Está Vd. en

Documento BOE-A-2006-3374

Corrección de errores del Real Decreto 1454/2005, de 2 de diciembre, por el que se modifican determinadas disposiciones relativas al sector eléctrico.

Publicado en:
«BOE» núm. 48, de 25 de febrero de 2006, páginas 7773 a 7773 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Referencia:
BOE-A-2006-3374
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/2005/12/02/1454/corrigendum/20060225

TEXTO ORIGINAL

Advertidos errores en el texto del Real Decreto 1454/2005, de 2 de diciembre, por el que se modifican determinadas disposiciones relativas al sector eléctrico, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 306, de 23 de diciembre, se procede a efectuar las oportunas modificaciones:

En la página 41899, primera columna, en el apartado seis, donde dice: «a) Ser titular de instalaciones válidamente inscritas en el Registro Administrativo de Instalaciones de Producción de Energía Eléctrica o acreditar la correspondiente representación mediante poder notarial o estar inscrito en el Registro Administrativo de Distribuidores, Comercializadores y Consumidores, según corresponda. Ambos Registros incluirán una sección especial en la que habrán de quedar inscritos los agentes externos atendiendo a su naturaleza, o acreditar la calidad de representante de alguno de los sujetos anteriores a través del correspondiente poder notarial», debe decir: «a) Ser titular de instalaciones válidamente inscritas en el Registro Administrativo de Instalaciones de Producción de Energía Eléctrica o estar inscrito en el Registro Administrativo de Distribuidores, Comercializadores y Consumidores, según corresponda, o acreditar la calidad de representante de alguno de los sujetos anteriores a través del correspondiente poder notarial. Ambos Registros incluirán una sección especial en la que habrán de quedar inscritos los agentes externos atendiendo a su naturaleza.»

En la página 41901, primera columna, en el tercer párrafo, donde dice: «3. ...», debe decir «4. ...». En la página 41915, segunda columna, disposición transitoria octava, donde dice: «... para adaptarse a lo dispuesto en el apartado 2.Uno del anexo II», debe decir: «... para adaptarse a lo dispuesto en los apartados 1. Uno y 2. Uno del anexo II». En la página 41916, en el Anexo II, segunda columna, último párrafo, tercera línea, donde dice: «... mercado de producción de los clientes finales...», debe decir: «... mercado de producción de los clientes finales nacionales...».

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 25/02/2006
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores del Real Decreto 1454/2005, de 2 de diciembre (Ref. BOE-A-2005-21100).
Materias
  • Energía eléctrica
  • Producción de energía
  • Registros administrativos

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid