La disposición transitoria primera de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la carrera militar, establece que continuarán en vigor las plantillas aprobadas por el Real Decreto 1311/2004, de 28 de mayo, por el que se fijan las plantillas reglamentarias de cuadros de mando de las Fuerzas Armadas para el período 2004-2009. Igualmente faculta al Ministro de Defensa para fijar las plantillas de oficiales generales y coroneles para los ciclos 2007-2008 y 2008-2009. El artículo 16.2 de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, establece que existirá una plantilla específica de oficiales generales para dotar los puestos asignados a los distintos cuerpos militares y una plantilla indistinta para dotar los puestos en los órganos centrales, incluido el Estado Mayor de la Defensa, y en los demás organismos del Ministerio de Defensa, que no estén expresamente asignados a un cuerpo determinado. En la plantilla indistinta estarán incluidos los puestos que se puedan ocupar en la Presidencia del Gobierno y, si se trata de puestos orgánicos relacionados con la seguridad y defensa, en otros departamentos ministeriales, dejando de existir la plantilla adicional máxima de oficiales generales establecida en la Ley 17/1999, de 18 de mayo, de Régimen del Personal de las Fuerzas Armadas. Con la aprobación de la Orden DEF/4/2008, de 11 de enero, se fijaron las plantillas reglamentarias de oficiales generales y coroneles de las Fuerzas Armadas para el ciclo 2007-2008, iniciando los ajustes para alcanzar los efectivos previstos en la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, siendo necesario continuar con dichos ajustes en cumplimiento de lo establecido en la disposición transitoria primera de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la carrera militar. En su virtud, dispongo:
Apartado único. Aprobación de plantillas. 1. La plantilla específica de oficiales generales y la plantilla de coroneles para el ciclo 2008-2009 son las que figuran en el anexo a esta orden ministerial.
2. La plantilla indistinta de oficiales generales para el ciclo 2008-2009 será de 48.
Se modifica el punto 1 del apartado único de la Orden DEF/4/2008, de 11 de enero, por la que se fijan las plantillas reglamentarias de oficiales generales y coroneles de las Fuerzas Armadas para el ciclo 2007-2008, en lo que se refiere a la plantilla específica de oficiales generales del Cuerpo General del Ejército del Aire, en el sentido de que la plantilla de teniente general y general de división será de 4 y 12, respectivamente.
La presente orden ministerial entrará en vigor el día 1 de julio de 2008, salvo lo establecido en su disposición final primera, que surtirá efectos desde el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 20 de junio de 2008.-La Ministra de Defensa, P.S. (Real Decreto 860/2008, de 19 de mayo), el Ministro del Interior, Alfredo Pérez Rubalcaba.
ANEXO A. Ejército de Tierra |
|||
Cuerpo General de las Armas |
Cuerpo de Intendencia |
Cuerpo de Ingenieros Politécnicos |
|
General de Ejército |
1 |
||
Teniente General |
8 |
||
General de División |
19 |
1 |
1 |
General de Brigada |
53 |
6 |
2 |
Coronel |
542 |
55 |
25 |
B. Armada |
||||
Cuerpo General |
Cuerpo de Infantería de Marina |
Cuerpo de Intendencia |
Cuerpo de Ingenieros |
|
Almirante General |
1 |
|||
Almirante |
4 |
|||
Vicealmirante/General de División |
8 |
1 |
1 |
1 |
Contralmirante/General de Brigada |
13 |
3 |
3 |
3 |
Capitán de Navío/Coronel |
145 |
39 |
38 |
26 |
C. Ejército del Aire |
|||
Cuerpo General |
Cuerpo de Intendencia |
Cuerpo de Ingenieros |
|
General del Aire |
1 |
||
Teniente General |
4 |
||
General de División |
12 |
1 |
1 |
General de Brigada |
15 |
2 |
2 |
Coronel |
153 |
25 |
19 |
D. Cuerpos Comunes de las Fuerzas Armadas |
||||
Cuerpo Jurídico Militar |
Cuerpo Militar de Intervención |
Cuerpo Militar de Sanidad |
Cuerpo de Músicas Militares |
|
General de División/General Consejero Togado |
3 |
3 |
3 |
|
General de Brigada/General Auditor |
8 |
4 |
8 |
|
Coronel |
29 |
25 |
103 |
1 |
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid