El Real Decreto 439/1990, de 30 de marzo, por el que se regula el Catálogo Nacional de Especies Amenazadas, aprobado en desarrollo de la Ley 4/1989, de 27 de marzo, de Conservación de los Espacios Naturales y de la Flora y Fauna Silvestres, establece en sus artículos 4 y 5, que la inclusión o exclusión de una especie, subespecie o población en el citado Catálogo, así como el cambio de categoría dentro del mismo, se realizará mediante Orden ministerial, previo informe de la Comisión Nacional de Protección de la Naturaleza. A su vez el Real Decreto 2488/1994, de 23 de diciembre, por el que se determinan las funciones de la Comisión Nacional de Protección de la Naturaleza, en su artículo 2, d) 1, establece que este órgano ejercerá la función, entre otras, de proponer la catalogación, descatalogación o cambio de categoría de las especies, subespecies o poblaciones incluidas en el Catálogo Nacional de Especies Amenazadas. De acuerdo con lo anterior, las modificaciones del citado Catálogo que se contemplan en esta Orden, fueron aprobadas por la Comisión Nacional de Protección de la Naturaleza en su reunión del día 29 de junio de 2005, según propuesta previamente presentada y debatida por el Comité de Flora y Fauna Silvestres en su reunión del 16 de junio de 2005 y una vez aplicados los criterios de catalogación aprobados por la Comisión Nacional de Protección de la Naturaleza el 17 de marzo de 2004. Esta modificación del Catálogo Nacional supone la inclusión de tres especies de flora. Dos de ellas, «Luronium natans» y «Marsilea batardae» (Trébol de cuatro hojas) en la categoría «en peligro de extinción». La primera por ser una planta acuática con poblaciones reducidas y área de distribución muy fragmentada y la segunda por ser un helecho endémico del cuadrante suroccidental de la Península Ibérica, con un área de distribución muy restringida y asociada a un hábitat en franca regresión. Por último se cataloga «Erodium paularense» (Geranio del Paular o Erodio de Cañamares) en la categoría «vulnerable» por ser una especie endémica con área de distribución reducida y tener unas características biológicas limitantes. Por otro lado, seis especies de aves cambian de la categoría «de interés especial» a otras de mayor amenaza. «Dendrocopos leucotos» (Pico dorsiblanco), la población reproductora de «Uria aalge» (Arao común) y la población canaria de «Neophron percnopterus» (Alimoche) pasan a la máxima categoría «en peligro de extinción», el Pico dorsiblanco por contar con una población muy reducida; la población reproductora del Arao común por haber sufrido una drástica reducción en los últimos años cercana al 100% y la población canaria de Alimoche por haber sufrido un declive poblacional de, al menos, un 40%, mientras que la población de la Península y Baleares de Alimoche pasa a la categoría «vulnerable» por haber sido su declive de, al menos un 20%, en el último medio siglo. «Lagopus mutus pyrenaicus» (Perdiz nival), «Pandion haliaetus» (Águila pescadora) y la población de la Península de «Milvus milvus» (Milano real) pasan a la categoría «vulnerable», la Perdiz nival por contar con efectivos y área de ocupación muy reducidos, el Águila pescadora por haber sufrido una disminución significativa de estas dos variables en el último medio siglo y la población peninsular de Milano real por haber sufrido un declive de, al menos, un 20% en los últimos 50 años. Por todo lo anterior, a propuesta de la Comisión Nacional de Protección de la Naturaleza, y en virtud de lo establecido en el artículo 5 del Real Decreto 439/1990, de 30 de marzo, por el que se regula el Catálogo Nacional de Especies Amenazadas, dispongo:
Primero.-Se incluyen en el Catálogo Nacional de Especies Amenazadas, las especies que figuran en el anexo I de la presente Orden.
Segundo.-Cambian de categoría, dentro del Catálogo Nacional de Especies Amenazadas, las especies que figuran en el anexo II de la presente Orden.
Tercero.-La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 26 de abril de 2006.
NARBONA RUIZ
ANEXO I Taxones incluidos en el Catálogo
Especies catalogadas en la categoría «En peligro de extinción»
Nombre común |
Nombre científico |
a) Flora: |
|
- |
«Luronium natans». |
Trébol de cuatro hojas. |
«Marsilea batardae». |
Geranio del Paular o Erodio de Cañamares. |
«Erodium paularense». |
ANEXO II Taxones que cambian de categoría
Especies que cambian a la categoría «En peligro de extinción»
Nombre común |
Nombre científico |
Categoría anterior |
Población |
b) Vertebrados: |
|||
Aves: |
|||
Pico dorsiblanco. |
«Dendrocopos leucotos». |
De interés especial. |
- |
Arao común. |
«Uria aalge». |
De interés especial. |
Reproductora. |
Alimoche. |
«Neophron percnopterus». |
De interés especial. |
Canarias. |
Taxones que cambian a la categoría «Vulnerable»
Nombre común |
Nombre científico |
Categoría anterior |
Poblaciones |
b) Vertebrados: |
|||
Aves: |
|||
Perdiz nival. |
«Lagopus mutus pyrenaicus». |
De interés especial. |
- |
Milano real. |
«Milvus milvus». |
De interés especial. |
Península. |
Alimoche. |
«Neophron percnopterus». |
De interés especial. |
Península y Baleares. |
Águila pescadora. |
«Pandion haliaetus». |
De interés especial. |
- |
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid