Los ingresos procedentes de las prestaciones que los visitantes del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía deben satisfacer por el acceso a la colección permanente exhibida en ellos y al resto de servicios del museo tienen la naturaleza de precios públicos, al amparo de lo dispuesto en la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos. De acuerdo con lo previsto en el artículo 25 de la citada ley, los precios públicos se determinarán a un nivel que cubra, como mínimo, los costes económicos originados por la realización de las actividades o la prestación de los servicios, o a un nivel que resulte equivalente a la utilidad derivada de los mismos. El artículo 22.2 del Reglamento de Museos de titularidad estatal y del Sistema Español de Museos, aprobado por Real Decreto 620/1987, de 10 de abril, dispone, respecto al régimen general de acceso, que los precios de entrada a los museos de titularidad estatal se aprobarán por orden. El precio de entrada al Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía ha estado regulado hasta la fecha en la Orden del Ministerio de Cultura, de 28 de junio de 1994, modificada por las Órdenes de 11 de octubre de 1996, 8 de octubre de 1998, Orden ECD/2618/2002, de 22 de octubre y Orden ECD/3156/2003, de 10 de noviembre. En la actualidad, la mejora en la prestación de servicios por parte del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía y la oferta de nuevas prestaciones tras la apertura de los espacios resultantes de su ampliación, aconsejan la modificación de la cuantía del precio público de entrada para adaptarlo a la evolución de los costes derivados de las actividades del museo. La citada modificación así como la solicitud de autorización al Ministerio de Cultura para el establecimiento de los nuevos precios, ha sido acordada por el pleno del Real Patronato del museo. En consecuencia, se hace necesaria la derogación parcial de la referida Orden de 28 de junio de 1994, en lo relativo al precio de entrada al Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía y la autorización del establecimiento de dicho precio al citado museo de conformidad con lo previsto en el artículo 26 b) de la Ley 8/1989, de 13 de abril. En virtud de lo expuesto, dispongo:
Primero. Modificación de la Orden del Ministerio de Cultura, de 28 de junio de 1994.-Queda derogada la previsión referida al precio de entrada al Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía contenida en el apartado primero, en relación con el Anexo, de la Orden del Ministerio de Cultura, de 28 de junio de 1994, por la que se regula la visita pública a los museos de titularidad estatal adscritos al Ministerio de Cultura.
Se autoriza al Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía a la fijación de un precio de entrada al museo de seis euros por día, y de nueve euros en los casos de entrada con reserva previstos en el párrafo segundo del apartado primero de dicha orden.
Segundo. Entrada en vigor.-La presente orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 3 de mayo de 2006.
CALVO POYATO
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