerías para vehículos de motor; fabricación de remolques y semirremolques.

2931

Fabricación de equipos eléctricos y electrónicos para vehículos de motor.

2932

Fabricación de otros componentes, piezas y accesorios para vehículos de motor.

30

Fabricación de otro material de transporte.

3011

Construcción de barcos y estructuras flotantes.

3012

Construcción de embarcaciones de recreo y deporte.

3020

Fabricación de locomotoras y material ferroviario.

3030

Construcción aeronáutica y espacial y su maquinaria.

3040

Fabricación de vehículos militares de combate.

3091

Fabricación de motocicletas.

3092

Fabricación de bicicletas y de vehículos para personas con discapacidad.

3099

Fabricación de otro material de transporte n.c.o.p.

31

Fabricación de muebles.

3101

Fabricación de muebles de oficina y de establecimientos comerciales.

3102

Fabricación de muebles de cocina.

3103

Fabricación de colchones.

3109

Fabricación de otros muebles.

32

Otras industrias manufactureras.

3211

Fabricación de monedas.

3212

Fabricación de artículos de joyería y artículos similares.

3213

Fabricación de artículos de bisutería y artículos similares.

3220

Fabricación de instrumentos musicales.

3230

Fabricación de artículos de deporte.

3240

Fabricación de juegos y juguetes.

3250

Fabricación de instrumentos y suministros médicos y odontológicos.

3291

Fabricación de escobas, brochas y cepillos.

3299

Otras industrias manufactureras n.c.o.p.

33

Reparación e instalación de maquinaria y equipo.

3311

Reparación de productos metálicos.

3312

Reparación de maquinaria.

3313

Reparación de equipos electrónicos y ópticos.

3314

Reparación de equipos eléctricos.

3315

Reparación y mantenimiento naval.

3316

Reparación y mantenimiento aeronáutico y espacial.

3317

Reparación y mantenimiento de otro material de transporte.

3319

Reparación de otros equipos.

3320

Instalación de máquinas y equipos industriales.

35

Suministro de energía eléctrica, gas, vapor y aire acondicionado.

3512

Transporte de energía eléctrica.

3513

Distribución de energía eléctrica.

3514

Comercio de energía eléctrica.

3515

Producción de energía hidroeléctrica.

3516

Producción de energía eléctrica de origen térmico convencional.

3517

Producción de energía eléctrica de origen nuclear.

3518

Producción de energía eléctrica de origen eólico.

3519

Producción de energía eléctrica de otros tipos.

3521

Producción de gas.

3522

Distribución por tubería de combustibles gaseosos.

3523

Comercio de gas por tubería.

3530

Suministro de vapor y aire acondicionado.

36

Captación, depuración y distribución de agua.

3600

Captación, depuración y distribución de agua.

37

Recogida y tratamiento de aguas residuales.

3700

Recogida y tratamiento de aguas residuales.

38

Recogida, tratamiento y eliminación de residuos; valorización.

3811

Recogida de residuos no peligrosos.

3812

Recogida de residuos peligrosos.

3821

Tratamiento y eliminación de residuos no peligrosos.

3822

Tratamiento y eliminación de residuos peligrosos.

3831

Separación y clasificación de materiales.

3832

Valorización de materiales ya clasificados.

39

Actividades de descontaminación y otros servicios de gestión de residuos.

3900

Actividades de descontaminación y otros servicios de gestión de residuos.

41

Construcción de edificios.

4110

Promoción inmobiliaria.

4121

Construcción de edificios residenciales.

4122

Construcción de edificios no residenciales.

42

Ingeniería civil.

4211

Construcción de carreteras y autopistas.

4212

Construcción de vías férreas de superficie y subterráneas.

4213

Construcción de puentes y túneles.

4221

Construcción de redes para fluidos.

4222

Construcción de redes eléctricas y de telecomunicaciones.

4291

Obras hidráulicas.

4299

Construcción de otros proyectos de ingeniería civil n.c.o.p.

43

Actividades de construcción especializada.

4311

Demolición.

4312

Preparación de terrenos.

4313

Perforaciones y sondeos.

4321

Instalaciones eléctricas.

4322

Fontanería, instalaciones de sistemas de calefacción y aire acondicionado.

4329

Otras instalaciones en obras de construcción.

4331

Revocamiento.

4332

Instalación de carpintería.

4333

Revestimiento de suelos y paredes.

4334

Pintura y acristalamiento.

4339

Otro acabado de edificios.

4391

Construcción de cubiertas.

4399

Otras actividades de construcción especializada n.c.o.p.

45

Venta y reparación de vehículos de motor y motocicletas.

4511

Venta de automóviles y vehículos de motor ligeros.

4519

Venta de otros vehículos de motor.

4520

Mantenimiento y reparación de vehículos de motor.

4531

Comercio al por mayor de repuestos y accesorios de vehículos de motor.

4532

Comercio al por menor de repuestos y accesorios de vehículos de motor.

4540

Venta, mantenimiento y reparación de motocicletas y de sus repuestos y accesorios.

46

Comercio al por mayor e intermediarios del comercio, excepto de vehículos de motor y motocicletas.

4611

Intermediarios del comercio de materias primas agrarias, animales vivos, materias primas textiles y productos semielaborados.

4612

Intermediarios del comercio de combustibles, minerales, metales y productos químicos industriales.

4613

Intermediarios del comercio de la madera y materiales de construcción.

4614

Intermediarios del comercio de maquinaria, equipo industrial, embarcaciones y aeronaves.

4615

Intermediarios del comercio de muebles, artículos para el hogar y ferretería.

4616

Intermediarios del comercio de textiles, prendas de vestir, peletería, calzado y artículos de cuero.

4617

Intermediarios del comercio de productos alimenticios, bebidas y tabaco.

4618

Intermediarios del comercio especializados en la venta de otros productos específicos.

4619

Intermediarios del comercio de productos diversos.

4621

Comercio al por mayor de cereales, tabaco en rama, simientes y alimentos para animales.

4622

Comercio al por mayor de flores y plantas.

4623

Comercio al por mayor de animales vivos.

4624

Comercio al por mayor de cueros y pieles.

4631

Comercio al por mayor de frutas y hortalizas.

4632

Comercio al por mayor de carne y productos cárnicos.

4633

Comercio al por mayor de productos lácteos, huevos, aceites y grasas comestibles.

4634

Comercio al por mayor de bebidas.

4635

Comercio al por mayor de productos del tabaco.

4636

Comercio al por mayor de azúcar, chocolate y confitería.

4637

Comercio al por mayor de café, té, cacao y especias.

4638

Comercio al por mayor de pescados y mariscos y otros productos alimenticios.

4639

Comercio al por mayor, no especializado, de productos alimenticios, bebidas y tabaco.

4641

Comercio al por mayor de textiles.

4642

Comercio al por mayor de prendas de vestir y calzado.

4643

Comercio al por mayor de aparatos electrodomésticos.

4644

Comercio al por mayor de porcelana, cristalería y artículos de limpieza.

4645

Comercio al por mayor de productos perfumería y cosmética.

4646

Comercio al por mayor de productos farmacéuticos.

4647

Comercio al por mayor de muebles, alfombras y aparatos de iluminación.

4648

Comercio al por mayor de artículos de relojería y joyería.

4649

Comercio al por mayor de otros artículos de uso doméstico.

4651

Comercio al por mayor de ordenadores, equipos periféricos y programas informáticos.

4652

Comercio al por mayor de equipos electrónicos y de telecomunicaciones y sus componentes.

4661

Comercio al por mayor de maquinaria, equipos y suministros agrícolas.

4662

Comercio al por mayor de máquinas herramienta.

4663

Comercio al por mayor de maquinaria para la minería, la construcción y la ingeniería civil.

4664

Comercio al por mayor de maquinaria para la industria textil y de máquinas de coser y tricotar.

4665

Comercio al por mayor de muebles de oficina.

4666

Comercio al por mayor de otra maquinaria y equipo de oficina.

4669

Comercio al por mayor de otra maquinaria y equipo.

4671

Comercio al por mayor de combustibles sólidos, líquidos y gaseosos, y productos similares.

4672

Comercio al por mayor de metales y minerales metálicos.

4673

Comercio al por mayor de madera, materiales de construcción y aparatos sanitarios.

4674

Comercio al por mayor de ferretería, fontanería y calefacción.

4675

Comercio al por mayor de productos químicos.

4676

Comercio al por mayor de otros productos semielaborados.

4677

Comercio al por mayor de chatarra y productos de desecho.

4690

Comercio al por mayor no especializado.

47

Comercio al por menor, excepto de vehículos de motor y motocicletas.

4711

Comercio al por menor en establecimientos no especializados, con predominio en productos alimenticios, bebidas y tabaco.

4719

Otro comercio al por menor en establecimientos no especializados.

4721

Comercio al por menor de frutas y hortalizas en establecimientos especializados.

4722

Comercio al por menor de carne y productos cárnicos en establecimientos especializados.

4723

Comercio al por menor de pescados y mariscos en establecimientos especializados.

4724

Comercio al por menor de pan y productos de panadería, confitería y pastelería en establecimientos especializados.

4725

Comercio al por menor de bebidas en establecimientos especializados.

4726

Comercio al por menor de productos de tabaco en establecimientos especializados.

4729

Otro comercio al por menor de productos alimenticios en establecimientos especializados.

4730

Comercio al por menor de combustible para la automoción en establecimientos especializados.

4741

Comercio al por menor de ordenadores, equipos periféricos y programas informáticos en establecimientos especializados.

4742

Comercio al por menor de equipos de telecomunicaciones en establecimientos especializados.

4743

Comercio al por menor de equipos de audio y vídeo en establecimientos especializados.

4751

Comercio al por menor de textiles en establecimientos especializados.

4752

Comercio al por menor de ferretería, pintura y vidrio en establecimientos especializados.

4753

Comercio al por menor de alfombras, moquetas y revestimientos de paredes y suelos en establecimientos especializados.

4754

Comercio al por menor de aparatos electrodomésticos en establecimientos especializados.

4759

Comercio al por menor de muebles, aparatos de iluminación y otros artículos de uso doméstico en establecimientos especializados.

4761

Comercio al por menor de libros en establecimientos especializados.

4762

Comercio al por menor de periódicos y artículos de papelería en establecimientos especializados.

4763

Comercio al por menor de grabaciones de música y vídeo en establecimientos especializados.

4764

Comercio al por menor de artículos deportivos en establecimientos especializados.

4765

Comercio al por menor de juegos y juguetes en establecimientos especializados.

4771

Comercio al por menor de prendas de vestir en establecimientos especializados.

4772

Comercio al por menor de calzado y artículos de cuero en establecimientos especializados.

4773

Comercio al por menor de productos farmacéuticos en establecimientos especializados.

4774

Comercio al por menor de artículos médicos y ortopédicos en establecimientos especializados.

4775

Comercio al por menor de productos cosméticos e higiénicos en establecimientos especializados.

4776

Comercio al por menor de flores, plantas, semillas, fertilizantes, animales de compañía y alimentos para los mismos en establecimientos especializados.

4777

Comercio al por menor de artículos de relojería y joyería en establecimientos especializados.

4778

Otro comercio al por menor de artículos nuevos en establecimientos especializados.

4779

Comercio al por menor de artículos de segunda mano en establecimientos.

4781

Comercio al por menor de productos alimenticios, bebidas y tabaco en puestos de venta y en mercadillos.

4782

Comercio al por menor de productos textiles, prendas de vestir y calzado en puestos de venta y en mercadillos.

4789

Comercio al por menor de otros productos en puestos de venta y en mercadillos.

4791

Comercio al por menor por correspondencia o Internet.

4799

Otro comercio al por menor no realizado ni en establecimientos, ni en puestos de venta ni en mercadillos.

49

Transporte terrestre y por tubería.

4910

Transporte interurbano de pasajeros por ferrocarril.

4920

Transporte de mercancías por ferrocarril.

4931

Transporte terrestre urbano y suburbano de pasajeros.

4932

Transporte por taxi.

4939

tipos de transporte terrestre de pasajeros n.c.o.p.

4941

Transporte de mercancías por carretera.

4942

Servicios de mudanza.

4950

Transporte por tubería.

50

Transporte marítimo y por vías navegables interiores.

5010

Transporte marítimo de pasajeros.

5020

Transporte marítimo de mercancías.

5030

Transporte de pasajeros por vías navegables interiores.

5040

Transporte de mercancías por vías navegables interiores.

51

Transporte aéreo.

5110

Transporte aéreo de pasajeros.

5121

Transporte aéreo de mercancías.

5122

Transporte espacial.

52

Almacenamiento y actividades anexas al transporte.

5210

Depósito y almacenamiento.

5221

Actividades anexas al transporte terrestre.

5222

Actividades anexas al transporte marítimo y por vías navegables interiores.

5223

Actividades anexas al transporte aéreo.

5224

Manipulación de mercancías.

5229

Otras actividades anexas al transporte.

53

Actividades postales y de correos.

5310

Actividades postales sometidas a la obligación del servicio universal.

5320

Otras actividades postales y de correos.

55

Servicios de alojamiento.

5510

Hoteles y alojamientos similares.

5520

Alojamientos turísticos y otros alojamientos de corta estancia.

5530

Campings y aparcamientos para caravanas.

5590

Otros alojamientos.

56

Servicios de comidas y bebidas.

5610

Restaurantes y puestos de comidas.

5621

Provisión de comidas preparadas para eventos.

5629

Otros servicios de comidas.

5630

Establecimientos de bebidas.

58

Edición.

5811

Edición de libros.

5812

Edición de directorios y guías de direcciones postales.

5813

Edición de periódicos.

5814

Edición de revistas.

5819

Otras actividades editoriales.

5821

Edición de videojuegos.

5829

Edición de otros programas informáticos.

59

Actividades cinematográficas, de vídeo y de programas de televisión, grabación de sonido y edición musical.

5912

Actividades de postproducción cinematográfica, de vídeo y de programas de televisión.

5914

Actividades de exhibición cinematográfica.

5915

Actividades de producción cinematográfica y de vídeo.

5916

Actividades de producciones de programas de televisión.

5917

Actividades de distribución cinematográfica y de vídeo.

5918

Actividades de distribución de programas de televisión.

5920

Actividades de grabación de sonido y edición musical.

60

Actividades de programación y emisión de radio y televisión.

6010

Actividades de radiodifusión.

6020

Actividades de programación y emisión de televisión.

61

Telecomunicaciones.

6110

Telecomunicaciones por cable.

6120

Telecomunicaciones inalámbricas.

6130

Telecomunicaciones por satélite.

6190

Otras actividades de telecomunicaciones.

62

Programación, consultoría y otras actividades relacionadas con la informática.

6201

Actividades de programación informática.

6202

Actividades de consultoría informática.

6203

Gestión de recursos informáticos.

6209

Otros servicios relacionados con las tecnologías de la información y la informática.

63

Servicios de información.

6311

Proceso de datos, hosting y actividades relacionadas.

6312

Portales web.

6391

Actividades de las agencias de noticias.

6399

Otros servicios de información n.c.o.p.

64

Servicios financieros, excepto seguros y fondos de pensiones.

6411

Banco central.

6419

Otra intermediación monetaria.

6420

Actividades de las sociedades holding.

6430

Inversión colectiva, fondos y entidades financieras similares.

6491

Arrendamiento financiero.

6492

Otras actividades crediticias.

6499

Otros servicios financieros, excepto seguros y fondos de pensiones n.c.o.p.

65

Seguros, reaseguros y fondos de pensiones, excepto Seguridad Social obligatoria.

6511

Seguros de vida.

6512

Seguros distintos de los seguros de vida.

6520

Reaseguros.

6530

Fondos de pensiones.

66

Actividades auxiliares a los servicios financieros y a los seguros.

6611

Administración de mercados financieros.

6612

Actividades de intermediación en operaciones con valores y otros activos.

6619

Otras actividades auxiliares a los servicios financieros, excepto seguros y fondos de pensiones.

6621

Evaluación de riesgos y daños.

6622

Actividades de agentes y corredores de seguros.

6629

Otras actividades auxiliares a seguros y fondos de pensiones.

6630

Actividades de gestión de fondos.

68

Actividades inmobiliarias.

6810

Compraventa de bienes inmobiliarios por cuenta propia.

6820

Alquiler de bienes inmobiliarios por cuenta propia.

6831

Agentes de la propiedad inmobiliaria.

6832

Gestión y administración de la propiedad inmobiliaria.

69

Actividades jurídicas y de contabilidad.

6910

Actividades jurídicas.

6920

Actividades de contabilidad, teneduría de libros, auditoría y asesoría fiscal.

70

Actividades de las sedes centrales; actividades de consultoría de gestión empresarial.

7010

Actividades de las sedes centrales.

7021

Relaciones públicas y comunicación.

7022

Otras actividades de consultoría de gestión empresarial.

71

Servicios técnicos de arquitectura e ingeniería; ensayos y análisis técnicos.

7111

Servicios técnicos de arquitectura.

7112

Servicios técnicos de ingeniería y otras actividades relacionadas con el asesoramiento técnico.

7120

Ensayos y análisis técnicos.

72

Investigación y desarrollo.

7211

Investigación y desarrollo experimental en biotecnología.

7219

Otra investigación y desarrollo experimental en ciencias naturales y técnicas.

7220

Investigación y desarrollo experimental en ciencias sociales y humanidades.

73

Publicidad y estudios de mercado.

7311

Agencias de publicidad.

7312

Servicios de representación de medios de comunicación.

7320

Estudio de mercado y realización de encuestas de opinión pública.

74

Otras actividades profesionales, científicas y técnicas.

7410

Actividades de diseño especializado.

7420

Actividades de fotografía.

7430

Actividades de traducción e interpretación.

7490

Otras actividades profesionales, científicas y técnicas n.c.o.p.

75

Actividades veterinarias.

7500

Actividades veterinarias.

77

Actividades de alquiler.

7711

Alquiler de automóviles y vehículos de motor ligeros.

7712

Alquiler de camiones.

7721

Alquiler de artículos de ocio y deportivos.

7722

Alquiler de cintas de vídeo y discos.

7729

Alquiler de otros efectos personales y artículos de uso doméstico.

7731

Alquiler de maquinaria y equipo de uso agrícola.

7732

Alquiler de maquinaria y equipo para la construcción e ingeniería civil.

7733

Alquiler de maquinaria y equipo de oficina, incluidos ordenadores.

7734

Alquiler de medios de navegación.

7735

Alquiler de medios de transporte aéreo.

7739

Alquiler de otra maquinaria, equipos y bienes tangibles n.c.o.p.

7740

Arrendamiento de la propiedad intelectual y productos similares, excepto trabajos protegidos por los derechos de autor.

78

Actividades relacionadas con el empleo.

7810

Actividades de las agencias de colocación.

7820

Actividades de las empresas de trabajo temporal.

7830

Otra provisión de recursos humanos.

79

Actividades de agencias de viajes, operadores turísticos, servicios de reservas y actividades relacionadas con los mismos.

7911

Actividades de las agencias de viajes.

7912

Actividades de los operadores turísticos.

7990

Otros servicios de reservas y actividades relacionadas con los mismos.

80

Actividades de seguridad e investigación.

8010

Actividades de seguridad privada.

8020

Servicios de sistemas de seguridad.

8030

Actividades de investigación.

81

Servicios a edificios y actividades de jardinería.

8110

Servicios integrales a edificios e instalaciones.

8121

Limpieza general de edificios.

8122

Otras actividades de limpieza industrial y de edificios.

8129

Otras actividades de limpieza.

8130

Actividades de jardinería.

82

Actividades administrativas de oficina y otras actividades auxiliares a las empresas.

8211

Servicios administrativos combinados.

8219

Actividades de fotocopiado, preparación de documentos y otras actividades especializadas de oficina.

8220

Actividades de los centros de llamadas.

8230

Organización de convenciones y ferias de muestras.

8291

Actividades de las agencias de cobros y de información comercial.

8292

Actividades de envasado y empaquetado.

8299

Otras actividades de apoyo a las empresas n.c.o.p.

84

Administración Pública y defensa; Seguridad Social obligatoria.

8411

Actividades generales de la Administración Pública.

8412

Regulación de las actividades sanitarias, educativas y culturales y otros servicios sociales, excepto Seguridad Social.

8413

Regulación de la actividad económica y contribución a su mayor eficiencia.

8421

Asuntos exteriores.

8422

Defensa.

8423

Justicia.

8424

Orden público y seguridad.

8425

Protección civil.

8430

Seguridad Social obligatoria.

85

Educación.

8510

Educación preprimaria.

8520

Educación primaria.

8531

Educación secundaria general.

8532

Educación secundaria técnica y profesional.

8541

Educación postsecundaria no terciaria.

8543

Educación universitaria.

8544

Educación terciaria no universitaria.

8551

Educación deportiva y recreativa.

8552

Educación cultural.

8553

Actividades de las escuelas de conducción y pilotaje.

8559

Otra educación n.c.o.p.

8560

Actividades auxiliares a la educación.

86

Actividades sanitarias.

8610

Actividades hospitalarias.

8621

Actividades de medicina general.

8622

Actividades de medicina especializada.

8623

Actividades odontológicas.

8690

Otras actividades sanitarias.

87

Asistencia en establecimientos residenciales.

8710

Asistencia en establecimientos residenciales con cuidados sanitarios.

8720

Asistencia en establecimientos residenciales para personas con discapacidad intelectual, enfermedad mental y drogodependencia.

8731

Asistencia en establecimientos residenciales para personas mayores.

8732

Asistencia en establecimientos residenciales para personas con discapacidad física.

8790

Otras actividades de asistencia en establecimientos residenciales.

88

Actividades de servicios sociales sin alojamiento.

8811

Actividades de servicios sociales sin alojamiento para personas mayores.

8812

Actividades de servicios sociales sin alojamiento para personas con discapacidad.

8891

Actividades de cuidado diurno de niños.

8899

Otros actividades de servicios sociales sin alojamiento n.c.o.p.

90

Actividades de creación, artísticas y espectáculos.

9001

Artes escénicas.

9002

Actividades auxiliares a las artes escénicas.

9003

Creación artística y literaria.

9004

Gestión de salas de espectáculos.

91

Actividades de bibliotecas, archivos, museos y otras actividades culturales.

9102

Actividades de museos.

9103

Gestión de lugares y edificios históricos.

9104

Actividades de los jardines botánicos, parques zoológicos y reservas naturales.

9105

Actividades de bibliotecas.

9106

Actividades de archivos.

92

Actividades de juegos de azar y apuestas.

9200

Actividades de juegos de azar y apuestas.

93

Actividades deportivas, recreativas y de entretenimiento.

9311

Gestión de instalaciones deportivas.

9312

Actividades de los clubes deportivos.

9313

Actividades de los gimnasios.

9319

Otras actividades deportivas.

9321

Actividades de los parques de atracciones y los parques temáticos.

9329

Otras actividades recreativas y de entretenimiento.

94

Actividades asociativas.

9411

Actividades de organizaciones empresariales y patronales.

9412

Actividades de organizaciones profesionales.

9420

Actividades sindicales.

9491

Actividades de organizaciones religiosas.

9492

Actividades de organizaciones políticas.

9499

Otras actividades asociativas n.c.o.p.

95

Reparación de ordenadores, efectos personales y artículos de uso doméstico.

9511

Reparación de ordenadores y equipos periféricos.

9512

Reparación de equipos de comunicación.

9521

Reparación de aparatos electrónicos de audio y vídeo de uso doméstico.

9522

Reparación de aparatos electrodomésticos y de equipos para el hogar y el jardín.

9523

Reparación de calzado y artículos de cuero.

9524

Reparación de muebles y artículos de menaje.

9525

Reparación de relojes y joyería.

9529

Reparación de otros efectos personales y artículos de uso doméstico.

96

Otros servicios personales.

9601

Lavado y limpieza de prendas textiles y de piel.

9602

Peluquería y otros tratamientos de belleza.

9603

Pompas fúnebres y actividades relacionadas.

9604

Actividades de mantenimiento físico.

9609

Otras servicios personales n.c.o.p.

97

Actividades de los hogares como empleadores de personal doméstico.

9700

Actividades de los hogares como empleadores de personal doméstico.

98

Actividades de los hogares como productores de bienes y servicios para uso propio.

9810

Actividades de los hogares como productores de bienes para uso propio.

9820

Actividades de los hogares como productores de servicios para uso propio.

99

Actividades de organizaciones y organismos extraterritoriales.

9900

Actividades de organizaciones y organismos extraterritoriales.

Tabla 4: Códigos de moneda
(Ordenadas por denominación)

Código Moneda

Denominación

AFN

Afgani.

MGA

Ariary.

THB

Baht.

PAB

Balboa.

ETB

Birr.

VEF

Bolívar Fuerte.

BOB

Boliviano.

GHS

Cedi Ghanés.

KES

Chelín (Keniano).

SOS

Chelin (Somalí).

TZS

Chelín (Tanzano).

UGX

Chelín (Ugandés).

CRC

Colón (Costarricense).

SVC

Colón (Salvadoreño).

NIO

Córdoba.

CZK

Corona (Checa).

DKK

Corona (Danesa).

EEK

Corona (Estonia).

ISK

Corona (Islandesa).

NOK

Corona (Noruega).

SEK

Corona (Sueca).

GMD

Dalasi.

MKD

Denar.

XDR

Derecho especial de giro.

DZD

Dinar (Argelino).

BHD

Dinar (Bahreiní).

IQD

Dinar (Iraquí).

JOD

Dinar (Jordano).

KWD

Dinar (Kuwaití).

LYD

Dinar (Libio).

RSD

Dinar (Serbio).

TND

Dinar (Tunecino).

AED

Dirham (Emiratounidense).

MAD

Dirham (Marroquí).

STD

Dobra.

AUD

Dólar (Australiano).

BSD

Dólar (Bahameño).

BBD

Dólar (Barbadense).

BZD

Dólar (Belizeño).

BMD

Dólar (Bermudeño).

BND

Dólar (Bruneano).

KYD

Dólar (Caimanés).

CAD

Dólar (Canadiense).

XCD

Dólar (del Caribe Oriental).

USD

Dólar (Estadounidense).

FJD

Dólar (Fiyiano).

GYD

Dólar (Guyanés).

HKD

Dólar (Hongkonés).

JMD

Dólar (Jamaicano).

LRD

Dólar (Liberiano).

NAD

Dólar (Namibio).

NZD

Dólar (Neozelandés).

SBD

Dólar (Salomonense).

SGD

Dólar (Singapurense).

SRD

Dólar (Surinamés).

TWD

Dólar (Taiwanés).

TTD

Dólar (Trinitense).

ZWL

Dólar (Zimbabuense).

ZWR

Dólar (Zimbabuense) (hasta 30-6-2009).

VND

Dong.

AMD

Dram.

XEU

Ecu.

CVE

Escudo.

EUR

Euro.

ANG

Florín (Antillano).

AWG

Florín (Arubeño).

HUF

Forint.

BIF

Franco (Burundés).

XOF

Franco (CFA Occidental).

XAF

Franco (CFA).

XPF

Franco (CFP).

KMF

Franco (Comorano).

CDF

Franco (Congoleño).

GNF

Franco (Guineano).

RWF

Franco (Ruandés).

CHF

Franco (Suizo).

DJF

Franco (Yibutiense).

HTG

Gourde.

UAH

Grivna.

PYG

Guaraní.

PGK

Kina.

LAK

Kip.

HRK

Kuna.

MWK

Kwacha (Malawiano).

ZMK

Kwacha (Zambiano).

AOA

Kwanza.

MMK

Kyat.

GEL

Lari.

LVL

Lats.

ALL

Lek.

HNL

Lempira.

SLL

Leone.

MDL

Leu (Moldovo).

RON

Leu (Rumano).

BGN

Lev.

FKP

Libra (de las Islas Malvinas).

SHP

Libra (de Santa Elena).

EGP

Libra (Egipcia).

GBP

Libra (Esterlina).

GIP

Libra (Gibraltareña).

LBP

Libra (Libanesa).

SYP

Libra (Siria).

SDG

Libra (Sudanesa).

SZL

Lilangeni.

TRY

Lira (Turca).

LTL

Litas.

LSL

Loti.

AZN

Manat (Azerbaiyano).

TMM

Manat (Turcomano) (hasta 31-12-2009).

BAM

Marco convertible.

NGN

Naira.

ERN

Nakfa.

BTN

Ngultrum.

TMT

Nuevo Manat (Turcomano).

MZN

Nuevo Metical.

MRO

Ouguiya.

TOP

Pa’anga.

MOP

Pataca.

ARS

Peso (Argentino).

CLP

Peso (Chileno).

COP

Peso (Colombiano).

CUP

Peso (Cubano).

DOP

Peso (Dominicano).

PHP

Peso (Filipino).

MXN

Peso (Mexicano).

UYU

Peso (Uruguayo).

BWP

Pula.

GTQ

Quetzal.

ZAR

Rand.

BRL

Real.

IRR

Rial (Iraní).

OMR

Rial (Omaní).

QAR

Rial (Qatarí).

KHR

Riel.

MYR

Ringgit.

SAR

Riyal (Saudí).

YER

Riyal (Yemení).

BYR

Rublo (Bielorruso).

RUB

Rublo (Ruso).

MVR

Rufiyaa.

LKR

Rupia (Ceilandesa).

INR

Rupia (India).

IDR

Rupia (Indonesia).

MUR

Rupia (Mauriciana).

NPR

Rupia (Nepalí).

PKR

Rupia (Pakistaní).

SCR

Rupia (Seychellense).

ILS

Sheqel.

PEN

Sol.

KGS

Som.

TJS

Somoni.

UZS

Sum.

BDT

Taka.

WST

Tala.

KZT

Tenge.

MNT

Tugrik.

COU

Unidad de valor real.

VUV

Vatu.

KPW

Won (Norcoreano).

KRW

Won (Surcoreano).

JPY

Yen.

CNY

Yuan Renminbi.

PLN

Zloty.

Tabla 5: Códigos de Comunidad Autónoma
(Orden por nombre)

Código

Comunidad Autónoma

01

Andalucía.

02

Aragón.

03

Asturias.

05

Canarias.

06

Cantabria.

08

Castilla-La Mancha.

07

Castilla y León.

09

Cataluña.

18

Ceuta y Melilla.

10

Comunidad Valenciana.

11

Extremadura.

12

Galicia.

04

Illes Balears.

17

La Rioja.

13

Madrid.

14

Murcia.

15

Navarra.

16

País Vasco.

90

Todo el territorio nacional.

(Orden por código)

Código

Comunidad Autónoma

01

Andalucía.

02

Aragón.

03

Asturias.

04

Illes Balears.

05

Canarias.

06

Cantabria.

07

Castilla y León.

08

Castilla-La Mancha.

09

Cataluña.

10

Comunidad Valenciana.

11

Extremadura.

12

Galicia.

13

Madrid.

14

Murcia.

15

Navarra.

16

País Vasco.

17

La Rioja.

18

Ceuta y Melilla.

90

Todo el territorio nacional.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 18/06/2009
  • Fecha de publicación: 30/06/2009
  • Fecha de entrada en vigor: 01/07/2009
  • Fecha de derogación: 01/09/2010
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

Referencias anteriores
  • MODIFICA los anexos I y II de la Resolución de 3 de abril de 2008 (Ref. BOE-A-2008-7290).
  • DE CONFORMIDAD con la Orden de 28 de mayo de 2001 (Ref. BOE-A-2001-10570).
Materias
  • Comercio
  • Dirección General de Comercio e Inversiones
  • Formularios administrativos
  • Información
  • Inversiones
  • Inversiones extranjeras

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid