Visto el texto del acta de fecha 13 de marzo de 2006 donde se recogen los acuerdos sobre incrementos salariales para el año 2006 del Convenio Colectivo de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda (Código de Convenio n.º 9002052), acuerdos alcanzados por la Comisión Paritaria de la que forman parte los designados por la Dirección de la empresa en su representación y el Comité Intercentros en representación de los trabajadores, al que se acompaña informe favorable emitido por los Ministerios de Economía y Hacienda y Administraciones Públicas (Comisión Ejecutiva de la Comisión Interministerial de Retribuciones), en cumplimiento de lo previsto en la Ley 30/2005, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2006, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo, Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Primero.- Ordenar la inscripción de los citados Acuerdos en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora, con la advertencia a la misma del obligado cumplimiento de la Ley 30/2005, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2006, en la ejecución de dicho Convenio Colectivo.
Segundo.-Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Madrid, 26 de octubre de 2006.-El Director General de Trabajo, Raúl Riesco Roche.
ACTA ÚNICA DE NEGOCIACIÓN DEL INCREMENTO SALARIAL PARA 2006
Representantes de la Dirección:
D. Álvaro Santamaría Enebral.
D. Miguel Brunete Bravo. D. José Antonio Guarido Esteban. D. Juan Carlos Corral Araujo. D. Pablo García Abad. D. Carlos Lago Iglesias.
Representantes de los trabajadores:
D.ª Paloma Sánchez Flores.
D.ª María José Arévalo Marques. D. Antonio Santiago Morales. D. José Luis Aragonés Fuentes. D. Martín García Barriuso. D.ª Elena Rosa Santamaría Hernández.
A las 11 horas del día 13 de marzo de 2006, se realiza la presente reunión extraordinaria de la Comisión Paritaria encargada de interpretar el Convenio Colectivo de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda.
El objeto de dicha reunión es aprobar el incremento salarial para 2006, en relación con lo recogido en el artículo 19 apartado 2.º de la Ley 30/2005, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2006. En base a lo anterior se acuerda incrementar sobre los valores de 2005, el salario base, y los conceptos de salario lineal y complemento de productividad en el 3,05%, según la tabla adjunta. Las Gratificaciones por trabajo continuado, movilidad funcional y por turnicidad experimentan un incremento del 3,05%, quedando fijadas en 83,70 - 3,09 y 32,92 euros, respectivamente. La RT informa que la Comisión Mixta de Valoración estará integrada, por dicha parte, por D. Antonio Santiago Morales (Titular), Juan Carlos Ibáñez (Asesor - Burgos), Juan Manuel Cámara (Asesor-Madrid ). La RD informa que la próxima reunión de la Comisión Paritaria, prevista para el próximo día 23 de marzo, se facilitaran las datos sobre consecución de objetivos correspondiente al ejercicio 2005. A pregunta de la RT la RD manifiesta que las diferencias retributivas que se generen en base al presente acta se actualizaran junto con la nomina del mes de abril. El citado acuerdo se remitirá a la C.E.C.I.R. de los Ministerios de Hacienda y para las Administraciones Públicas para su aprobación. Sin mas asuntos que tratar se levanta la reunión a las 12 horas, en el lugar y fecha antes citados
VALORES SALARIALES 2006 |
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Con subida salarial del 3,05% (1 día más en pagas extras) sobre valores de 2005 |
|||||||
Nivel |
Salario Base |
Salario Lineal |
Total |
Ant/Día 1 ua * |
Complemento Productividad |
||
Anual |
Diario |
Anual |
Mensual |
||||
1 |
14.587,95 |
31,3719 |
1.605,79 |
133,82 |
16.193,74 |
0,8346 |
478,05 |
2 |
15.270,99 |
32,8408 |
1.605,79 |
133,82 |
16.876,78 |
0,8656 |
498,17 |
3 |
16.401,05 |
35,2711 |
1.605,79 |
133,82 |
18.006,84 |
0,9169 |
531,47 |
4 |
17.614,72 |
37,8811 |
1.605,79 |
133,82 |
19.220,51 |
0,9720 |
567,23 |
5 |
18.918,21 |
40,6843 |
1.605,79 |
133,82 |
20.524,00 |
1,0311 |
605,65 |
6 |
20.318,16 |
43,6950 |
1.605,79 |
133,82 |
21.923,95 |
1,0946 |
646,90 |
7 |
21.821,71 |
46,9284 |
1.605,79 |
133,82 |
23.427,50 |
1,1629 |
691,21 |
8 |
23.436,51 |
50,4011 |
1.605,79 |
133,82 |
25.042,30 |
1,2361 |
738,80 |
9 |
25.170,83 |
54,1308 |
1.605,79 |
133,82 |
26.776,62 |
1,3148 |
789,90 |
10 |
27.033,47 |
58,1365 |
1.605,79 |
133,82 |
28.639,26 |
1,3993 |
844,78 |
11 |
29.033,93 |
62,4386 |
1.605,79 |
133,82 |
30.639,72 |
1,4901 |
903,74 |
12 |
31.182,44 |
67,0590 |
1.605,79 |
133,82 |
32.788,23 |
1,5876 |
967,04 |
13 |
33.489,95 |
72,0214 |
1.605,79 |
133,82 |
35.095,74 |
1,6923 |
1.035,03 |
14 |
35.968,19 |
77,3509 |
1.605,79 |
133,82 |
37.573,98 |
1,8048 |
1.108,07 |
15 |
38.629,84 |
83,0749 |
1.605,79 |
133,82 |
40.235,63 |
1,9255 |
1.186,51 |
16 |
41.488,45 |
89,2225 |
1.605,79 |
133,82 |
43.094,24 |
2,0553 |
1.270,74 |
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