Advertidos errores en el texto de la Resolución de 24 de mayo de 2006, de la Secretaría General de Energía, por la que se aprueban las Reglas de funcionamiento del mercado diario e intradiario de producción de energía eléctrica, publicada en el Boletín Oficial del Estado número 128, de 30 de mayo de 2006, se procede a efectuar las oportunas modificaciones.
En el Anexo, en la página 20183, primera columna, Regla 46.2. Liquidación, cuarto párrafo, tercera y cuarta líneas, donde dice: «dichas unidades de producción por cada uno de sus agentes titulares repartiendo la energía y el importe en proporción al porcentaje de participación de cada agente en la unidad», debe decir: «cada propietario sobre la base de la asignación detallada en la Regla "Comunicación a los agentes del resultado de la asimilación de ofertas al mercado intradiario a contratos bilaterales físicos", valoradas al precio marginal del mercado intradiario».
En la página 20184, segunda columna, Regla 48.6.2. Impuesto de la electricidad, segundo párrafo, segunda línea, donde dice: «coeficiente 1,05213...», debe decir: «coeficiente 1,05113 ...».
En la página 20192, segunda columna, Regla transitoria, segunda línea, donde dice: «... el día primero del tercer mes natural ...», debe decir: «... el día primero del quinto mes natural ...».
Madrid, 13 de julio de 2006.-El Secretario General de Energía, Antonio Joaquín Fernández Segura.
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