El Tribunal Constitucional, por providencia de 8 de noviembre actual, ha admitido a trámite el recurso de inconstitucionalidad número 9501-2006, promovido por el Consell de la Generalitat de la Comunitat Valenciana, contra el art. 117.4; disposición adicional decimotercera del mismo, y contra los siguientes preceptos relativos al régimen de financiación: art. 201.3 en relación con el art. 210; 202.2; 203.1, 3, 4 y 6; 204.1 y 4; 205.1 y 5; 206.3; 218.1, 2, 3 y 5; 219.2; 220; 221; disposición adicional tercera y disposición adicional séptima de la Ley Orgánica 6/2006, de 19 de julio, de reforma del Estatuto de Autonomía de Cataluña.
Madrid, 8 de noviembre de 2006.-La Secretaria de Justicia del Pleno, Herminia Palencia Guerra.
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