El Real Decreto 1334/2006, de 21 de noviembre, modifica el Real Decreto 1477/2004, de 18 de junio, que desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Medio Ambiente, otorgando a la Oficina Española de Cambio Climático el nivel orgánico de Dirección General, pasando a denominarse ésta Dirección General de la Oficina Española de Cambio Climático. En consecuencia, se hace necesario adaptar la Orden MAM/224/2005, de 28 de enero, sobre delegación de competencias del Ministerio de Medio Ambiente, a lo establecido en ese Real Decreto, de modo que la nueva Dirección General de la Oficina Española de Cambio Climático pueda realizar adecuadamente las tareas que le son propias. En particular, es preciso delegar en la nueva Dirección General determinadas atribuciones en materia de contratación y gestión del presupuesto, por razones de eficacia, agilidad y coordinación de los servicios. Por ello, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, resuelvo:
Primero.-Modificación de la Orden MAM/224/2005, de 28 de enero, sobre delegación de competencias del Ministerio de Medio Ambiente. Uno. Se modifica el número 1.3.3 del apartado primero «Contratación», que pasa a tener la siguiente redacción: «1.3.3 En la Directora General de la Oficina Española de Cambio Climático, para los contratos cuyo importe no exceda de 2.000.000 euros.»
Dos. Se introduce un nuevo número 1.3.4, en el apartado primero «Contratación», con la siguiente redacción:
«1.3.4 En el Secretario General para la Prevención de la Contaminación y el Cambio Climático, para los contratos cuyo importe no exceda de 4.500.000 euros, salvo lo establecido en los epígrafes 1.3.1, 1.3.2 y 1.3.3.»
Tres. Se modifica el número 1.3.3 del apartado tercero «Gestión y ejecución del presupuesto», que pasa a tener la siguiente redacción:
«1.3.3 En la Directora General de la Oficina Española de Cambio Climático, para los contratos cuyo importe no exceda de 2.000.000 euros.»
Cuatro. Se introduce un nuevo apartado 1.3.4, en el apartado tercero «Gestión y ejecución del presupuesto» con la siguiente redacción:
«1.3.4 En el Secretario General para la Prevención de la Contaminación y el Cambio Climático, para los contratos cuyo importe no exceda de 4.500.000 euros, salvo lo establecido en los epígrafes 1.3.1, 1.3.2 y 1.3.3.»
Cinco. Se introduce un nuevo apartado 2.3.4, en el apartado tercero «Gestión y ejecución del presupuesto» con la siguiente redacción:
«2.3.4 En la Directora General de la Oficina Española de Cambio Climático, para los créditos del servicio 10.»
Segundo. Eficacia de la delegación.
Esta Orden surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Madrid, 20 de marzo de 2007.-La Ministra de Medio Ambiente, Cristina Narbona Ruiz.
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