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Documento BOE-A-2008-11508

Conflicto positivo de competencia número 4821-2008, en relación con diversos preceptos del Real Decreto 227/2008, de 15 de febrero, por el que se establece la normativa básica referente a los paneles de catadores de aceite de oliva virgen.

Publicado en:
«BOE» núm. 164, de 8 de julio de 2008, páginas 29773 a 29773 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Tribunal Constitucional
Referencia:
BOE-A-2008-11508

TEXTO ORIGINAL

El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 1 de julio actual, ha admitido a trámite el conflicto positivo de competencia número 4821-2008, promovido por el Gobierno de Cataluña, en relación con los artículos 1, 3.b), 6, 7 y disposición adicional única, apartado 2, del Real Decreto 227/2008, de 15 de febrero, por el que se establece la normativa básica referente a los paneles de catadores de aceite de oliva virgen.

Madrid, 1 de julio de 2008.-La Secretaria de Justicia del Pleno, Herminia Palencia Guerra.

ANÁLISIS

  • Rango: Providencia
  • Fecha de disposición: 01/07/2008
  • Fecha de publicación: 08/07/2008
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DICTA en el mismo y SE DECLARA que el art.1.2, no vulnera las competencias de la Comunidad Autonóma de Cataluña y la DESESTIMACIÓN de todo lo demás, por Sentencia 74/2014, de 8 de mayo (Ref. BOE-A-2014-5903).
Referencias anteriores
  • Conflicto promovido en relación con los arts. 1, 3.b), 6, 7 y la disposición adicional única del Real Decreto 227/2008, de 15 de febrero (Ref. BOE-A-2008-4209).
Materias
  • Aceites vegetales
  • Alimentación
  • Conflictos de Competencia
  • Laboratorios

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