La Resolución 4B0/38020/2006, de 21 de febrero, (B.O.E. n.º 57, de 08 de marzo) regula actualmente la delegación de competencias en el ámbito del citado Instituto.
Mediante la citada Resolución se delegaron competencias en materia de bajas de beneficiarios que tengan su causa en la pérdida de las condiciones exigidas a los Delegados Regionales, Especiales, Provinciales y Jefes de Oficinas Delegadas.
Estando prevista la implantación de un sistema de cruce de datos en tiempo real con la Tesorería General de la Seguridad Social, resulta conveniente centralizar las bajas derivadas de esos cruces en la Subdirección de Prestaciones del Instituto, al realizarse el indicado cruce por los servicios centrales del mismo, lo que redundará en una mayor agilidad administrativa.
En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, dispongo:
Se modifican los siguientes apartados de la Resolución 4B0/38020/2006, de 21 de febrero, sobre delegación de competencias en el ámbito del Instituto Social de las Fuerzas Armadas, que pasarán a tener la siguiente redacción:
«Apartado primero d): La gestión y resolución de los procedimientos de afiliación no expresamente atribuidos a otros órganos de este Instituto, y los que se deriven de los datos facilitados on-line por la Tesorería General de la Seguridad Social y el Instituto Nacional de la Seguridad Social:
Apartado quinto e) 4): Por pérdida de las condiciones exigidas, excepto en los supuestos previstos en el apartado Primero d) de la presente Resolución.»
La presente Resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 12 de abril de 2006.-La Secretaria General Gerente, Carmen Briones González.
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