Advertidos errores en la Resolución de 23 de mayo de 2007, del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, por la que se publica el Acuerdo de Consejo de Ministros, por el que se aprueba el marco de cooperación interadministrativa y criterios de reparto de créditos de la Administración General del Estado para la financiación del nivel acordado, previsto en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en Situación de Dependencia, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 132, de 2 de junio de 2007, se procede a efectuar las oportunas rectificaciones:
En la página 24214, columna derecha, primer párrafo, donde dice: «Por otra parte, para la aplicación de estos criterios se ha convenido utilizar como referencia la Ley 21/2001, por la que se regulan las medidas fiscales y administrativas del nuevo sistema de financiación de las Comunidades Autónomas de régimen común y Ciudades con Estatutos de Autonomía, adecuando las ponderaciones a las peculiaridades de la Ley 39/2006.» Debe decir: «Por otra parte, para la aplicación de estos criterios, que tendrán validez para el año 2007 y se revisarán para el año 2008, se ha convenido utilizar como referencia las ponderaciones de la Ley 21/2001, por la que se regulan las medidas fiscales y administrativas del nuevo sistema de financiación de las Comunidades Autónomas de régimen común y Ciudades con Estatuto de Autonomía, adecuándose a las peculiaridades de la Ley 39/2006.» En la página 24217, columna izquierda, epígrafe 3, a continuación del primer párrafo donde dice: «Fondo general: Dotado con 200.000.000 €.», debe decir: «Fondo general: Dotado con 200.000.000 de €, incluye el fondo de infraestructuras.» En la página 24217, columna izquierda, epígrafe 4, punto 1, donde dice: «1. Teniendo en cuenta lo establecido en el proyecto de Real Decreto.../2007, de... mayo, sobre el nivel mínimo de protección del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia garantizado por la Administración General del Estado, las cantidades a financiar por beneficiario y mes serán 250 € para el grado III, nivel 2, y 170 para el grado III, nivel 1. La liquidación se realizará mensualmente, en función de los datos de reconocimiento efectivo del derecho a las prestaciones de la Ley.» Debe decir: «1. Teniendo en cuenta lo establecido en el Real Decreto 614/2007, de 11 de mayo («BOE» número 114, de 12 de mayo), sobre el nivel mínimo de protección del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia garantizado por la Administración General del Estado, las cantidades a financiar por beneficiario y mes serán: 250 € para el grado III, nivel 2, y 170 para el grado III, nivel 1. La liquidación se realizará mensualmente, en función de los datos de reconocimiento efectivo del derecho a las prestaciones de la Ley.» En la página 24217, en el anexo de la resolución donde dice: «Fondo general: 20.000.000 de euros.», debe decir: «Fondo general: 200.000.000 de euros».
La parte del anexo de la resolución correspondiente a la página 24218 debe ser sustituida en su totalidad por lo siguiente:
Fondo adicional: 20.000.000 de euros |
||
Renta + Pensiones - Porcentaje |
Distribución del crédito - |
|
Andalucía |
18,2049 |
3.640.989 |
Aragón |
3,4506 |
690.116 |
Asturias (Principado de) |
2,6390 |
527.800 |
Balears (Illes) |
2,0509 |
410.181 |
Canarias |
3,3235 |
664.708 |
Cantabria |
1,4721 |
294.411 |
Castilla y León |
7,7820 |
1.556.397 |
Castilla-La Mancha |
5,3306 |
1.066.114 |
Cataluña |
14,3637 |
2.872.738 |
Comunidad Valenciana |
10,6462 |
2.129.243 |
Extremadura |
3,3352 |
667.048 |
Galicia |
9,5299 |
1.905.977 |
Madrid (Comunidad de) |
9,1046 |
1.820.920 |
Murcia (Región de) |
2,9945 |
598.903 |
Navarra (Comunidad Foral de) |
1,2628 |
252.554 |
País Vasco |
3,5123 |
702.465 |
Rioja (La) |
0,7522 |
150.446 |
Ceuta |
0,1266 |
25.319 |
Melilla |
0,1183 |
23.669 |
Total |
100,0000 |
20.000.000 |
Crédito total nivel acordado: 220.000.000 de euros |
||
Distribución global |
Índice resultante |
|
Andalucía |
36.246.571 |
16,4757 |
Aragón |
8.380.326 |
3,8092 |
Asturias (Principado de) |
7.171.802 |
3,2599 |
Balears (Illes) |
4.405.561 |
2,0025 |
Canarias |
7.709.606 |
3,5044 |
Cantabria |
3.384.477 |
1,5384 |
Castilla y León |
17.800.171 |
8,0910 |
Castilla-La Mancha |
11.644.976 |
5,2932 |
Cataluña |
32.393.438 |
14,7243 |
Comunidad Valenciana |
21.277.833 |
9,6717 |
Extremadura |
6.638.864 |
3,0177 |
Galicia |
18.753.108 |
8,5241 |
Madrid (Comunidad de) |
23.403.848 |
10,6381 |
Murcia (Región de) |
5.860.220 |
2,6637 |
Navarra (Comunidad Foral de) |
3.223.905 |
1,4654 |
País Vasco |
9.555.786 |
4,3435 |
Rioja (La) |
1.633.434 |
0,7425 |
Ceuta |
266.657 |
0,1212 |
Melilla |
249.418 |
0,1134 |
Total |
220.000.000 |
100,0000 |
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