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Documento BOE-A-2005-5072

Resolución de 8 de marzo de 2005, de la Dirección General de Trabajo, por la que se dispone la inscripción en el registro y publicación de la revisión salarial definitiva para el año 2004, y el incremento salarial del año 2005, así como las correspondientes tablas salariales del Convenio colectivo de Marroquinería, Cueros, Repujados y Similares de Madrid, Castilla-La Mancha, La Rioja, Cantabria, Burgos, Soria, Ávila, Valladolid y Palencia,

Publicado en:
«BOE» núm. 76, de 30 de marzo de 2005, páginas 10819 a 10821 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-2005-5072
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2005/03/08/(4)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto de las actas en las que se contiene la revisión salarial definitiva para el año 2004 y el incremento salarial del año 2005, así como las correspondientes tablas salariales del Convenio Colectivo de Marroquinería, Cueros, Repujados y Similares de Madrid, Castilla-La Mancha, La Rioja, Cantabria, Burgos, Soria, Avila, Valladolid y Palencia (Código de Convenio n,º 9903385), (publicado en el BOE de 7 de agosto de 2003), que fueron suscritas con fecha 9 de febrero de 2005, por la Comisión Paritaria del Convenio en la que están integradas la organización empresarial ASEMAVI y las organizaciones sindicales CC.OO. y UGT firmantes de dicho Convenio en representación de las empresas y trabajadores del sector, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartado 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo, Esta Dirección General de Trabajo, resuelve:

Primero.-Ordenar la inscripción de las citadas actas y tablas salariales en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Paritaria.

Segundo.-Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 8 de marzo de 2005.-El Director General, Esteban Rodríguez Vera.

ACTA DE LA REUNIÓN DE LA COMISIÓN PARITARIA DEL CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO DEL GRUPO MARROQUINERÍA, CUEROS REPUJADOS Y SIMILARES DE MADRID, CASTILLA-LA MANCHA, LA RIOJA, CANTABRIA, BURGOS, SORIA, SEGOVIA, ÁVILA, VALLADOLID Y PALENCIA

En Madrid a 9 de febrero de 2005. Asistentes:

Por CC.OO.: Doña Carmen Expósito Robles.

Don Pedro Sánchez González. Don Miguel Ángel Arroyo Aylagas.

Por UGT:

Don Carlos Martínez Bermejo.

Don Avelino Suarez Arroyo. Don Francisco Javier Grande.

Por ASEMAVI:

Don Juan Manuel Chicote.

Don Gustavo Vega Manrique. Don Miguel Iñiguez. Asesora: Doña María Bergua.

Siendo las 11 horas del día 9 de febrero de 2005, se reúnen en la C/ Lope de Vega 38 de Madrid las personas relacionadas, se reconocen como interlocutores validos, para la firma de la revisión salarial según consta en el artículo 14 punto II del Convenio Colectivo.

Haciendo constar que el Grupo Profesional 4 niveles 5 y 6 durante el año 2004 se ven afectados por el salario mínimo interprofesional por lo cual desde el 1 de enero hasta el 31 de junio su salario es de 460,50 euros/mes y desde 1 de julio hasta 31 de diciembre es de 490,80 euros/mes. Se estudian y examinan las tablas salariales confeccionadas y encontrándolas correctas, se procede a su aprobación por todas las partes. Se autoriza, a la organización empresarial ASEMAVI, y a su representante doña María Bergua, para que en representación de todas las partes, registre el acta de acuerdo y las tablas salariales, de la revisión correspondiente al año 2004, del sector de marroquinería, cueros repujados y similares de Madrid, Castila-La Mancha, La Rioja, Cantabria, Burgos, Soria, Segovia, Ávila, Valladolid y Palencia.

ACTA DE LA REUNIÓN DE LA COMISIÓN PARITARIA DEL CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO DEL GRUPO MARROQUINERÍA, CUEROS REPUJADOS Y SIMILARES DE MADRID, CASTILLA-LA MANCHA, LA RIOJA, CANTABRIA, BURGOS, SORIA, SEGOVIA, ÁVILA, VALLADOLID Y PALENCIA

En Madrid a 9 de febrero de 2005. Asistentes:

Por CC.OO. Doña Carmen Expósito Robles.

Don Pedro Sánchez González. Don Miguel Ángel Arroyo Aylagas.

Por UGT:

Don Carlos Martínez Bermejo.

Don Avelino Suarez Arroyo. Don Francisco Javier Grande.

Por ASEMAVI:

Don Juan Manuel Chicote.

Don Gustavo Vega Manrique. Don Miguel Iñiguez. Asesora: Doña María Bergua.

Siendo las 11:30 horas del día 9 de febrero de 2005, se reúnen en la C/ Lope de Vega 38 de Madrid las personas relacionadas, se reconocen como interlocutores validos, para la firma del Incremento salarial del año 2005, siendo este el I,P,C, previsto más 0,30% es decir un 2,30%, con efectos retroactivos desde el día 1 de enero de 2005 según consta en el artículo 14 punto I del Convenio Colectivo.

Se hace constar que el Grupo Profesional 4 niveles 5 y 6 durante el año 2005 se ven afectados por el salario mínimo interprofesional siendo de 513 euros/mes. Se estudian y examinan las tablas salariales confeccionadas y encontrándolas correctas, se procede a su aprobación por todas las partes. Se autoriza, a la organización empresarial ASEMAVI, y a su representante doña María Bergua, para que en representación de todas las partes, registre el acta de acuerdo y las tablas salariales, de la revisión correspondiente al año 2004, del sector de marroquinería, cueros repujados y similares de Madrid, Castila-La Mancha, La Rioja, Cantabria, Burgos, Soria, Segovia, Ávila, Valladolid y Palencia.

MARROQUINERÍA

Tabla 2004 con revisión 1,2 por 100

Salario mensual €

Incentivo convenio €

Grupo Profesional 1

Personal Técnico Titulado:

Nivel 1

1.205,50

200,92

Nivel 2

1.110,32

185,05

Grupo Profesional 2

Personal Técnico no Titulado

Nivel 1

1,046,87

174,48

Nivel 2

888,25

148,05

Nivel 3(A)

856,53

142,75

Nivel 3(B)

830,06

127,16

Grupo Profesional 3

Personal Administrativo/Mercantil:

Nivel 1(A)

1,046,87

174,48

Nivel 1(B)

888,25

148,05

Nivel 1(C)

723,28

120,55

Nivel 2

824,79

137,46

Nivel 3

723,28

120,55

Nivel 4(A)

674,10

112,35

Nivel 4(B)

666,20

111,03

Nivel 4(C)

650,34

108,39

Grupo Profesional 4

Personal Obrero:

Nivel 1

777,23

129,54

Nivel 2

716,95

119,49

Nivel 3

666,17

111,03

Nivel 4

634,45

105,73

Nivel 5

490,80

75,34

Nivel 6

490,80

69,89

Grupo Profesional 5

Personal Subalterno:

Nivel 1

761,34

126,90

Nivel 2

650,34

108,39

Nivel 3

634,45

105,73

Salario mensual €

Incentivo convenio €

Grupo Profesional 1

Personal Técnico Titulado:

Nivel 1

1.233,23

205,54

Nivel 2

1.135,86

189,30

Grupo Profesional 2

Personal Técnico no Titulado:

Nivel 1

1.070,95

178,49

Nivel 2

908,68

151,45

Nivel 3(A)

876,23

146,04

Nivel 3(B)

849,15

130,09

Grupo Profesional 3

Personal Administrativo/Mercantil:

Nivel 1(A)

1.070,95

178,49

Nivel 1(B)

908,68

151,45

Nivel 1(C)

739,92

123,32

Nivel 2

843,76

140,62

Nivel 3

739,92

123,32

Nivel 4(A)

689,61

114,93

Nivel 4(B)

681,52

113,58

Nivel 4(C)

665,30

110,88

Grupo Profesional 4

Personal Obrero:

Nivel 1

795,10

132,52

Nivel 2

733,44

122,24

Nivel 3

681,49

113,58

Nivel 4

649,04

108,17

Nivel 5

513,00

77,07

Nivel 6

513,00

71,49

Grupo Profesional 5

Personal Subalterno:

Nivel 1

778,85

129,82

Nivel 2

665,30

110,88

Nivel 3

649,04

108,17

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 08/03/2005
  • Fecha de publicación: 30/03/2005
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo (Ref. BOE-A-1995-7730).
    • Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo (Ref. BOE-A-1981-12841).
  • EN RELACIÓN con el Convenio publicado por Resolución de 22 de julio de 2003 (Ref. BOE-A-2003-15875).
Materias
  • Ávila
  • Burgos
  • Cantabria
  • Castilla La Mancha
  • Convenios colectivos
  • La Rioja
  • Madrid
  • Marroquinería
  • Palencia
  • Soria
  • Valladolid

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