El Real Decreto 1618/2007, de 7 de diciembre, sobre organización y funcionamiento del Fondo de Garantía del Pago de Alimentos establece en su artículo 12.1 que las solicitudes de reconocimiento de anticipo deberán formalizarse en el modelo oficial que, a tal efecto, apruebe la Dirección General de Costes de Personal y Pensiones Públicas y que se publicará en el «Boletín Oficial del Estado».
En virtud de esta previsión, esta Dirección General acuerda aprobar el modelo de solicitud de anticipo del Fondo de Garantía del Pago de Alimentos, que figura como Anexo de la presente resolución.
Madrid, 17 de diciembre de 2007.-La Directora General de Costes de Personal y Pensiones Públicas, Carmen Román Riechmann.
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