Está Vd. en

Documento BOE-A-2006-6240

Acuerdo Multilateral M-171 en virtud de la Sección 1.5.1 del Acuerdo Europeo sobre transporte internacional de mercancías peligrosas por carretera (ADR) sobre el transporte a granel en vehículos cubiertos de materias sólidas de las clases 6.1 y 8 del grupo de embalaje III, hecho en Madrid el 27 de enero de 2006.

Publicado en:
«BOE» núm. 83, de 7 de abril de 2006, páginas 13598 a 13598 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación
Referencia:
BOE-A-2006-6240
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/ai/2006/01/27/(2)

TEXTO ORIGINAL

Número de orden M-171
ACUERDO MULTILATERAL ADR M 171
En virtud de la sección 1.5.1 del ADR sobre el transporte a granel en vehículos cubiertos de materias sólidas de las clases 6.1 y 8, del grupo de embalaje III

(1) Como excepción a las disposiciones del párrafo 7.3.1.1 b) del Anexo A del ADR, las materias sólidas de las clases 6.1 y 8, grupo de embalaje III, afectadas por la disposición especial VV9b en la columna (17) de la Tabla A del capítulo 3.2, se pueden transportar a granel en las condiciones previstas por la disposición especial VV9a de la sección 7.3.3. (2) Son de aplicación el resto de las disposiciones del ADR relativas al transporte de estas materias. (3) Además de las indicaciones dispuestas en el ADR, el expedidor deberá indicar en el documento de transporte lo siguiente:

«Transporte conforme a los términos de la sección 1.5.1 del ADR (ADR M171).»

(4) Este acuerdo se aplicará a los transportes entre los territorios de las partes contratantes del ADR que lo hayan firmado hasta el 31 de diciembre de 2006, a no ser que sea revocado por uno de los firmantes, en cuyo caso seguirá siendo aplicable únicamente a los transportes entre los territorios de las partes contratantes del ADR que lo hayan firmado y no lo hayan revocado, hasta esa fecha. Madrid, 27 de enero de 2006.-La autoridad competente para el ADR en España, Juan Miguel Sánchez García, Director General de Transportes por Carretera.

El presente Acuerdo ha sido firmado por las Autoridades competentes del ADR de:

Alemania.

Austria. Bélgica. España. Francia. Noruega. República Checa. Suecia.

Lo que se hace público para conocimiento general.

Madrid, 28 de marzo de 2006.-El Secretario General Técnico, Francisco Fernández Fábregas.

ANÁLISIS

  • Rango: Acuerdo Internacional
  • Fecha de disposición: 27/01/2006
  • Fecha de publicación: 07/04/2006
  • Fecha Resolución Ministerio de Asuntos Exteriores: 28 de marzo de 2006.
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con la sección 1.5.1 del anexo A del Acuerdo de 30 de septiembre de 1957, texto revisado (ADR) (Ref. BOE-A-2005-1076).
Materias
  • Acuerdos internacionales
  • Comisión Económica para Europa de las Naciones Unidas CEPE
  • Mercancías peligrosas
  • Transporte de mercancías
  • Transportes internacionales
  • Transportes por carretera

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid