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Documento BOE-A-2005-6000

Resolución de 29 de marzo de 2005, de la Dirección General de Trabajo, por la que se dispone la inscripción en el registro y publicación del acta de revisión salarial definitiva para el año 2004, e incremento salarial para el año 2005, del V Convenio colectivo estatal de elaboradores de productos cocinados para su venta a domicilio.

Publicado en:
«BOE» núm. 89, de 14 de abril de 2005, páginas 12902 a 12904 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-2005-6000
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2005/03/29/(3)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto del Acta donde se aprueba la revisión salarial definitiva para el año 2004 y el incremento salarial para el año 2005, y las correspondientes tablas salariales, del V Convenio Colectivo Estatal de Elaboradores de Productos Cocinados para su venta a Domicilio (Código de Convenio n.º 9908685) (publicado en el BOE de 12-3-2004), que fue suscrita con fecha 3 de marzo de 2005 de una parte por la Asociación empresarial Prodelivery, en representación de las empresas del sector, y de otra por las Organizaciones sindicales UGT y CC.OO., en representación de los trabajadores del sector, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartado 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo, Esta Dirección General de Trabajo, resuelve:

Primero.-Ordenar la inscripción de la citada acta y tablas salariales en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.-Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 29 de marzo de 2005.-El Director General, Esteban Rodríguez Vera. Por U.G.T.:

Inmaculada García Ruz.

David Frayle. Aladino Pérez. Ximo Alite Gª Casarrubias. Javier Jiménez de Eugenio. Sebastián Serena Expósito(Asesor).

Por CC.OO.:

Pilar Rato Rodríguez.

Domingo Alonso García.

Por Prodelivery:

Carmen López Pastor.

M.ª Jesús Barrio. Jesús López-Cancio. Carlos Galve. Daniel Macho de Quevedo. Eduardo Ortega Figueiral.

En Madrid, a 3 de marzo de 2005.

Se reúnen las personas al margen relacionadas, en su calidad de Comisión Negociadora del vigente Convenio Colectivo Estatal de Elaboradores de Productos Cocinados para su venta a Domicilio, adoptando los siguientes acuerdos: 1.º En cumplimiento de lo desarrollado en el Anexo de condiciones económicas de la citada norma colectiva, se procede a la revisión de los conceptos económicos del ejercicio 2004 en la forma y modo establecida en la misma. En consecuencia las tablas salariales definitivas del ejercicio 2004 son las que se recogen en Anexo a la presente Acta, aplicando el 4 por 100 sobre las tablas definitivas del 2003. En consecuencia procede por parte de las empresas el abono con efectos retroactivos del 1 de Enero de 2004 de las diferencias resultantes como consecuencia de dicha regularización.

2.º Igualmente y también en cumplimiento de lo estipulado en el citado Anexo de condiciones económicas se procede aplicar el incremento salarial para el tercer año de vigencia del convenio (2005), el cual es equivalente al 2,8% a aplicar sobre las tablas ya revisadas del 2004 y que se adjuntan, debiéndose aplicar con carácter retroactivo desde el 1 de Enero de 2005.

La Comisión Negociadora autoriza expresamente a D. Daniel Macho para que lleve a cabo los trámites de presentación, registro y posterior publicación de la presente acta ante la Autoridad Laboral.

Salario base

hora

P.P.P. Extras

Descanso legal

P.P. vacaciones

Hora nocturna

Plus

responsabilidad

Referencia

salario anual

Tabla salarial del Área de Producción y tiendas

Grupo I:

Encargado de Establecimiento

5,1651

0,9001

0,2260

0,5822

*

37,4400

12.344,45

Subencargado de Establecimiento

4,4910

0,7826

0,1965

0,5062

*

37,4400

10.733,42

Jefe de equipo Obrador

4,4910

0,7826

0,1965

0,5062

*

37,4400

10.733,42

Jefe de Almacén

4,4910

0,7826

0,1965

0,5062

*

37,4400

10.733,42

Grupo II:

Oficial Delivery

4,0847

0,7118

0,1787

0,4604

0,7086

9.762,42

Oficial Obrador

4,0847

0,7118

0,1787

0,4604

0,7086

9.762,42

Oficial Mecánico

4,0847

0,7118

0,1787

0,4604

0,7086

9.762,42

Oficial Almacén

4,0847

0,7118

0,1787

0,4604

0,7086

9.762,42

Grupo III:

Repartidor

3,2436

0,5652

0,1419

0,3656

0,5627

7.752,21

Auxiliar de Tienda

3,2436

0,5652

0,1419

0,3656

0,5627

7.752,21

Ayudante Obrador

3,2436

0,5652

0,1419

0,3656

0,5627

7.752,21

Ayudante Delivery/Ayudante Cocinero

3,2436

0,5652

0,1419

0,3656

0,5627

7.752,21

Ayudante Mecánico

3,2436

0,5652

0,1419

0,3656

0,5627

7.752,21

Conductor

3,2436

0,5652

0,1419

0,3656

0,5627

7.752,21

Mozo de Almacén

3,2436

0,5652

0,1419

0,3656

0,5627

7.752,21

Tabla salarial del Área de Oficinas

Grupo I:

Jefe Administrativo de 2.ª

4,5467

0,7923

0,1989

0,5125

10.866,48

Jefe Administrativo de 1.ª

4,7419

0,8263

0,2075

0,5345

11.333,11

Titulado Grado Medio

4,8887

0,8519

0,2139

0,5510

11.683,99

Titulado Superior

5,8175

1,0138

0,2545

0,6557

13.903,84

Director

5,8175

1,0138

0,2545

0,6557

13.903,84

Grupo II:

Auxiliar Administrativo

3,1779

0,5538

0,1390

0,3582

0,5513

7.595,20

Oficial Administrativo de 2.ª

4,1552

0,7241

0,1818

0,4684

0,7208

9.930,88

Oficial Administrativo de 1.ª

4,2530

0,7411

0,1861

0,4794

0,7378

10.164,68

TABLAS SALARIALES DEFINITIVAS 2004 AL 4%

Otros conceptos

2004

Dietas euros/día (art. 11)

23,2008

Ropa de trabajo (art. 44) euros/mes

4,2221

Gastos de vehículo propio (art. 46):

Dirección efectuada en poblacion de más 500.000 habitantes y áreas metropolitanas reconocidas

0,3232

Dirección efectuada en poblaciones de más 250.000 habitantes y menos de 500.000

0,2957

Dirección efectuada en poblaciones de menos de 250.000 habitantes

0,2338

Retribución por quebranto de moneda euros/pedido (art. 42)

0,1101

Ayuda transporte (art. 43) euros/mes por 11 meses

84,4690

Plus de gestión euros/mes (art. 41)

30,0978

Plus repartidor (art. 38)

0,1876

TABLAS SALARIALES PROVISIONALES 2005 al 2,8%

Salario base

hora

P.P.P. Extras

Descanso legal

P.P. vacaciones

Hora nocturna

Plus

responsabilidad

Referencia

salario anual

Tabla salarial del Área de Producción y tiendas

Grupo I:

Encargado de Establecimiento

5,3097

0,9253

0,2323

0,5985

*

38,4883

12.690,0994

Subencargado de Establecimiento

4,6167

0,8045

0,2020

0,5204

*

38,4883

11.033,9569

Jefe de equipo Obrador

4,6167

0,8045

0,2020

0,5204

*

38,4883

11.033,9569

Jefe de Almacén

4,6167

0,8045

0,2020

0,5204

*

38,4883

11.033,9569

Grupo II:

Oficial Delivery

4,1991

0,7317

0,1837

0,4733

0,7284

10.035,7680

Oficial Obrador

4,1991

0,7317

0,1837

0,4733

0,7284

10.035,7680

Oficial Mecánico

4,1991

0,7317

0,1837

0,4733

0,7284

10.035,7680

Oficial Almacén

4,1991

0,7317

0,1837

0,4733

0,7284

10.035,7680

Grupo III:

Repartidor

3,3344

0,5811

0,1459

0,3758

0,5784

7.969,2729

Auxiliar de Tienda

3,3344

0,5811

0,1459

0,3758

0,5784

7.969,2729

Ayudante Obrador

3,3344

0,5811

0,1459

0,3758

0,5784

7.969,2729

Ayudante Delivery/Ayudante Cocinero

3,3344

0,5811

0,1459

0,3758

0,5784

7.969,2729

Ayudante Mecánico

3,3344

0,5811

0,1459

0,3758

0,5784

7.969,2729

Conductor

3,3344

0,5811

0,1459

0,3758

0,5784

7.969,2729

Mozo de Almacén

3,3344

0,5811

0,1459

0,3758

0,5784

7.969,2729

Tabla salarial del Área de Oficinas

Grupo I:

Jefe Administrativo de 2.ª

4,6740

0,8145

0,2045

0,5268

*

11.170,7363

Jefe Administrativo de 1ª

4,8747

0,8495

0,2133

0,5495

*

11.650,4412

Titulado Grado Medio

5,0256

0,8758

0,2199

0,5665

*

12.011,1404

Titulado Superior

5,9804

1,0422

0,2616

0,6741

*

14.293,1498

Director

5,9804

1,0422

0,2616

0,6741

*

14.293,1498

Grupo II:

Auxiliar Administrativo

3,2669

0,5693

0,1429

0,3682

0,5667

7.807,8620

Oficial Administrativo de 2.ª

4,2715

0,7444

0,1869

0,4815

0,7410

10.208,9489

Oficial Administrativo de 1.ª

4,3721

0,7619

0,1913

0,4928

0,7584

10.449,2908

TABLAS SALARIALES PROVISIONALES 2005 AL 2,8%

Otros conceptos

2005

Dietas euros/día (art. 11)

23,8505

Ropa de trabajo (art. 44) euros/mes

4,3404

Gastos de vehículo propio (art. 46):

Dirección efectuada en población de más 500.000 habitantes y áreas metropolitanas reconocidas

0,3322

Dirección efectuada en poblaciones de más 250.000 habitantes y menos de 500.000

0,3039

Dirección efectuada en poblaciones de menos de 250.000 habitantes

0,2404

Retribución por quebranto de moneda euros/pedido (art. 42)

0,1131

Ayuda transporte (art. 43 ) euros/mes por 11 meses

86,8341

Plus de gestión euros/mes (art. 41)

30,9405

Plus repartidor (art. 38)

0,1928

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 29/03/2005
  • Fecha de publicación: 14/04/2005
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo (Ref. BOE-A-1995-7730).
    • Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo (Ref. BOE-A-1981-12841).
  • EN RELACIÓN con el Convenio publicado por Resolución de 13 de febrero de 2004 (Ref. BOE-A-2004-4640).
Materias
  • Convenios colectivos
  • Platos preparados
  • Productos cocinados
  • Venta

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