En la cuestión de ilegalidad n.º 6/2004, planteada por la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, la Sala Tercera (Sección Séptima) del Tribunal Supremo ha dictado sentencia, en fecha 19 de enero de 2006, que contiene el siguiente fallo:
Que estimando totalmente la cuestión de ilegalidad planteada por la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en relación con el artículo 34 c) del Real Decreto 249/1996, de 16 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de los Cuerpos de Oficiales, Auxiliares y Agentes al servicio de la Administración de Justicia, en la medida en que al regular la excedencia voluntaria por interés particular, determina que «en tal situación no podrá permanecer más de diez años continuados», anulamos el inciso «mas de diez años continuados» por ser contrario a derecho y lo dejamos sin efecto.
A los efectos previstos en el artículo 126-3 de la Ley 29/98 comuníquese esta sentencia al órgano jurisdiccional que promovió la cuestión de ilegalidad.
Publíquese la parte dispositiva de esta sentencia, de conformidad con lo previsto en el artículo 72-2 de la Ley 29/1998, en el «Boletín Oficial del Estado».
Así por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.
Presidente: Excmo. Sr. D. Juan José González Rivas; Magistrados: Excmo. Sr. D. Nicolás Maurandi Guillén; Excmo. Sr. D. Pablo Lucas Murillo de la Cueva; Excmo. Sr. D. José Díaz Delgado; Excmo. Sr. D. Eduardo Calvo Rojas.
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