Enmiendas al anexo del Convenio Internacional para la Regulación de la Pesca de la Ballena, adoptadas en la 58.ª Reunión Anual de la Comisión Ballenera Internacional, celebrada en San Cristóbal y Nieves del 16 al 20 de junio de 2006.
En la 58.ª Reunión Anual de la Comisión Ballenera Internacional, celebrada en San Cristóbal y Nieves del 16 al 20 de junio de 2006, se aprobaron las siguientes enmiendas del anexo (modificaciones en negrilla): Párrafos 11 y 12 y Cuadros 1, 2 y 3: Sustitución de las fechas por: Temporada pelágica 2006/2007, temporada costera 2007, temporada 2007 ó 2007, según proceda.
Las presentes enmiendas han entrado en vigor el 4 de octubre de 2006.
Lo que se hace público para conocimiento general.
Madrid, 18 de enero de 2007.-El Secretario General Técnico del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, Francisco Fernández Fábregas.
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